Información para Entender su Aviso CP759
Le enviamos este aviso porque no tenemos registro que indique que usted radicó su planilla o planillas de contribuciones personales para uno o varios años anteriores.
Lo que usted tiene que hacer
- Radicar su planilla de contribuciones personales inmediatamente o explicarnos la razón por la que usted no necesita radicarla.
- Use el formulario de respuesta adjunto a su aviso para explicar:
- La razón por la radicación tardía
- La razón por no tener que radicar una planilla
- Que usted ya radicó la planilla.
A usted le sería de utilidad...
- Conocer lo que pasa cuando no se radica una planilla, al dirigirse a las siguientes páginas web:
- Revisar sus archivos para asegurar que usted radicó todas las planillas de años anteriores. Obtenga aquí los formularios de planillas y productos contributivos de años anteriores.
- Descargar copias de los documentos siguientes (si es que no fueron adjuntados a su aviso):
- Publicación 1SP, Derechos del Contribuyente
- Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención de impuestos e impuestos estimados), en inglés
- Publicación 4134(SP), Lista de Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos
- Publicación 4681, Canceled Debts, Foreclosures, Repossessions, and Abandonments (Deudas canceladas, ejecuciones hipotecarias, recuperaciones y abandonos), en inglés
- Llamar al 1-800-829-3676 (1-800-TAX-FORM) para pedir formularios y publicaciones
- Asegurar que se le retenga la cantidad adecuada de sus cheques de paga para pagar sus contribuciones. Pulse sobre este enlace para utilizar la Calculadora de Retenciones del IRS (en inglés).
- Pulsar sobre este enlace para aprender más sobre sus opciones de pago, si es que usted debe contribuciones adicionales en su planilla.
- Pulsar sobre este enlace para aprender más sobre planes de pago y planes de pagos a plazos.
- Pulsar sobre este enlace para aprender más sobre los Ofrecimientos de Transacción.
- Completar y enviarnos el Formulario 2848(SP), Poder Legal y Declaración del Representante, para autorizar a otra persona (como un contador) a comunicarse con nosotros de parte de usted.
Contestaciones a Preguntas Frecuentes
¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el aviso?
Llámenos al número de teléfono gratis que se encuentra en la esquina superior derecha del aviso. Cuando llame, tenga disponibles los documentos apropiados. Si usted así prefiere, puede escribirnos mediante el formulario de respuesta adjunto al aviso. Envíenoslo en el sobre que hemos provisto.
¿Qué debo hacer si acabé de radicar mi planilla?
Usted no tiene que hacer nada más si radicó su planilla contributiva dentro de las últimas ocho semanas.
¿Qué debo hacer si no radiqué mi planilla contributiva o si han pasado más de ocho semanas desde que la radiqué?
Complete el formulario de respuesta adjunto a su aviso. Compruebe que el nombre, número de Seguro Social (o Número de Identificación del Contribuyente) y año contributivo sean correctamente indicados en el aviso. Asegure que sean iguales al nombre, número y año en la planilla. Envíenos una copia de la planilla contributiva. Firme y feche la copia. Envíela junto con el formulario de respuesta.
¿Qué ocurre si no puedo pagar la cantidad completa adeudada al radicar mi planilla?
Usted puede establecer un plan de pagos con nosotros cuando no puede pagar la cantidad adeudada en su totalidad.
Consejos para el próximo año
Radique la planilla contributiva a tiempo.
Considere radicar sus contribuciones electrónicamente. La radicación por Internet puede ayudarle a evitar errores y a descubrir créditos y deducciones a los cuales quizá tenga derecho. En muchos casos, se puede radicar la planilla gratis. Aprenda más sobre cómo radicar planilla electrónicamente aquí.
Si usted tiene hijos dependientes, tal vez puede reclamar un crédito contributivo por ellos. La Publicación 972, Child Tax Credit (Crédito tributario por hijos), en inglés, le ofrece información sobre este crédito.
Información para entender su aviso
Al leer su aviso
Su aviso puede ser diferente a la muestra debido a que la información presentada en su aviso se ha modificado a su situación particular.
Aviso CP759, Página 1

Aviso CP759, Página 2

Aviso CP759, Página 3

Aviso CP759, Página 4

Printable samples of this notice (PDF)
Publicaciones contributivas que le podrían ser de utilidad
- Publicación 1SP, Derechos del Contribuyente
- Publicación 17(SP), El Impuesto Federal sobre los Impuestos
- Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención de impuestos e impuestos estimados), en inglés
- Publicación 972, Child Tax Credit (Crédito tributario por hijos), en inglés
- Formulario 1040 Sch 8812, Child Tax Credit (Crédito tributario adicional por hijos), en inglés
- Publicación 4134(SP), Lista de Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos
- Publicación 4681, Canceled Debts, Foreclosures, Repossessions, and Abandonments (Deudas canceladas, ejecuciones hipotecarias, recuperaciones y abandonos), en inglés
- Encuentre una copia de cualquier formulario e instrucciones contributivos, en inglés
Cómo puede recibir ayuda
Comuníquese con el número "1-800" que se encuentra en la esquina superior derecha de este aviso es la manera más rápida para obtener respuestas a sus preguntas.
Usted también puede autorizar a otra persona (tal como un contador) para que se pueda comunicar con el IRS en nombre suyo completando el Formulario 2848(SP), Poder Legal y Declaración del Representante.
O quizá podría reunir los requisitos para obtener ayuda de un Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC).
