Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

Los cambios importantes que se han efectuado al crédito tributario por hijos ayudarán a muchas familias a obtener pagos adelantados del crédito tributario por hijos comenzando en verano de 2021.

El IRS pagará la mitad del total del crédito por medio de pagos adelantados mensuales. Usted luego reclamará la otra mitad del crédito cuando presente su declaración de impuestos sobre los ingresos de 2021. Efectuaremos el primer pago adelantado el 15 de julio de 2021. Para un programa completo sobre la emisión de pagos, vea ¿Cuándo comenzará el IRS la emisión del crédito tributario por hijos por adelantado?.

Quién deberá utilizar esta herramienta

Utilice esta herramienta para informar sobre sus hijos calificados que nacieron antes de 2021 si usted:

  • No tiene el requisito de presentar una declaración de impuestos de 2020, no presentó una y no planifica presentarla; y
  • Tiene una vivienda principal en los Estados Unidos por más de la mitad del año.

Además, si usted no recibió las cantidades completas del primer y segundo pago de alivio por el impacto económico, puede utilizar esta herramienta si usted:

  • No tiene el requisito de presentar una declaración de impuestos de 2020, no la presentó y no planifica presentarla; y
  • Desea reclamar el crédito por recuperación de reembolso para 2020 y obtener su tercer pago de alivio por el impacto económico.

No utilice esta herramienta si usted:

  • Presentó o planifica presentar una declaración de impuestos de 2020; o
  • Reclamó a todos sus dependientes en una declaración de impuestos de 2019, incluyendo al declarar su información en 2020 utilizando la herramienta para personas que no presentan declaraciones de impuestos (titulada "Non-Filers: Enter Payment Info Here"); o
  • Estuvo casado a finales de 2020, a menos que utilice la herramienta junto con su cónyuge e incluya la información de su cónyuge; o
  • Es residente de un territorio de los Estados Unidos; o
  • No tiene una vivienda principal en los Estados Unidos por más de la mitad del año; y si está casado, su cónyuge no tiene una vivienda principal en los Estados Unidos por más de la mitad del año; o
  • No tiene un hijo calificado que nació antes de 2021 y a quien se le emitió un número de Seguro Social antes del 17 de mayo de 2021.