Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare para 2012.
La tasa para el año 2012 de la contribución al Seguro Social que le corresponde a la parte del empleado es 4.2% y
la tasa de la contribución al Seguro Social que le corresponde al patrono no ha cambiado y sigue siendo 6.2%, la misma tasa
que correspondió para el año 2011. La base salarial para la retención de la contribución al Seguro Social es $110,100. La
tasa de la contribución al
Medicare es 1.45% tanto para la parte del empleado como la del patrono, la misma tasa que correspondió para el año 2011. No hay límite
sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribución al
Medicare.
Compensación pagada a poseedores de una visa H-2A.
La compensación pagada a los trabajadores que poseen una visa
H-2A por un trabajo agrícola realizado en relación con este tipo de visa no está sujeta a las contribuciones al Seguro Social
ni al
Medicare y, por lo tanto, no deberá ser declarada como salarios sujetos a la contribución al Seguro Social (línea 2) o salarios sujetos
a la contribución al
Medicare (línea 4) del Formulario 943-PR. Tampoco deberá ser declarada bajo, “
Total Sueldos Seguro Social” (encasillado 17) o “
Total Sueldos y Pro. Medicare” (encasillado 19) del Formulario 499R-2/W-2PR. Para averiguar si tiene que cumplir con otros requerimientos locales, comuníquese
con el Departamento de Hacienda de Puerto Rico.
Ley de Compromiso de Empleo para Veteranos de 2011.
El 21 de noviembre de 2011, el Presidente firmó la ley
VOW to Hire Heroes Act of 2011 (Ley de Compromiso de Empleo para Veteranos de 2011), en inglés. Esta nueva ley ofrece un crédito contributivo ampliado de
oportunidad de trabajo a las empresas que contraten a veteranos desempleados que cumplen los requisitos y, por primera vez,
también hace disponible parte del crédito a organizaciones exentas de contribución. Los negocios reclaman el crédito como
un crédito general de negocios y las organizaciones exentas de contribucion lo reclaman para reducir su obligación contributiva
sobre la nómina mediante el Formulario 5884-C,
Work Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt Organizations Hiring Qualified Veterans (Crédito contributivo por oportunidad de empleo para organizaciones exentas de contribuciones por contratar a veteranos que
cumplen los requisitos), en inglés. La obligación declarada en el Formulario 943-PR no se reduce por la cantidad del crédito.
El crédito está disponible basado en la contratación de veteranos desempleados que cumplen los requisitos y que comienzan
a trabajar a partir del 22 de noviembre de 2011 pero antes del 1 enero de 2013. Para más información sobre el crédito, visite
el sitio web
www.irs.gov/form5884c, en inglés.
Base salarial para la retención de la contribución al Seguro Social de 2013.
La cantidad máxima de los salarios sujetos a la contribución al Seguro Social para el año 2013 estará disponible en
la Pub. 51 (Circular A),
Agricultural Employer's Tax Guide (Guía contributiva para patronos agrícolas), en inglés, que se publicará en diciembre de 2012.
Cambio de dirección.
A partir de 2012, los patronos tienen que utilizar el nuevo Formulario 8822-B,
Change of Address—Business (Cambio de dirección —Negocios), en inglés, para informar todo cambio a su dirección.
Corrección de un Formulario 943-PR previamente radicado.
Si descubre un error en un Formulario 943-PR que radicó anteriormente, haga la corrección por medio del Formulario
943-X (PR), Ajuste a la Declaración Federal ANUAL del Patrono de Empleados Agrícolas o Reclamación de Reembolso. El Formulario
943-X (PR) es un formulario autónomo y se radica por separado del Formulario 943-PR. Para obtener más información al respecto,
vea las Instrucciones para el Formulario 943-X (PR) o visite
IRS.gov/espanol y escriba “
Cómo corregir los impuestos sobre la nómina” en el encasillado
“Search”
(Buscar).
Crédito por pagos de asistencia para las primas de COBRA.
El crédito de asistencia para las primas de
COBRA es aplicable a las primas pagadas para empleados que fueron cesados involuntariamente entre el 1 de septiembre de 2008 y
el 31 de mayo de 2010 y a las primas pagadas por un máximo de 15 meses. Vea la línea
Pagos de asistencia para las primas de
COBRA, más adelante.
Tiene que depositar toda contribución federal mediante el retiro electrónico de fondos.
Usted tiene que utilizar el retiro electrónico de fondos para depositar toda contribución federal. Por lo general,
los retiros electrónicos de fondos se hacen mediante el
Electronic Federal Tax Payment System (Sistema electrónico de pagos de la contribución federal o
EFTPS, por sus siglas en inglés). Si usted no desea utilizar el
EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador profesional, institución financiera, servicio de nóminas u otro tercero de confianza
le haga los depósitos de parte de usted. También puede hacer arreglos para que su institución financiera inicie una transferencia
electrónica realizada el mismo día de pago de parte de usted. El
EFTPS es un servicio gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podría verse obligado a pagar un cargo por los servicios
de un preparador profesional, institución financiera, servicio de nómina u otro tercero.
Para más información sobre cómo hacer depósitos de contribuciones, vea el apartado 11 de la Pub. 179 (Circular PR),
Guía Contributiva Federal para Patronos Puertorriqueños. Para obtener información o para inscribirse en el
EFTPS, visite el sitio web de
EFTPS,
www.eftps.gov, o llame al número de Servicio al Cliente en español, 1-800-244-4829. También puede obtener la Pub. 966SP, Sistema de Pago
Electrónico del Impuesto Federal: La Manera Segura de Pagar los Impuestos Federales.
Los preparadores remunerados tienen que firmar el Formulario 943-PR.
Los preparadores remunerados tienen que completar y firmar la sección en el Formulario 943-PR que le corresponde al
preparador remunerado.
Obligación del patrono.
Los patronos son responsables de asegurar que las planillas de contribución se radiquen y que los depósitos y pagos
se hagan, aun si el patrono contrata los servicios de un tercero para hacerlo. El patrono sigue siendo el responsable aun
si el tercero no cumple con la acción requerida.
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito.
Los patronos pueden pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 943-PR usando una tarjeta de crédito o débito.
No use ninguna tarjeta de crédito o débito para hacer depósitos de las contribuciones federales. Para mayor información sobre cómo
se pagan las contribuciones con tarjetas de crédito o débito, visite el sitio web del
IRS, irs.gov/e-pay. Dicha información está en inglés.
Entidades no consideradas como separadas de sus dueños y compañías subsidiarias calificadas conforme al subcapítulo S (QSubs).
El Servicio de Rentas Internas (
IRS, por sus siglas en inglés) ha publicado reglamentos finales para la Sección 301.7701-2(c)(2)(iv), en inglés, bajo los cuales
las compañías subsidiarias calificadas conforme al subcapítulo S (
QSubs, por su abreviación en inglés) y las entidades no consideradas como separadas de sus dueños (
disregarded entities) que tienen un solo dueño y que cumplen los requisitos son tratadas como si fueran entidades separadas de sus dueños para
propósitos de las contribuciones sobre la nómina. Para mayor información, vea
“Disregarded entities and qualified subchapter S subsidiaries”
(Entidades no consideradas como separadas de sus dueños y compañías subsidiarias calificadas conforme al subcapítulo S) en
la Pub. 15 (Circular E)
Employer's Tax Guide (Guía contributiva del patrono), en inglés.
Cómo se pueden obtener formularios y publicaciones.
Puede obtener la mayoría de los formularios y publicaciones del
IRS visitando el sitio web del
IRS,
www.irs.gov/espanol, o llamando al
IRS al 1-800-
TAX-
FORM (1-800-829-3676).
Ayuda por teléfono.
Puede llamar gratis a la
IRS Business and Specialty Tax Line (Línea de ayuda del
IRS para las contribuciones de negocios y las contribuciones especiales) al 1-800-829-4933 o al 1-800-829-4059 (para personas
que son sordas, tienen dificultades auditivas o que tienen impedimentos del habla), de lunes a viernes, de 8 a.m. a 8 p.m.,
huso horario local (los contribuyentes que no estén en Puerto Rico pueden recibir ayuda de 7 a.m. a 7 p.m., huso horario local;
los contribuyentes que estén en
Alaska y
Hawaii seguirán el huso horario del Pacífico) para recibir respuestas a sus preguntas sobre cómo se llena el Formulario 943-PR,
las reglas para el depósito de las contribuciones federales y cómo se obtiene un número de identificación patronal (
EIN, por sus siglas en inglés).
Fotografías de Niños Desaparecidos
El Servicio Federal de Rentas Internas (IRS) se enorgullece de colaborar con el National Center for Missing and Exploited Children (Centro Nacional de Niños Desaparecidos y Explotados). Fotografías de niños desaparecidos que han sido seleccionadas por
el Centro pueden aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo contrario, estarían en blanco. Usted puede ayudar a
que estos niños regresen a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y llama gratis al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).