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Use el Formulario 943-PR para declarar las contribuciones al Seguro Social y al Medicare del patrono y de los empleados sobre los salarios pagados a empleados agrícolas.
Si tiene empleados domésticos que trabajan en su residencia privada, ubicada en su granja o finca la cual opera con fines de lucro, estos empleados no se consideran empleados agrícolas. Para declarar las contribuciones al Seguro Social y al Medicare retenidas de empleados domésticos, puede:
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Radicar el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones Sobre el Empleo de Empleados Domésticos. Si tiene que radicar el Formulario 1040-PR, Planilla para la Declaración de la Contribución Federal sobre el Trabajo por Cuenta Propia, adjunte al mismo el Anexo H-PR. Si no tiene que radicar el Formulario 1040-PR, radique solamente el Anexo H-PR, o
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Incluir en el Formulario 943-PR los salarios de los empleados domésticos junto con los salarios de los otros empleados agrícolas.
Si le pagó salarios a un trabajador en una residencia que no está ubicada en una finca que se opera con fines de lucro, tiene que declarar las contribuciones correspondientes en el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR). Si les pagó salarios a otros trabajadores que no son agrícolas, no los declare en el Formulario 943-PR. Declare las contribuciones sobre los salarios pagados a trabajadores no agrícolas en el Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono, o en el Formulario 944(SP), Declaración Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o Empleador. Vea la Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía contributiva para patronos de empleados domésticos), en inglés.
Radique el Formulario 943-PR si pagó salarios a uno o más empleados agrícolas y dichos salarios estaban sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare de acuerdo con las condiciones descritas a continuación. Para más información sobre los trabajadores agrícolas y los salarios, vea la Pub. 179 (Circular PR).
Todos los salarios en efectivo que le paga a empleados agrícolas están sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare cada año natural durante el cual cumpla con alguna de las condiciones enumeradas abajo:
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Paga $150 o más de salarios en efectivo a un empleado durante un año natural por labores agrícolas.
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El total (en efectivo y en especie) que usted le paga a todos sus empleados agrícolas por concepto de trabajo agrícola es $2,500 o más.
Si el requisito de los $2,500 o más no se cumple para el grupo, el requisito de los $150 o más para un individuo aún le corresponde.
Para el año 2012, radique el Formulario 943-PR a más tardar el 31 de enero de 2013. No obstante, si depositó a tiempo todas las contribuciones adeudadas para el año, podrá radicar la planilla a más tardar el 11 de febrero de 2013.
Si deja de pagar salarios durante el año y no espera pagarlos en el futuro, radique una planilla final para 2012. Asegúrese de marcar el encasillado encima de la línea 1 del formulario, indicando que no tiene que radicar planillas de contribución en el futuro. Si posteriormente se le hace responsable de dichas contribuciones, notifique al IRS.
Si usted no tiene un número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés), puede solicitarlo en Internet. Visite IRS.gov y pulse sobre el enlace “ Apply for an EIN Online ” (Solicite un EIN por Internet) bajo “ Tools ” (Herramientas). También puede solicitar un EIN llamando al 1-800-829-4933, o puede enviar el Formulario SS-4(PR), Solicitud de Número de Identificación Patronal, por correo o fax al IRS. Si usted no ha recibido su EIN antes de la fecha de vencimiento del Formulario 943-PR, escriba “ Applied For ” (Solicitado) y la fecha en que solicitó el EIN en el espacio correspondiente.
Para el 31 de enero de 2013, entregue las Copias B y C del Formulario 499R-2/W-2PR, Comprobante de Retención, a cada empleado que trabajaba para usted al finalizar el año 2012. Si un empleado deja de trabajar para usted antes de concluir el año, entréguele las Copias B y C en cualquier momento después de haber terminado el empleo, pero a más tardar el 31 de enero del año siguiente. Si el empleado le solicita el Formulario 499R-2/W-2PR, entréguele el formulario debidamente completado dentro de los 30 días a partir de la solicitud o de la fecha del último pago de su salario, lo que ocurra más tarde.
El lugar a donde debe enviar el formulario depende de si está o no incluyendo un pago. Asegúrese de usar la dirección postal
correcta. El original del Formulario 943-PR debe enviarse tal como se le indica a continuación:
| Si está enviando el Formulario 943-PR. . . |
sin un pago. | con un pago. | |
|---|---|---|---|
| Por parte de organizaciones exentas; entidades gubernamentales federales, estatales y locales; entidades gubernamentales de
tribus indias; sin tener en cuenta su ubicación... |
Department of the Treasury Internal Revenue Service Ogden, UT 84201-0008 |
Internal Revenue Service P. O. Box 37943 Hartford, CT 06176-7943 |
|
| Desde Puerto Rico. . . | Internal Revenue Service P.O. Box 409101 Ogden, UT 84409 |
Internal Revenue Service P.O. Box 37943 Hartford, CT 06176-7943 |
|
Ciertas cantidades declaradas en el Formulario 943-PR de 2012 deberán concordar con los totales del Formulario 499R-2/W-2PR declarados en el Formulario W-3PR para 2012. Las cantidades provenientes del Formulario 943-PR que deberán conciliarse con los encasillados correspondientes en el Formulario W-3PR de 2012 son: salarios sujetos a la contribución al Seguro Social (la línea 2 versus el encasillado 10) y la cantidad de salarios sujetos a Medicare (la línea 4 versus el encasillado 12a). Si los totales no concuerdan, el IRS o la SSA le obligará a explicar toda discrepancia y corregir todo error. Conserve los registros que demuestren por qué los totales no concuerdan. Para más información, vea el apartado 11 de la Pub. 51 (Circular A) o las instrucciones que acompañan a los formularios mencionados.
Si su total de las contribuciones después de considerar los ajustes (línea 9) es menos de $2,500 para el año, puede pagar la contribución adeudada junto con su planilla si la radica a tiempo. Si el total de las contribuciones federales netas es $2,500 o más para el año, tendrá que depositar mediante el sistema electrónico de pagos durante el año de acuerdo con su itinerario de depósito. Hay dos itinerarios de depósitos —mensual o bisemanal— para determinar cuándo tiene que depositar. Antes del inicio de cada año natural, tiene que determinar cuál de los dos itinerarios de depósitos tiene que usar. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 (Circular PR) para más información sobre las reglas de depósito de las contribuciones federales y sobre si usted se considera depositante de itinerario mensual o depositante de itinerario bisemanal.
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo siguiente:
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Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacerlo.
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Radica su Formulario 943-PR debidamente completado a su debido tiempo.
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Declara correctamente su obligación contributiva.
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Presenta cheques válidos para el pago de las contribuciones.
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Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus empleados.
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Radica los originales de los Formularios 499R-2/W-2PR ante la SSA a su debido tiempo y sin errores.
Se cobran multas e intereses por las contribuciones pagadas fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una tasa fijada por la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub. 179 (Circular PR) para más detalles.
Si recibe una notificación de multas después de que haya radicado esta planilla, responda a la notificación con una explicación y determinaremos si cumple el criterio de lo que se considera ser causas razonables. No adjunte dicha explicación cuando radica su planilla.
Use el Formulario 843, Claim for Refund and Request for Abatement (Reclamación de reembolso y solicitud de una reducción en la contribución), en inglés, para solicitar un reembolso o reducción en los intereses o multas que le han sido tasados. No solicite la reducción de multas o intereses en el Formulario 943-PR o 943-X (PR).

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