Table of Contents
Tiene que cumplir un requisito adicional para tener derecho al crédito por ingreso del trabajo.
Tiene que saber la cantidad de su ingreso del trabajo para determinar si cumple el requisito de este capítulo. También necesita saber esta cantidad para calcular su crédito por ingreso del trabajo.
Su ingreso del trabajo tiene que ser menos de:
-
$45,060 ($50,270 si es casado que presenta una declaración conjunta) si tiene tres o más hijos calificados,
-
$41,952 ($47,162 si es casado que presenta una declaración conjunta) si tiene dos hijos calificados,
-
$36,920 ($42,130 si es casado que presenta una declaración conjunta) si tiene un hijo calificado o
-
$13,980 ($19,190 si es casado que presenta una declaración conjunta) si no tiene un hijo calificado.
El ingreso del trabajo generalmente se refiere a salarios, sueldos, propinas, otra paga tributable recibida como empleado e ingresos netos del trabajo por cuenta propia. La paga de empleados es ingreso del trabajo sólo si es tributable. La paga no tributable de empleados, tales como ciertos beneficios del cuidado de dependientes y beneficios por adopciones, no es ingreso del trabajo. Pero hay una excepción para la paga no tributable por combate, la cual usted puede escoger incluir en el ingreso del trabajo. El ingreso del trabajo se explica en más detalle en el Requisito 7 , en el capítulo 1.
-
Becas de estudios y de desarrollo profesional no declaradas en un Formulario W-2. Una beca de estudios o de desarrollo profesional que no se le haya comunicado a usted en un Formulario W-2 no se considera ingreso del trabajo para propósitos del crédito por ingreso del trabajo.
-
Ingresos de un recluso. Las cantidades recibidas por trabajo realizado mientras estaba recluido en una institución penal no se consideran ingreso del trabajo para propósitos del crédito por ingreso del trabajo. Esto abarca las cantidades recibidas por trabajo realizado en un programa de libertad para trabajar o mientras esté en una casa de detención temporal. Si recibió remuneración por trabajo realizado mientras estaba recluido en una institución penal y esa cantidad se incluyó en el total de la línea 7 del Formulario 1040 o del Formulario 1040A o en la línea 1 del Formulario 1040EZ, escriba “PRI” y la cantidad en la línea de puntos junto a la línea 7 del Formulario 1040, a la izquierda del espacio para anotaciones de la línea 7 del Formulario 1040A o a la izquierda de la línea 1 del Formulario 1040EZ.
-
Pensión o anualidad proveniente de planes de compensación diferida. Una pensión o anualidad de un plan de compensación diferida que no reúne los requisitos o un plan no gubernamental conforme a la sección 457 no se considera ingreso del trabajo para el crédito por ingreso del trabajo. Si recibió una cantidad tal y la incluyó en el total de la línea 7 del Formulario 1040 o Formulario 1040A o en la línea 1 del Formulario 1040EZ, escriba “DFC” y la cantidad en la línea de puntos junto a la línea 7 del Formulario 1040, a la izquierda del espacio para anotaciones de la línea 7 del Formulario 1040A o a la izquierda de la línea 1 del Formulario 1040EZ. Esta cantidad podría ser declarada en el recuadro 11 del Formulario W-2. Si recibió una cantidad tal pero el recuadro 11 está en blanco, comuníquese con su empleador para saber la cantidad recibida por concepto de pensión o anualidad.
-
$6,200, si no tiene hijos.
-
$9,300, si tiene un hijo.
-
$13,050, si tiene dos o más hijos.
Ejemplo 1– La elección aumenta el crédito por ingreso del trabajo.
Jorge y Jacinta están casados y van a presentar una declaración conjunta. Ellos tienen un hijo calificado. Jorge estaba en las Fuerzas Armadas y tuvo ingresos de $15,000 ($5,000 por concepto de salarios tributables + $10,000 por concepto de paga no tributable por combate). Jacinta trabajó durante parte del año y tuvo ingresos de $2,000. Sus ingresos del trabajo tributables e ingresos brutos ajustados (AGI, por sus siglas en inglés) son $7,000. Jorge y Jacinta reúnen los requisitos para el crédito por ingreso del trabajo y completan la hoja de trabajo del crédito por ingreso del trabajo y el Anexo EIC.
Al completar la hoja de trabajo del crédito por ingreso del trabajo sin añadir la paga no tributable por combate a su ingreso del trabajo, descubren que su crédito es $2,389. Al completar la hoja de trabajo del crédito por ingreso del trabajo añadiendo la paga no tributable por combate, descubren que su crédito es $3,169. Como dicha elección aumentará su crédito por ingreso del trabajo, eligen añadir su paga no tributable por combate a su ingreso del trabajo para propósitos del crédito por ingreso del trabajo. Anotan $3,169 en la línea 38a de su Formulario 1040A y anotan la cantidad de su paga no tributable por combate en la línea 38b.
Ejemplo 2– La elección no aumenta el crédito por ingreso del trabajo.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que Jorge tenía $22,000 por concepto de paga no tributable por combate. Cuando Jorge y Jacinta añaden su paga no tributable por combate a su ingreso del trabajo, descubren que su crédito es $2,094. Como el crédito que pueden recibir si no añaden la paga no tributable por combate a su ingreso del trabajo es $2,389, deciden no hacer la elección. Anotan $2,389 en la línea 38a del Formulario 1040A.
El IRS le calculará el crédito por ingreso del trabajo si sigue las instrucciones que aparecen en la Figura 3 a continuación.


Please click here for the text description of the image.
Figura 3. El Crédito por Ingreso del Trabajo en su Declaración de Impuestos
Para calcular usted mismo el crédito por ingreso del trabajo utilice la hoja de trabajo del crédito por ingreso del trabajo de las instrucciones para el formulario que utilice (Formulario 1040, Formulario 1040A o Formulario 1040EZ, todos en inglés). Si tiene un hijo calificado, llene el Anexo EIC (explicado más adelante) y adjúntelo a su declaración de impuestos.
Si desea que el IRS calcule su crédito, vea El IRS le Calculará el Crédito , anteriormente.
Si presenta el Formulario 1040, necesitará decidir si utilizará la Hoja de Trabajo A del Crédito por Ingreso del Trabajo o la Hoja de Trabajo B del Crédito por Ingreso del Trabajo para calcular la cantidad de dicho crédito. Esta sección explica cómo utilizar estas hojas de trabajo y cómo declarar el crédito por ingreso del trabajo en la declaración de impuestos.

-
Es casado que presenta una declaración conjunta.
-
Tanto usted como su cónyuge tienen ingreso del trabajo por cuenta propia.
-
Usted o su cónyuge presenta un Anexo SE y el otro cónyuge no presenta un Anexo SE.
Tiene que llenar y adjuntar el Anexo EIC a su declaración de impuestos si tiene un hijo calificado y reclama el crédito por ingreso del trabajo. El Anexo EIC proporciona al IRS información sobre sus hijos calificados incluyendo sus nombres, edades, números de Seguro Social, parentesco con usted y el tiempo que vivieron con usted durante el año. En el capítulo 6 encontrará un ejemplo de un Anexo EIC completado.

| More Online Publications |