IRS les recuerda a titulares de cuentas bancarias y financieras en el extranjero que deben presentar el Informe anual de bancos y cuentas financieras extranjeras (FBAR) para el 15 de abril

IR-2021-83SP, 9 de abril de 2021

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los ciudadanos estadounidenses, residentes extranjeros y cualquier entidad legal nacional que la fecha límite para presentar su Informe anual de bancos y cuentas financieras extranjeras (FBAR) (en inglés) todavía es el 15 de abril de 2021.

La extensión de la fecha de vencimiento de la presentación del impuesto federal y otros plazos tributarios para las personas hasta del 17 de mayo de 2021 no afecta el requisito de FBAR.

Sin embargo, los contribuyentes que no cumplan con la fecha límite del 15 de abril recibirán una extensión automática hasta el 15 de octubre de 2021 para presentar el FBAR. No es necesario que soliciten la extensión.

Quién debe informar

La Ley de Secreto Bancario requiere que las personas estadounidenses presenten un FBAR si tienen:

  1. Interés financiero en, autoridad de firma, u otra autoridad sobre una o más cuentas, tales como una cuenta bancaria, una cuenta de corretaje, un fondo mutuo, un fideicomiso u otra cuenta financiera extranjera, y
  2. El valor agregado de todas las cuentas financieras extranjeras supera los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario.

Debido a este umbral, el IRS alienta a las personas o entidades estadounidenses con cuentas extranjeras, incluso relativamente pequeñas, a verificar si este requisito de presentación les aplica.

Una persona de los EE. UU. es un ciudadano o residente de los Estados Unidos o cualquier entidad legal doméstica, como una sociedad, corporación, compañía de responsabilidad limitada, patrimonio o fideicomiso.

El FBAR 2021 debe presentarse electrónicamente ante la Red de Cumplimiento de Delitos Financieros (FinCEN) y solo está disponible a través del sitio web del Sistema de Presentación Electrónica de BSA (en inglés). Los contribuyentes que no pueden presentar electrónicamente su FBAR deben llamar a FinCEN al 800-949-2732, desde fuera de los EE. UU. al 703-905-3975.

Multas por no presentar un FBAR

Las personas que no presentan un FBAR cuando es necesario pueden estar sujetos a multas civiles y penales. El IRS no penalizará a aquellas personas que reporten adecuadamente las cuentas financieras extranjeras en un FBAR de presentación tardía y el IRS considera que tienen motivos razonables para la presentación tardía.

Más detalles y ayuda disponible

IRS.gov tiene varios recursos disponibles las 24 horas del día:

Para ayudar a evitar retrasos con los reembolsos de impuestos, los contribuyentes que viven en el extranjero deben visitar Consejos útiles para recibir efectivamente un reembolso de impuestos para los contribuyentes que viven en el extranjero (en inglés) en IRS.gov.