Consejos Útiles Sobre los Formularios 1040 y 1040-SR

Consejos Útiles Sobre los Formularios 1040 y 1040-SR

Para 2023, usted usará el Formulario 1040 o, si nació antes del 2 de enero de 1959, tiene la opción de usar el Formulario 1040-SR.

Es probable que sólo tenga que presentar el Formulario 1040 o 1040-SR y ninguno de los anexos enumerados, Anexos 1 a 3. No obstante, si su declaración es más complicada (por ejemplo, usted reclama ciertas deducciones o créditos o adeuda impuestos adicionales), usted tendrá que completar uno o más de los anexos enumerados. A continuación aparece una guía general de qué anexo(s) usted tendrá que presentar basado en sus circunstancias. Vea las instrucciones de los anexos para más información.

Si usted presenta su declaración electrónicamente, el programa de computadoras (software) que usted use por lo general determinará que anexos usted necesita.

SI USTED tiene ingresos adicionales, tales como ingresos de negocios o agropecuarios, compensación por desempleo o premios y recompensas. ENTONCES USE la Parte I del Anexo 1.

SI USTED tiene cualesquier ajustes al ingreso, tales como intereses sobre un préstamo de estudios, impuesto sobre el trabajo por cuenta propia o gastos del educador. ENTONCES USE la Parte II del Anexo 1.

SI USTED adeuda el impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en inglés) o tiene que reintegrar el exceso del pago por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico (APTC, por sus siglas en inglés). ENTONCES USE la Parte I del Anexo 2.

SI USTED adeuda otros impuestos, tales como el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, los impuestos sobre el empleo de empleados domésticos o impuestos adicionales sobre un plan calificado, incluyendo un arreglo de ahorros para la jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) u otros planes con beneficios tributarios. ENTONCES USE la Parte II del Anexo 2.

SI USTED puede reclamar un crédito no reembolsable (aparte del crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes), tales como el crédito por impuestos extranjeros, créditos por estudios o el crédito general para negocios. ENTONCES USE la Parte I del Anexo 3.

SI USTED puede reclamar un crédito reembolsable (aparte del crédito por ingreso del trabajo, el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses, o el crédito tributario adicional por hijos), tal como el crédito tributario de prima de seguro médico neto. Tiene otros pagos, tales como una cantidad pagada con una solicitud de prórroga o impuesto del Seguro Social retenido en exceso. ENTONCES USE la Parte II del Anexo 3.