Preguntas frecuentes sobre la exclusión de compensación por desempleo de 2020 — Tema G: Recibir un reembolso, una carta o un aviso

Estas preguntas frecuentes se publicaron en la Hoja de Datos 2022-39SPPDF, 2 de diciembre de 2022.

P1. ¿Recibiré un reembolso de $10,200? (actualizada el 23 de marzo de 2022)

R1. No. La Ley del Plan de Rescate Estadounidense permite a los contribuyentes elegibles excluir hasta $10,200 (hasta $10,200 por cada cónyuge si es casado que presenta una declaración conjunta) de su ingreso bruto, que probablemente reducirá su obligación tributaria en su declaración de impuestos de 2020. La exclusión de los ingresos ajustados no es un crédito tributario reembolsable. Sin embargo, la exclusión podría resultar en un pago en exceso (reembolso) del impuesto pagado sobre el monto de la compensación por desempleo excluida.

P2. Si el ajuste de exclusión resulta en un pago en exceso (reembolso), ¿cómo se me emitirá? (actualizada el 2 de diciembre de 2022)

R2. Cualquier pago en exceso de impuestos resultante será reembolsado o aplicado a sus otras obligaciones tributarias pendientes.

P3. ¿El IRS le envió una carta o aviso si realizaron cambios en mi compensación por desempleo? (actualizada el 2 de diciembre de 2022)

R3. Sí. Enviamos un aviso si corregimos su cuenta por la exclusión de compensación por desempleo. Le enviamos el aviso por correo a la dirección que tuvimos registrada para usted. Por lo general, se recibe un aviso de ajuste, generalmente dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que se realizó la corrección. Guarde este aviso para sus registros.

El IRS no puede volver a emitir el aviso. Si no recibió o no puede encontrar su aviso, puede ver sus registros de impuestos de 2020 en su cuenta en línea o solicitar que se le envíe por correo una transcripción de la cuenta de impuestos de 2020.

P4. Si el ajuste de exclusión da como resultado un reembolso, ¿el IRS usará el reembolso para pagar (compensar) las deudas no pagadas que pueda tener? (agregada el 29 de abril de 2021)

R4. Sí. Las deudas no pagadas incluyen impuestos federales vencidos, impuestos estatales sobre el ingreso, deudas estatales de compensación por desempleo, manutención de los hijos, manutención del cónyuge o ciertas deudas federales no tributarias, como préstamos para estudiantes. Si el reembolso se compensa para pagar deudas impagas, se le enviará un aviso para informarle de la compensación.

P5: No reclamé la exclusión de hasta $10,200 cuando presenté mi declaración de impuestos de 2020 y adeudaba los impuestos que se muestran en mi declaración y los pagué en su totalidad, pero el ajuste de exclusión da como resultado un reembolso. ¿Mi pago también será reembolsado? (actualizada el 2 de diciembre de 2022)

R5. Si adeudaba en su declaración original y pagó el monto en su totalidad, el reembolso del ajuste de la exclusión de compensación por desempleo tendrá en cuenta el pago adicional que realizó a su cuenta. El pago adicional se procesará y cualquier pago en exceso resultante del ajuste de exclusión se reembolsará cuando se corrija su cuenta, pero se puede aplicar a otras deudas federales o estatales que adeude.

P6. ¿Qué sucede si el ajuste de exclusión reduce (o aumenta) el monto que todavía debo de mi declaración original, pero que no puedo pagar en su totalidad? (agregada el 25 de junio de 2021)

R6. Se recomienda que pague la cantidad que adeuda en su totalidad para minimizar las multas e intereses. Si no puede pagar en su totalidad, pague todo lo que pueda ahora y luego solicite un plan de pago a corto o largo plazo si aún no lo ha hecho. Consulte Cómo pagar sus impuestos para obtener información adicional, incluidos los métodos de pago disponibles.

P7. Recibí un aviso CP 21 o 22 que decía que mi cuenta de 2020 se ajustó debido al ajuste de exclusión. ¿Necesito responder o tomar alguna medida? (agregada el 25 de junio de 2021)

R7. El aviso le informa que cambiamos su declaración de impuestos para corregir su compensación por desempleo debido a cambios recientes en las leyes tributarias, resoluciones o reglamentos tributarios y, como resultado, recibirá un reembolso, tendrá un saldo adeudado reducido o ninguno (sin reembolso ni monto adeudados).

  • Si está de acuerdo con los cambios, no es necesario que responda, pero le recomendamos que guarde el aviso con una copia de su declaración de impuestos para sus archivos.
  • Si no está de acuerdo con los cambios, puede llamar al número gratuito que figura en la esquina superior derecha de su aviso.

Si le corresponde un reembolso, espere el plazo previsto en el aviso para recibirlo. Si debe, pague la cantidad que adeuda antes de la fecha de vencimiento que figura en el cupón de pago del aviso. Haga arreglos de pago si no puede pagar la cantidad total que debe. Consulte Cómo pagar sus impuestos para obtener información adicional, incluidos los métodos de pago disponibles.

P8. ¿Por qué recibí un aviso CP08 del IRS que dice que podría ser elegible para el Crédito tributario adicional por hijos? (actualizada el 2 de diciembre de 2022)

R8. Debido a que hicimos cambios en su cuenta de impuestos de 2020 para excluir la compensación por desempleo, puede ser elegible para el Crédito tributario adicional por hijos. En diciembre de 2021 y julio de 2022, el IRS enviará el aviso CP08 a las personas que no reclamaron el crédito en su declaración pero que ahora pueden ser elegibles para recibirlo. Este aviso no es una confirmación de que usted es elegible. No es necesario que presente una declaración enmendada para reclamar el Crédito tributario adicional por hijos si responde al aviso CP08. Consulte Comprenda su aviso CP08 (en inglés) para obtener más información.

P9. ¿Por qué recibí un aviso CP09 del IRS que dice que podría ser elegible para el Crédito tributario por ingreso del trabajo? (actualizada el 2 de diciembre de 2022)

R9. Debido a que hicimos cambios en su cuenta de impuestos de 2020 para excluir hasta $10,200 de compensación por desempleo, puede ser elegible para el Crédito tributario por ingreso del trabajo. En diciembre de 2021 y julio de 2022, el IRS envió el aviso CP09 a las personas que no reclamaron el crédito en su declaración pero que ahora pueden ser elegibles para recibirlo. Este aviso no es una confirmación de que usted es elegible. No es necesario que presente una declaración enmendada para reclamar el Crédito tributario por ingreso del trabajo si responde al aviso CP09. Consulte Comprenda su aviso CP09 para obtener más información.

P10. Estoy casado, no vivo en un estado comunidad de bienes matrimonial y presenté una declaración de impuestos conjunta de 2020 con mi cónyuge. Recibimos un aviso que indica que el IRS corrigió nuestra declaración para permitir la exclusión de compensación por desempleo, pero creemos que el monto de la exclusión es demasiado. ¿Necesitamos presentar una declaración enmendada o devolver todo o parte del reembolso que recibimos? (agregada el 7 de enero de 2022)

R10. El IRS actuó rápidamente para implementar las disposiciones de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés). La Ley ARPA permite a los contribuyentes elegibles excluir hasta $10,200 de compensación por desempleo en su declaración de impuestos sobre el ingreso de 2020. Para los contribuyentes casados, se pueden aplicar exclusiones separadas a la compensación por desempleo pagada a cada cónyuge. En algunos casos, cuando la información del Formulario 1099-G, Ciertos pagos del gobierno, no estaba disponible, el IRS permitió automáticamente un monto de exclusión de hasta $20,400 para las personas casadas que viven en estados de bienes matrimoniales separados y que presentaron una declaración de impuestos conjunta de 2020 cuando:

  • La compensación por desempleo total fue de $10,201 o más;
  • El ingreso bruto ajustado modificado de los contribuyentes fue menos de $150,000; y
  • Los datos del formulario 1099-G no estaban disponibles en el momento en que el IRS completó la corrección.

Si el IRS determinó que calificaba para la exclusión según los criterios anteriores y, como resultado, recibió un reembolso, no está obligado a devolver todo o parte del reembolso.

No es necesario comunicarse con el IRS o presentar una declaración enmendada.

Si está casado y vive en un estado de comunidad de bienes matrimoniales, vea la P4 en el Tema A: Estoy casado y vivo en un estado de comunidad de bienes matrimoniales. ¿Soy elegible para la exclusión?