Cómo entender su Aviso LT16 (SP)

De qué se trata este aviso

Si usted recibió un aviso ST16, es porque intentamos cobrarle los impuestos pendientes de pago y/o nuestros registros indican que faltan declaraciones de impuestos suyas.

Es imprescindible que usted tome medidas para evitar las posibles acciones legales, las cuales pueden incluir embargar sus bienes o salarios. La acción legal también podría incluir la presentación de un aviso de gravamen por el impuesto federal, lo cual podría afectar su calificación de crédito y la capacidad de pedir un préstamo. Vea una explicación detallada de lo que pueden ser las acciones legales de cobro.

Lo que usted debe hacer para evitar las acciones legales

  • Leer cuidadosamente su aviso: El cumplir las instrucciones en su aviso puede detener la acción legal.
  • Presentar las declaraciones de impuestos faltantes (si alguna): Si su aviso le indica que faltan declaraciones de impuestos suyas, presente las declaraciones faltantes lo antes posible. Visite Presentación de Impuestos para obtener más información acerca de cómo presentar su declaración.
  • Pagar su saldo pendiente de pago: Los intereses y las multas aplicables dejarán de ser añadidos tan pronto como usted paga su saldo por completo. Puede pagar su saldo en línea rápida y fácilmente. Vea cómo ver la información de su cuenta para saber cómo determinar su saldo.
  • Si no puede pagar toda la cantidad adeudada: Pague todo lo que más pueda ahora y establezca un plan de pagos a plazos para el saldo restante. Usted tiene que estar al día con la presentación de sus declaraciones con el fin de solicitar un plan de pagos a plazos.
  • Si actualmente está enfrentando una dificultad financiera: Hay opciones disponibles para usted. Vea a continuación Si está enfrentando una dificultad financiera.
  • Sus derechos de apelación: Si el impuesto está en duda, usted disputa la cantidad del impuesto o no puede solucionar un desacuerdo con nosotros, usted tiene el derecho a una audiencia con la Oficina de Apelaciones. Por favor, refiérase a la Publicación 1660 (SP), Derechos para la Apelación de CobrosPDF, o visite Apelaciones. También puede llamar al número de teléfono libre de cargos en su aviso.

Presentación de sus declaraciones faltantes

¿Cómo presento mis declaraciones faltantes?

Lea cuidadosamente su aviso para identificar cuáles declaraciones de impuestos faltan de los registros del IRS. Tal vez tenga que presentar las declaraciones de varios años tributarios.

Puede encontrar las respuestas a muchas de sus preguntas y obtener ayuda para preparar su declaración en Declarar impuestos.

¿Qué sucede si ya presenté una declaración identificada como faltante?

Si han pasado más de 10 semanas desde que nos envió la declaración, envíenos nuevamente otra copia firmada. Si encuentra que una o más de sus declaraciones han sido identificadas incorrectamente como faltantes, por favor comuníquese con nosotros mediante el número de teléfono libre de cargos en su aviso.

Basado en mis ingresos, no creo que tenga la obligación de presentar.

Utilice la herramienta ¿Tengo que presentar una declaración de impuestos? (en inglés), para verificar que no le aplica el requisito de presentar una declaración de impuestos para los años involucrados. Si la herramienta le indica que no tiene la obligación de presentar una declaración, pero el aviso le indica que sí, por favor llame al número de teléfono libre de cargos en su aviso.

¿Qué sucede si me adeudan un reembolso?

Basado en sus ingresos y otros factores, puede que todavía tenga que presentar una declaración si se le adeuda a usted un reembolso. Además, para recibir el reembolso, usted tiene que presentar una declaración morosa dentro de tres años a partir de la fecha del vencimiento original de la declaración o dentro de dos años de la fecha en que pagó el impuesto en su totalidad, si se aplica.


Pagar su saldo

El pagar su saldo en su totalidad, detendrá cualquier acción legal y también puede impedir que se agreguen intereses adicionales y multas aplicables. Puede pagar fácilmente en línea. Vea la información de su cuenta para saber cómo determinar su saldo.


Si no puede pagar en su totalidad ahora

Pague lo que pueda por el momento; cualquier pago reducirá la cantidad de intereses y multas aplicables que se sumarán al saldo restante en el futuro.

Puede establecer un plan de pagos a plazos para pagar cualquier saldo restante en su cuenta con el tiempo.

Si adeuda menos de $50,000, tal vez pueda establecer un plan de pagos a plazos a través de la herramienta en línea Solicitud en línea para el plan de pagos, que es la manera más rápida de conseguir un plan de pagos a plazos aprobado. Si no puede solicitar en línea, llámenos al número de teléfono libre de cargos en su aviso, o envíe por correo un acuerdo de pagos a plazos.

Si ya ha enviado un pago o ha establecido un plan de pagos a plazos

Los pagos a su saldo pueden tardar hasta 21 días para acreditarse en su cuenta. Si usted pagó su saldo en su totalidad dentro de los últimos 21 días, por favor haga caso omiso del aviso ST16 que recibió.

Si usted ya tiene un plan de pagos a plazos aprobado, siga efectuando los pagos conforme a ese acuerdo. Si usted ha solicitado un plan de pagos a plazos, pero todavía no ha sido aprobado, pague tanto del saldo como sea posible ahora, para minimizar los intereses adicionales y multas aplicables sumados a su saldo.

Si está enfrentando una dificultad financiera

En ciertas circunstancias, podemos determinar que usted no puede pagar ninguna parte de su deuda tributaria. En dichos casos, podemos colocar su cuenta en el estado de actualmente no cobrable y prorrogar temporalmente el cobro hasta que mejore su condición financiera. El colocar su cuenta en el estado de actualmente no cobrable no detiene el cobro de las multas e intereses y no significa que la deuda desaparece; significa que el IRS ha determinado que usted no puede pagar la deuda en este momento.

Si usted cree que el cobro se debe retrasar temporalmente en su cuenta, por favor comuníquese con nosotros y esté listo para hablar de sus ingresos, gastos y bienes que tiene. Podemos solicitarle comprobación de su dificultad financiera.

Bajo ciertas circunstancias, un ofrecimiento de transacción le permite liquidar su deuda tributaria por menos de la cantidad completa que adeuda. Esto puede ser una opción legítima si usted no puede pagar por completo su responsabilidad tributaria o el hacerlo, le crearía una dificultad financiera. Para saber si reúne los requisitos para una oferta de transacción, acceda a la herramienta Verificación preliminar para el ofrecimiento de transacción (en inglés).


Multas e Intereses

Por lo general, cobramos las multas en su cuenta cuando no paga su impuesto en su totalidad para la fecha de vencimiento de la declaración (normalmente el 15 de abril), o si no ha efectuado los pagos suficientes del impuesto estimado (si se le requiere). Para obtener más información acerca de las multas, vea Multas.

Los intereses sobre la cantidad total que adeuda, generalmente comienzan a cobrarse diariamente, a partir de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos. Para obtener más información acerca de los intereses, vea Intereses.

Si no paga en su totalidad (aunque tenga un plan de pagos a plazos pendiente o aprobado) para la fecha de vencimiento del pago indicado en cualquier aviso emitido a usted, intereses adicionales y las multas aplicables seguirán acumulándose hasta que pague el saldo por completo.

Tal vez reúna los requisitos para el alivio de las multas, si hizo un esfuerzo para cumplir los requisitos de la ley, pero no pudo cumplir con sus obligaciones tributarias debido a circunstancias fuera de su control.


Circunstancias Especiales

Víctima de fraude o robo de identidad

Si usted es una víctima de fraude o robo de identidad, vea la Guía del contribuyente para el robo de identidad.

Cónyuge inocente

En algunos casos, un cónyuge será liberado de los impuestos, intereses y multas en una declaración conjunta. Aprenda más acerca de los cónyuges inocentes.

Otras circunstancias

En la mayoría de casos, la información referente a circunstancias parecidas a las suyas está disponible en línea. Utilice la caja de búsqueda en la parte superior derecha de esta página web para obtener más información. Si no puede encontrar las respuestas en línea, por favor llame al número de teléfono libre de cargos en su aviso.


El Defensor del Contribuyente

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) es una organización independiente dentro del IRS que puede ayudar a proteger sus derechos como contribuyente. El TAS puede ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad, o si ha intentado pero no ha podido resolver su problema con el IRS. Si usted reúne los requisitos para la ayuda del TAS, la cual es siempre gratuita el TAS hará todo lo posible para ayudarle. Visite el sitio web del Servicio del Defensor del Contribuyente, o llame al 877-777-4778.

La ayuda puede obtenerse de las personas y organizaciones que son independientes del IRS. La Publicación 4134 (SP)PDF proporciona una lista de los Talleres (Clínicas) para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés). La información también está disponible en la sección titulada Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos del TAS. También puede conseguir ayuda de un sistema de referencias operado por un colegio de abogados, una sociedad estatal o local de contadores o de agentes registrados ante el IRS, u otra organización de profesionales de impuestos sin fines de lucro. La decisión de obtener ayuda de cualquiera de estas personas y organizaciones no resultará en que el IRS le conceda un tratamiento preferencial en el manejo del asunto, disputa o problema. No es necesario buscar ayuda para comunicarse con nosotros. Estamos encantados de tratar directamente con usted y ayudarle a solucionar su situación.