Preguntas frecuentes acerca del Crédito por cuidado de hijos y dependientes

El Crédito por cuidado de hijos y dependientes es un crédito tributario que puede ayudarlo a pagar el cuidado de niños calificados y otros dependientes elegibles. El crédito se calcula según su ingreso y un porcentaje de los gastos en los que usted incurra por el cuidado de personas calificadas que le permite trabajar, buscar trabajo o asistir a una institución de aprendizaje. En el 2021, la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, promulgada el 11 de marzo de 2021, hizo que el crédito fuera sustancialmente más generoso (hasta $4,000 para una persona que califica y $8,000 para dos o más personas elegibles) y potencialmente reembolsable, para que no adeude impuestos para reclamar el crédito (después que cumpla con los otros requisitos). Esto significa que más contribuyentes serán elegibles para el crédito por primera vez, y, que, para muchos contribuyentes, el monto del crédito será mayor que en años anteriores. Sin embargo, los contribuyentes con un ingreso bruto ajustado de $438,000 o más no son elegibles para este crédito a pesar de que pudieron haber reclamado este crédito en el pasado.

Las siguientes preguntas frecuentes pueden ayudarlo a determinar si es elegible, y, si califica, cómo puede calcular su crédito. Más información se encuentra a continuación y en la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés). Para obtener información acerca de los cambios en el crédito solo para 2021, vea las preguntas P6 a la P14.

Reclamar el crédito

R1. Usted es elegible para reclamar este crédito si usted (o su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) le paga a alguien para que cuide a una o más personas calificadas para que pueda trabajar o buscar trabajo, y su nivel de ingresos está dentro de los límites de ingresos establecidos para el crédito. Si está casado, debe presentar una declaración conjunta para reclamar el crédito. Sin embargo, si está legalmente separado o vive separado de su cónyuge, es posible que pueda presentar una declaración por separado y aun así reclamar el crédito. Si usted o su cónyuge fue un estudiante de tiempo completo, consulte la pregunta P17 y la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés) para obtener más información acerca de la elegibilidad.

Requisito de ingresos del trabajo: Usted (y su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) deben tener ingresos del trabajo durante el año para reclamar el crédito. Vea las preguntas P16 y P17 para obtener más información, incluidas las reglas especiales que pueden aplicarse si usted es un estudiante o no puede cuidar de sí mismo.
 

R2. Para reclamar el crédito, debe completar el Formulario 2441, Gastos de cuidado de menores y dependientes, e incluir el formulario cuando presente su declaración federal de impuestos. Al completar el formulario para reclamar el crédito, usted debe proporcionar un Número de identificación del contribuyente (TIN) válido para cada persona que califique. Generalmente, este es el número de Seguro Social de la persona que califica.

Debe mantener archivos de sus gastos relacionados con el trabajo. Además, si su dependiente o cónyuge no puede cuidar de sí mismo, sus archivos deben demostrar tanto la naturaleza como la duración de la discapacidad. Otros archivos que debe mantener para respaldar su reclamo para el crédito se encuentran en la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés) y la pregunta P3.

Para obtener más información acerca de cómo completar el formulario y reclamar el crédito, consulte las Instrucciones para el Formulario 2441 (en inglés).

R3. Debe identificar a todas las personas u organizaciones que brindaron cuidado a su hijo, dependiente o cónyuge. Para identificar al proveedor de cuidado, debe proporcionar el nombre, la dirección y el número de identificación del contribuyente (TIN) del proveedor. Puede usar el Formulario W-10, Identificación y certificación del proveedor de cuidado de dependientes (en inglés), para solicitar esta información. Si la información del proveedor de cuidado que proporciona es incorrecta o está incompleta, es posible que no se permita su crédito. Sin embargo, si puede demostrar que usó la diligencia debida al tratar de proporcionar la información, aún puede reclamar el crédito. Para obtener orientación acerca de cómo demostrar la debida diligencia, consulte la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés).

Debe mantener esta información junto a sus archivos tributarios. Para obtener más información acerca de los requisitos para archivar, vea la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependientes.

R4. Una persona calificada es:

  • Su dependiente que es menor de 13 años cuando se proporciona el cuidado;
  • Su cónyuge, si su cónyuge no es mental o físicamente capaz de cuidarse a sí mismo y vive con usted durante más de la mitad del año; y
  • Una persona que no es mental o físicamente capaz de cuidarse a sí misma, vive con usted durante más de la mitad del año y:
    • Es su dependiente, o
    • Habría sido su dependiente excepto que (i) él o ella recibe más de una determinada cantidad de ingresos brutos ($4,300 en 2021), (ii) presenta una declaración conjunta o (iii) usted (o su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) se puede reclamar como dependiente de en la declaración de otra persona.

R5. Se considera que las personas que no pueden vestirse, limpiarse o alimentarse por sí mismas debido a problemas físicos o mentales no pueden cuidar de sí mismas. Las personas que deben tener una atención constante para evitar que se lastimen a sí mismas o a otros también se consideran incapaces de cuidar de sí mismas.

R6. El porcentaje de sus gastos relacionados con el trabajo permitido como crédito depende de sus ingresos (y los ingresos de su cónyuge en el caso de una declaración conjunta). El porcentaje máximo de sus gastos relacionados con el trabajo que se permite como crédito para 2021 es del 50 por ciento. Tanto las Instrucciones del Formulario 2441 (en inglés) para 2021 y la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés) para 2021 contendrán una gráfica que indique el porcentaje de gastos relacionados al trabajo permitidos como crédito en cada nivel de ingresos. El IRS anticipa que las Instrucciones para el Formulario 2441 para el 2021 y la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente para 2021 estarán disponibles en enero de 2022.

R7. Sí. La cantidad de su ingreso bruto ajustado determina el porcentaje de sus gastos relacionados con el trabajo que se le permite como crédito. Para este propósito, su ingreso es su "ingreso bruto ajustado" (adjusted gross income) que se muestra en su Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.

Para 2021, la cantidad del 50 por ciento comienza a eliminarse gradualmente si su ingreso bruto ajustado es más de $125,000 y se elimina por completo si su ingreso bruto ajustado es de más de $438,000. Para obtener más información acerca del porcentaje que aplica a su nivel de ingresos, consulte las Instrucciones del Formulario 2441 (en inglés) para 2021 y la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés) para  2021 que estarán disponibles en enero de 2022.

R8. Sí. La cantidad máxima de gastos relacionados con el trabajo que puede tener en cuenta para propósitos del crédito es $8,000 si tiene una persona calificada y $16,000 si tiene dos o más personas calificadas. Esto significa que el monto total máximo del crédito es $4,000 (50 por ciento de $8,000) si tiene una persona calificada y $8,000 (50 por ciento de $16,000) si tiene dos o más personas calificadas.

Limitación de ingresos del trabajo: La cantidad de gastos relacionados con el trabajo que se pueden tener en cuenta al calcular el crédito no puede exceder sus ingresos del trabajo. Si está casado y presenta una declaración conjunta, los gastos relacionados con el trabajo que puede tener en cuenta se limitan al menor de los ingresos del trabajo suyos o de su cónyuge. Vea las preguntas P16 y P17 para obtener más información acerca de las exenciones a las reglas de la limitación de ingresos del trabajo para casados que presentan una declaración conjunta.

R10. Sí. Para 2021, el crédito es reembolsable para los contribuyentes elegibles. Esto significa que incluso si su crédito excede el monto del impuesto federal que debe, aún puede reclamar el monto total de su crédito y se le puede reembolsar el monto del crédito que exceda su obligación tributaria.

R11. Debe pagar los gastos relacionados con el trabajo incurridos en 2021 antes del 31 de diciembre de 2021 y cumplir con los requisitos especiales de residencia para que el crédito sea reembolsable para 2021. Consulte la P12 para obtener más información acerca de los requisitos de residencia.

R12. Sí. Para ser elegible para la parte reembolsable del crédito para 2021, debe tener su (o su cónyuge cuando se declara una declaración conjunta) hogar principal en uno de los 50 estados o en el Distrito de Columbia durante más de la mitad del año tributario. Su hogar principal puede ser cualquier lugar donde viva habitualmente. Su domicilio principal puede ser su casa, apartamento, casa móvil, albergue, alojamiento temporal u otro lugar y no es necesario que sea el mismo lugar físico durante todo el año tributario. Si se encuentra temporalmente fuera de su hogar principal debido a una enfermedad, educación, negocios, vacaciones o servicio militar, generalmente se le trata como si estuviera viviendo en su hogar principal durante ese tiempo.

Excepción especial para el personal militar: Para el personal militar de EE. UU. estacionado fuera de los Estados Unidos, vea la pregunta P15.

R13. En muchos casos, la respuesta es sí. Sin embargo, el crédito debe reclamarse a la agencia tributaria de su territorio local y no al IRS. Además, se aplican reglas especiales a estos cinco territorios de los EE. UU. Comuníquese con la agencia tributaria de su territorio local para obtener información acerca de la disponibilidad y su elegibilidad para el crédito en 2021.

R14. Generalmente, no. Si bien puede reclamar el crédito para compensar su obligación tributaria, el crédito es reembolsable solo si tiene su vivienda principal en uno de los 50 estados o en el Distrito de Columbia durante más de la mitad del año tributario. Su hogar principal puede ser cualquier lugar donde viva habitualmente. Su vivienda principal puede ser su casa, apartamento, casa móvil, albergue, alojamiento temporal u otra ubicación y no es necesario que esté en la misma ubicación física o en el mismo estado durante todo el año contributivo. Si se encuentra temporalmente fuera de su hogar principal debido a una enfermedad, educación, negocios, vacaciones o servicio militar, generalmente se le trata como si viviera en su domicilio principal.

Excepción especial para personal militar: para obtener una excepción a esta respuesta con respecto al personal militar de los EE. UU. estacionado fuera de los Estados Unidos, consulte la pregunta P15.

R15. Sí. Se considera que el personal militar de los EE. UU. que está estacionado fuera de los Estados Unidos en servicio activo prolongado tiene su domicilio principal en uno de los 50 estados o en el Distrito de Columbia a los efectos de calificar para la parte reembolsable del crédito. Para este propósito, "servicio activo extendido" significa cualquier período de servicio activo de conformidad con una llamada u orden al servicio activo por un período de más de 90 días o por un período indefinido. 

R16. Quizás. Su cónyuge que está desempleado durante el año debe estar buscando empleo activamente, y los gastos relacionados con el trabajo deben realizarse para que usted y su cónyuge puedan trabajar o buscar trabajo como se explica en la pregunta P18. Usted (y su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) deben tener ingresos del trabajo para reclamar el crédito. Los ingresos de trabajo incluyen sueldos, salarios, propinas, otras compensaciones de empleados sujetos a impuestos y ganancias netas del trabajo por cuenta propia. Una pérdida neta del trabajo por cuenta propia reduce los ingresos laborales. El ingreso del trabajo también incluye cualquier beneficio por huelga y pago por discapacidad que declare como salario. La compensación por desempleo no se incluye en los ingresos del trabajo.

La cantidad de gastos relacionados con el trabajo que se pueden tener en cuenta al calcular el crédito no puede exceder sus ingresos del trabajo. Si está casado y presenta una declaración conjunta, sus gastos relacionados con el trabajo en su declaración conjunta se limitan al menor de los ingresos laborales suyos o de su cónyuge. Vea la pregunta P17 para conocer las reglas especiales que pueden aplicarse si usted es un estudiante o no puede cuidarse a sí mismo.

R17. Quizás. Existen reglas especiales de ingresos del trabajo para los estudiantes y para aquellos mental o físicamente incapaces de cuidar de sí mismos. Si usted (o su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) es un estudiante de tiempo completo o no es mental o físicamente capaz de cuidarse a sí mismo, se le tratará como si tuviera un ingreso del trabajo de $250 si tiene una persona calificada (o $500 para dos o más personas calificadas) durante cualquier mes en el que sea estudiante de tiempo completo o no pueda cuidar de sí mismo.

Importante: Si en el mismo mes usted y su cónyuge no trabajaron y eran estudiantes a tiempo completo o no eran física o mentalmente capaces de cuidarse a sí mismos, solo uno de ustedes puede ser tratado como si hubiera tenido ingresos en ese mes.

Gastos relacionados con el trabajo

R18. Un gasto relacionado con el trabajo es una cantidad que usted (o su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) paga por el cuidado de una persona calificada o por servicios domésticos si al menos parte de los servicios es para el cuidado de una persona calificada, para que pueda trabajar o buscar trabajo. Su trabajo puede ser para otros o en su propio negocio o sociedad. Puede ser a tiempo completo o parcial. También incluye la búsqueda activa de trabajo. Sin embargo, si no encuentra un trabajo y no tiene ingresos del trabajo durante el año, no puede reclamar este crédito. Consulte las preguntas P16 y P17 para obtener más información acerca del requisito de ingresos del trabajo.

Los servicios que puedan calificar como gastos relacionados con el trabajo incluyen arreglos de niñera compartida, guardería, preescolar y campamento diurno para las personas que califiquen, y el cuidado puede brindarse en su hogar o fuera de su hogar. Consulte la Publicación 503 del IRS, Gastos de cuidado de hijos y dependiente (en inglés), para obtener más información.

R19. Sí, a menos que pueda reclamar a su madre como dependiente.

También puede contar algunos pagos relacionados con el trabajo que realice a otros familiares, incluso si viven en su casa. Sin embargo, no cuente los montos que paga para:

  • Una persona que usted (o su cónyuge en el caso de una declaración conjunta) puede reclamar como dependiente;
  • Su hijo que tenía menos de 19 años al final del año, incluso si el hijo no es su dependiente;
  • Una persona que fue su cónyuge en cualquier momento durante el año; o
  • El padre de la persona que califica si la persona que califica también es su hijo y tiene menos de 13 años.

R20. Quizás. Para contar como un gasto relacionado con el trabajo, el cuidado debe ser para su dependiente menor de 13 años o cualquier otra persona calificada que habitualmente pasa al menos 8 horas al día en su hogar. El cuidado que se brinda fuera del hogar del contribuyente puede ser en un centro, o en la vivienda de otra persona. Si el cuidado lo proporciona un centro de cuidado de dependientes, el centro debe cumplir con todas las regulaciones estatales y locales que se aplican a los centros. Un centro de cuidado de dependientes es un lugar que brinda cuidado a más de 6 personas (distintas de las personas que viven allí) y recibe una tarifa, pago o subvención por brindar servicios a cualquiera de esas personas, incluso si el centro no tiene fines de lucro. Para conocer una excepción a esta regla, consulte la pregunta P21.

R22. No. Los gastos para asistir al jardín de infantes o un nivel de grado superior no son gastos de cuidado y, por lo tanto, no son gastos relacionados con el trabajo.

R23. Quizás. Los gastos pagados por el cuidado antes o después de la escuela de un niño en el jardín de infantes o en un nivel de grado superior son gastos de cuidado y, por lo tanto, son gastos relacionados con el trabajo, siempre que se cumplan todas las demás condiciones (por ejemplo, los gastos le permiten trabajar o buscar trabajo).