Cuatro Consejos Tributarios Sobre sus Beneficios de Desempleo

Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

Consejo Tributario del IRS 2013-26SP, 5 de marzo de 2013

Si usted recibió beneficios de desempleo este año, tiene que declarar los pagos en su declaración de impuestos federales.

Aquí hay cuatro consejos del IRS acerca de los beneficios de desempleo.

Para más información sobre los beneficios de desempleo vea la Publicación 17 (SP) del IRS, El Impuesto Federal Sobre los Ingresos, o la Publicación 525, Ingreso Tasable y No Tasable (en Inglés).  Puede descargar estas publicaciones gratuitas y el Formulario W-4V de la página web IRS.gov. Usted también puede solicitar llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

Recursos Adicionales:

  1. Usted debe incluir todas las compensaciones por desempleo que recibió en su ingreso total para el año. Usted debe recibir un Formulario 1099-G, Ciertos Pagos del Gobierno. El formulario mostrará la cantidad que se le pagó a usted y la cantidad de impuestos federales retenidos de sus pagos.
     
  2. Los tipos de beneficios por desempleo son:
     
    • Los beneficios pagados  por un Estado o el Distrito de Columbia desde el Fondo Fiduciario Federal de Desempleo
    • Beneficios de compensación por desempleo de Ferrocarril
    • Los pagos por incapacidad de un programa de gobierno pagado como sustituto de la compensación por desempleo
    • Subsidio de reajuste bajo la Ley de Comercio de 1974
    • Asistencia por desempleo en virtud de la Ley de Ayuda para Desastres y Asistencia de Emergencia
       
  3. Debe incluir en sus ingresos los beneficios de cuotas sindicales regulares pagados a usted como miembro desempleado de un sindicato. Sin embargo, otras reglas se aplican si usted contribuye a un fondo especial de sidicato y sus aportaciones no son deducibles. Si este es su caso, sólo incluya en el ingreso la cantidad que recibió del fondo que sea mayor que sus contribuciones.
     
  4. Usted puede optar por tener impuestos federales retenidos de sus beneficios de desempleo. Usted hace esta elección usando el Formulario W-4V, Solicitud de Retención Voluntaria (en Inglés). Si completa el formulario y lo entrega a la oficina de pago, se retendrá el impuesto a un 10 por ciento de sus pagos. Si usted elige que no le retengan impuestos, puede que tenga que hacer pagos de impuestos estimados durante el año.

Para más información sobre los beneficios de desempleo vea la Publicación 17 (SP) del IRS, El Impuesto Federal Sobre los Ingresos, o la Publicación 525, Ingreso Tasable y No Tasable (en Inglés).  Puede descargar estas publicaciones gratuitas y el Formulario W-4V de la página web IRS.gov. Usted también puede solicitar llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

Recursos Adicionales: