IR-2022-45SP, 1ro de marzo de 2022 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los contribuyentes de sus obligaciones de informar e impuestos potenciales por trabajar en la economía compartida, realizar transacciones de monedas virtuales, ingresos obtenidos de fuentes extranjeras o mantener ciertos activos extranjeros. La información disponible en IRS.gov y las instrucciones del Formulario 1040 ayudan a los contribuyentes a entender y cumplir con estos requisitos de informar e impuestos. Los ingresos de la economía compartida son tributables Generalmente, los ingresos obtenidos de la economía compartida están sujetos a impuestos y deben ser reportados al IRS. La economía compartida es una actividad en la que las personas obtienen ingresos proporcionando trabajo, servicios o bienes a pedido. A menudo, es a través de una plataforma digital como una aplicación o sitio web. Los contribuyentes deben declarar los ingresos obtenidos de la economía compartida en una declaración de impuestos, incluso si los ingresos son: De trabajo a tiempo parcial, temporal o secundario, No declarados en un formulario de una declaración informativa, como un Formulario 1099-K, 1099-MISC, W-2 u otro estado de ingresos o Pagado en cualquier forma, incluyendo efectivo, propiedad, bienes o moneda virtual. Para más información acerca de la economía compartida, visite el Centro de ayuda tributaria para la economía compartida. Comprender requisitos de informar e impuestos sobre monedas virtuales El IRS les recuerda a los contribuyentes que una vez más hay una pregunta en la parte superior del Formulario 1040 y el Formulario 1040-SR acerca de las transacciones de monedas virtuales. Todos los contribuyentes que presenten estos formularios deben marcar la casilla que indica "sí" o "no". Una transacción que involucre moneda virtual incluye, pero no se limita a: El recibo de moneda virtual como pago por bienes o servicios provistos; El recibo o la transferencia de moneda virtual de manera gratuita (sin proveer consideración alguna) que no califica como un regalo de buena fe; El recibo de nueva moneda virtual como resultado de actividades de minado y participación; El recibo de moneda virtual como resultado de una bifurcación dura; Un intercambio de moneda virtual por propiedades, bienes o servicios; Un intercambio/trueque de moneda virtual por otra moneda virtual; Una venta de moneda virtual; y Cualquier otra enajenación de un interés financiero en moneda virtual. Si una persona enajenó alguna moneda virtual que tenía como un bien de capital por medio de una venta, intercambio o transferencia, deben marcar "Sí" y usar el Formulario 8949 para calcular su ganancia o pérdida de capital e informarlo en el Anexo D (Formulario 1040). Si recibieron alguna moneda virtual como compensación por los servicios o enajenó alguna moneda virtual que tenían para la venta a clientes en una ocupación o negocio, tienen que declarar los ingresos de la misma manera que declararon otros ingresos del mismo tipo (por ejemplo, salarios de un Formulario W-2 en la línea 1 del Formulario 1040 o 1040-SR, o inventario o servicios del Anexo C en el Anexo 1). Más información sobre la moneda virtual se puede encontrar en las instrucciones para el Formulario 1040 y en la página de Monedas Virtuales (en inglés) en IRS.gov. Informar ingresos de fuentes extranjeras Generalmente, el ingreso mundial de un ciudadano o extranjero residente de los Estados Unidos está sujeto a impuestos de los Estados Unidos, independientemente de dónde resida. También están sujetos a los mismos requisitos de declaración de impuestos que se aplican a los ciudadanos estadounidenses o extranjeros residentes que viven en los Estados Unidos. Los ciudadanos y los residentes extranjeros de los Estado Unidos deben informar ingresos no derivados del trabajo como intereses, dividendos y pensiones de fuentes fuera de los Estados Unidos a menos que estén exentos por ley o un tratado tributario. También deben informar sobre los ingresos por trabajo, como salarios y propinas de fuentes fuera de los Estados Unidos. Generalmente el requisito de presentar una declaración de impuesto sobre los ingresos aplica, incluso si un contribuyente califica para beneficios tributarios, como la Exclusión de ingresos devengados en el extranjero (en inglés) o el Crédito por impuestos extranjeros (en inglés), que reduce o elimina sustancialmente la obligación tributaria de los Estados Unidos. Estos beneficios tributarios solo están disponibles si un contribuyente elegible presenta una declaración de impuestos de los Estados Unidos. Un contribuyente se le concede una prórroga automática de 2 meses hasta el 15 de junio si tanto su domicilio tributario como su domicilio están fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico. Incluso si se concede una prórroga, un contribuyente tendrá que pagar intereses sobre cualquier impuesto que no se pagó por la fecha de vencimiento normal del 18 de abril de 2022. Aquellos que sirven en el ejército fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico en la fecha de vencimiento normal de su declaración de impuestos también califican para una prórroga hasta el 15 de junio. El IRS recomienda adjuntar una declaración si se aplica una de estas dos situaciones. Más información se puede encontrar en las Instrucciones de los Formularios 1040 y 1040-SR, Publicación 54, Guía de impuestos para ciudadanos estadounidenses y extranjeros residentes en el extranjero (en inglés) y Publicación 519, Guía tributaria para extranjeros en los Estados Unidos (en inglés). Informe requerido para cuentas y activos extranjeros La ley federal requiere que los ciudadanos de los Estados Unidos y los residentes extranjeros declaren sus ingresos mundiales, incluido ingresos extranjeros de fideicomisos, bancos y otras cuentas financieras. En la mayoría de los casos, los contribuyentes afectados necesitan completar y adjuntar el Anexo B a su declaración de impuestos. La parte III de la Anexo B pregunta acerca de la existencia de cuentas extranjeras, tales como cuentas bancarias y de la bolsa de valores, y normalmente requiere que los ciudadanos de los Estados Unidos informen el país en el que se encuentra cada cuenta. Además, ciertos contribuyentes también pueden tener que llenar y adjuntar a su declaración el Formulario 8938, Estado de Activos Financieros Extranjeros (en inglés). Generalmente, los ciudadanos estadounidenses, los extranjeros residentes y ciertos extranjeros no residentes deben informar y especificar activos financieros extranjeros en este formulario si el valor agregado de esos activos excede ciertos umbrales. Vea las instrucciones de este formulario para obtener detalles. Además, aparte de informar sobre específico activos financieros extranjeros en su declaración de impuestos, los contribuyentes con un interés en, o firma u otra autoridad sobre las cuentas financieras extranjeras cuyo valor agregado excedió los $10,000 en cualquier momento durante el 2021, debe presentar electrónicamente el Formulario 114, Informe de cuentas de bancos y financieras extranjeras (FBAR) (en inglés) a la Red de Cumplimiento de Delitos Financieros del Departamento del Tesoro (FinCEN). Debido a este umbral, el IRS les exhorta a los contribuyentes con activos en el extranjero, incluso activos relativamente pequeños, que verifiquen si les aplica este requisito de presentación. El formulario solo está disponible a través del sitio web del Sistema de Presentación Electrónica de la BSA (en inglés). La fecha límite para presentar el Informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR) (en inglés) anual es el 15 de abril de 2022. FinCEN les otorga a los solicitantes que se perdió la fecha límite original una prórroga automática hasta el 15 de octubre de 2022 para presentar el FBAR. No es necesario solicitar esta prórroga. Consulte el sitio web de FinCEN (en inglés) PDF para obtener más información. Este comunicado de prensa es parte de una serie llamada Guía de la Temporada de Impuestos, un recurso para ayudar a los contribuyentes a presentar una declaración de impuestos precisa. Hay ayuda adicional disponible en la Publicación 17, El Impuesto Federal sobre los Ingresos.