Tema 654, Cómo entender su aviso CP75 o CP75A de solicitud de documentación de respaldo

Usted recibió este aviso debido a que el IRS está auditando su declaración de impuestos. Le estamos solicitando información para verificar partidas que usted reclamó en su declaración de impuestos. Usted tiene que enviar los documentos que necesitamos para completar su auditoría o le enviaremos un informe de auditoría que indicará los cambios que hemos propuesto.

Por favor no ignore este aviso. Es sumamente importante que se comunique con nosotros a más tardar en la fecha que indica su aviso. Si necesita más tiempo para recopilar toda la información que le solicitamos, por favor llame al número que aparece en el aviso para informarnos. Además, es importante que nosotros podamos ponernos en contacto con usted durante la auditoría. Si usted se muda a otra dirección o cambia su número de teléfono, háganoslo saber llamando al número gratuito que aparece en el aviso, enviando un fax o subiendo la sección de respuesta de su aviso. El número de fax se indica en su aviso. Usted puede subir su respuesta utilizando su computadora o dispositivo móvil en la herramienta para subir documentos de revisión de correspondencia del campus (en inglés) o puede escanear el código de respuesta rápida (QR, por sus siglas en inglés) que se encuentra en su aviso.

Este aviso le indica qué partidas de su declaración de impuestos está auditando el IRS. Además, hemos incluido otros formularios o publicaciones que contienen información importante sobre lo que tiene que enviarnos y lo que tiene que saber en cuanto a sus derechos durante una auditoría y otras cosas más. Le explicaremos cada paso de lo que tiene que hacer y cuándo debe consultar los otros documentos. Conviene que tenga una copia de su declaración de impuestos a mano cuando analice su aviso.

Antes de comenzar, he aquí algunas recomendaciones importantes:

  • En la parte superior derecha del aviso, indicamos el año tributario que es objeto de la auditoría. Cuando utilizamos el término año tributario, es a ese año que nos referimos.
  • Todo documento que usted envíe tiene que cubrir el año que estamos auditando.
  • No nos envíe documentos originales. Envíenos copias.

Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EIC, por sus siglas en inglés)

El primer asunto enumerado es el Crédito tributario por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en ingles). Adjunto en el paquete con su Aviso CP75 o CP75A encontrará un Formulario 886-H-EIC (SP) que indica todos los documentos que necesita enviar para reclamar el crédito tributario por ingreso del trabajo en base a un hijo o hijos calificados para el año tributario de. Puede enviarnos cualquier combinación de esos documentos para proporcionar la información que necesitamos. Consulte el Anexo EIC que incluyó con su declaración de impuestos y siga los siguientes pasos para cada uno de sus hijos calificados:

  • Primero, tiene que comprobar que vivió con su hijo en los Estados Unidos durante más de la mitad del año:
    • Si su hijo vivió con usted en la dirección que aparece en su aviso, tiene que enviarnos un documento que indique que su hijo vivió en esa misma dirección durante más de la mitad del año tributario. Por ejemplo: podría enviarnos copias de expedientes escolares de su hijo que incluyan el nombre de usted y muestren la dirección de su hijo. Las fechas de los documentos tienen que comprender más de la mitad del año tributario (en el caso de expedientes escolares, es posible que necesite más de un semestre para poder mostrar más de la mitad del año).
    • Si usted se mudó de dirección y tanto usted como su hijo vivieron en otra dirección, tiene que enviarnos documentos que muestren la misma dirección para ustedes dos durante más de la mitad del año tributario.
    • Si su hijo no asistió a la escuela, puede enviar copias de expedientes médicos o una declaración firmada por un proveedor de cuidado infantil.
    • Si necesita obtener una declaración escrita de la escuela o guardería, o proveedor de cuidados médicos de su hijo, puede encontrar las plantillas aquí (en inglés). Su escuela o proveedor puede copiar y pegar dichas plantillas a su papel membretado para asegurarse de que se proporcione toda la información requerida.
    • No se olvide de verificar el Formulario 886-H-EIC (SP)que contiene más ejemplos de los documentos que puede enviarnos.
    • Si usted no puede comprobar que su hijo vivió con usted durante más de la mitad del año tributario, entonces usted no podrá recibir el EIC.
  • Segundo, tiene que verificar su parentesco con su hijo. El hijo tiene que estar emparentado con usted en alguna de las siguientes maneras:
    • Su hijo, hijo adoptivo, hijastro o hijastra, hijo o hija de crianza o un descendiente de cualquiera de estos, tal como su nieto o nieta
    • Hermano, medio hermano, hermanastro, o un descendiente de cualquiera de estos, tal como su sobrino o sobrina

      El Formulario 886-H-EIC (SP)proporciona ejemplos de lo que tiene que enviarnos para comprobar el parentesco entre ustedes.
       
  • Tercero, si su hijo tiene 19 años de edad o más, tiene que verificar que:
    • Su hijo tenía menos de 24 años de edad al final del año tributario y era estudiante de tiempo completo durante al menos cinco meses del año tributario y más joven que usted (o su cónyuge, si presentan una declaración conjunta) (puede hacerlo enviando copias de los expedientes escolares oficiales), o
    • Su hijo está permanente y totalmente discapacitado (puede hacer esto enviando una copia de alguno de los documentos oficiales que se indican en el Formulario 886-H-EIC (SP).
  • Cuarto, tiene que verificar que usted, su cónyuge (si presenta una declaración conjunta) y su hijo tienen un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) válido para empleo:
    • Para reclamar el EIC, usted (y su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) tiene(n) que tener un SSN emitido por la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) para la fecha de vencimiento de su declaración para el año tributario que se audita (incluyendo prórrogas).
    • Todo hijo calificado identificado en el Anexo EIC también tiene que tener un SSN válido para la fecha de vencimiento de su declaración para el año tributario que se audita (incluyendo prórrogas).

Usted puede reclamar el EIC solo si su hijo vivió con usted durante más de la mitad del año tributario en los Estados Unidos. Su hijo también tiene que estar emparentado con usted en alguna de las maneras que se indican en el Formulario 886-H-EIC (SP)y si su hijo tenía una edad elegible. Su hijo tiene que reunir todos estos tres requisitos para ser hijo calificado para propósitos del EIC. Si no puede demostrar que su hijo reúne todos estos requisitos, es posible que aún pueda ser elegible para reclamar el EIC, sin un hijo calificado.

Los contribuyentes que tienen los SSN válidos para empleo pueden reclamar el crédito, inclusive si sus hijos no tienen un SSN. En este caso, ellos pueden ser elegibles para reclamar solamente el EIC.

Los cónyuges casados pero separados pueden optar por ser tratados como no casados para propósitos del EITC. Para ser considerados como no casados para los fines del EITC, un contribuyente casado no puede presentar en conjunto con el cónyuge, no puede tener la misma residencia principal que el cónyuge el último día del año si están separados legalmente en virtud de un acuerdo escrito o un decreto de manutención o vivieron por separado durante los últimos seis meses del año si no están separados legalmente y tiene que tener un hijo calificado que viva con el contribuyente por más de la mitad del año. Consulte el Formulario 14824, Documentos de apoyo para comprobar el estado civil para efectos de la declaración (en inglés) y el Anexo EIC para obtener información adicional.

Dependientes

El siguiente asunto trata de los dependientes que usted reclamó. Sus dependientes están enumerados en la parte del medio de la primera página de su declaración de impuestos. El Formulario 886-H-DEP (SP) para su hijo calificado enumera todos los documentos o la combinación de documentos que usted puede utilizar para comprobar su derecho a reclamar a cada hijo enumerado como su dependiente.

Para poder reclamar a un hijo como hijo dependiente calificado dicho hijo tiene que haber vivido con usted durante más de la mitad del año tributario (el requisito de residencia), estar emparentado con usted (el requisito de parentesco), tener cierta edad (el requisito de edad) y no haber proporcionado al hijo más de la mitad de su propia manutención (el requisito de manutención). Por lo general usted no puede reclamar a una persona casada como dependiente si esa persona presenta una declaración conjunta, pero puede declararla como dependiente si esa persona y su cónyuge presentan la declaración conjunta para solicitar la devolución del impuesto sobre el ingreso retenido o del impuesto estimado pagado.

  • Si cada hijo identificado en su Anexo EIC es el mismo hijo que usted reclamó como dependiente, puede utilizar los mismos documentos que utilizó para comprobar que puede reclamar el EIC para comprobar que el hijo reúne los requisitos de un hijo dependiente calificado. No tiene que enviar copias de los mismos documentos ni buscar otros adicionales. Sin embargo, tiene que revisar el Formulario 886-H-DEP (SP) PDF para determinar qué información tiene que ser proporcionada para verificar que el hijo reúne el requisito de manutención.
  • Requisito de manutención
    • Para reunir el requisito de manutención, el hijo no puede haberse proveído más de la mitad de su propia manutención durante el año.
    • No tiene que enviarnos prueba de manutención en este momento.

Si usted recibió este aviso CP75, usted reclamó a su hijo como hijo dependiente calificado. Si determina que su hijo no satisface las reglas para ser su hijo calificado, es posible que usted pueda reclamar al hijo como un pariente dependiente calificado. Consulte las reglas en el Formulario 886-H-DEP (SP) sobre los parientes calificados.

Si el hijo satisface los requisitos, tendrá que enviarnos los documentos enumerados en el Formulario 886-H-DEP (SP) para un pariente calificado.

Para ser reclamado como un pariente calificado, la persona no puede ser su hijo ni el hijo calificados de otro contribuyente, tiene que vivir con usted como miembro de su unidad familiar o estar emparentada con usted de una o más formas específicas, tener ingresos inferiores a la cantidad especificada. Además, usted debe proporcionar más de la mitad de la manutención total de la persona durante el año calendario. Para obtener más información, consulte "Qualifying Relative" (Pariente que reúne los requisitos) en la Publicación 501, Dependientes, deducción estándar e información de presentación de declaraciones (en inglés).

Estado civil para efectos de la declaración

El siguiente asunto enumerado es el estado civil para efectos de la declaración. Revise la primera página de su declaración de impuestos, la primera línea indica su estado civil para efectos de la declaración.

Revise el Formulario 14824 (en inglés) PDF que enumera todos los diferentes documentos o combinación de documentos que puede enviar para comprobar que el estado civil para efectos de la declaración que utilizó le permite reclamar el EITC.

Para presentar su declaración como cabeza de familia, usted tiene que reunir tres requisitos: el requisito de estado civil para efectos de la declaración, el requisito de persona calificada y el requisito del costo de mantener un hogar.

  • Primero, tiene que reunir el requisito de estado civil para efectos de la declaración :
    • Si usted no se casó nunca o es viudo o viuda usted, no tiene que proporcionar documentos para apoyar su estado civil para efectos de la declaración de persona soltera.  Solo envíe documentos relacionados con el requisito de persona calificada y el requisito del costo de mantener un hogar.
    • Si usted sigue casado y vivió con su cónyuge en algún momento durante los últimos seis meses del año, no puede presentar su declaración como cabeza de familia, salvo que su cónyuge fuera extranjero no residente en algún momento durante el año tributario. En lugar de ello, tiene que presentar su declaración como casado que presenta conjuntamente o casado que presenta por separado.
    • Si estaba divorciado o separado legalmente el 31 de diciembre del año tributario que indica su aviso, usted tiene que enviar una copia de su decreto de divorcio o documentos de separación.
    • Si usted sigue casado, pero vivió separado de su cónyuge durante los últimos seis meses del año tributario que indica su aviso, tiene que enviarnos documentos, tales como una copia de un contrato de arrendamiento, que indique que usted y su cónyuge vivieron en diferentes direcciones.
  • Lo siguiente, usted tiene que reunir el requisito de persona calificada: Los documentos que usted envíe en conexión con el EIC y su reclamo de dependientes muestran que reúne ese requisito. Así es que no tiene que enviarnos documentos adicionales para este requisito.
  • Tercero, usted tiene que reunir el requisito del costo de mantener un hogar:
    • Si usted no reunió el requisito de estado civil para efectos de la declaración y el requisito de persona calificada, no puede presentar su declaración como cabeza de familia.
    • Si usted reunió los requisitos de estado civil para efectos de la declaración y de persona calificada, tiene que enviar documentos que muestren que pagó más de la mitad del costo de mantener el hogar en el que la persona calificada y usted vivieron durante más de la mitad del año tributario. Usted tiene que enviarnos documentos que muestren que pagó más de la mitad de los gastos del hogar, tales como la renta, los servicios públicos, las compras de comida, las reparaciones y el mantenimiento en general. Si la persona calificada era su padre o madre, usted no tuvo que haber vivido con este, pero tiene que comprobar que usted pagó más de la mitad del costo de mantener el hogar para su padre o madre durante todo el año tributario.

Para presentar una declaración como casados presentando por separado al solicitar el EIC con un hijo calificado, también tiene que cumplir con los requisitos de estado civil para efectos de la declaración.

  • Si sigue casado y ha vivido con su cónyuge en algún momento de los últimos seis meses del año, no puede reclamar el EIC en una declaración como casado presentando por separado.
  • Si se separó legalmente antes del 31 de diciembre del año tributario que aparece en su aviso, debe enviar una copia de los documentos de separación.
  • Si sigue casado, pero ha vivido separado de su cónyuge durante los últimos seis meses del año tributario que aparece en su aviso, debe enviarnos documentos, como una copia de un acuerdo de arrendamiento, que demuestren que usted y su cónyuge vivieron en direcciones diferentes.

Crédito de la oportunidad para los estadounidenses

La siguiente sección es el Crédito de la oportunidad para los estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés). Si usted reclamó el AOTC, presentó el Formulario 8863, Créditos tributarios por educación (Créditos de la oportunidad para los estadounidenses y perpetuo por aprendizaje) (en inglés) PDF con su declaración de impuestos. Consulte el "Crédito de la oportunidad para los estadounidenses" en la línea 29 de su declaración de impuestos “Créditos tributarios por educación” en la línea 3 de su Anexo 3 (Formulario 1040) (en inglés PDF) Si su declaración de impuestos indica que usted no reclamó el crédito, no tiene que enviarnos documentos para comprobar este crédito.

Si usted reclamó el AOTC, el estudiante que nombró en su Formulario 8863 puede haber recibido un Formulario 1098-T, Estado de cuenta de matrículas (en inglés) PDF. Las instituciones académicas están obligadas a enviarles este formulario a todos los estudiantes elegibles salvo que aplique una excepción. Si el estudiante no recibió este formulario y es elegible para el Crédito de la oportunidad para los estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés) éste debe ponerse en contacto con la institución académica para obtener una copia. De lo contrario, deberá demostrar que el estudiante se inscribió en una institución educativa elegible, los pagos de la matrícula calificada del estudiante y los gastos relacionados.

Si recibió pagos de su empleador por gastos de estudios, ayuda educativa u otros beneficios a través de la Asistencia educativa para veteranos, no puede reclamar esos gastos para este crédito tributario. Usted tiene que restarle los gastos pagados por medio de esos pagos y beneficios, al total de sus gastos de matrículas y otros gastos elegibles.

  • Si usted reclamó el AOTC, necesitamos prueba de que cada uno de los estudiantes enumerados en el Formulario 8863 (en inglés) sea elegible. El Formulario 1098-T (en inglés) tiene, en la casilla 1, la cantidad de gastos de educación pagados que califican. Necesitamos una copia de ese formulario.
  • Si usted incurrió en más gastos que las cantidades indicadas en la casilla 1 del Formulario 1098-T (en inglés), o si no recibió el Formulario 1098-T, necesitamos los cheques cancelados o recibos de los cargos, libros y útiles escolares que fueron necesarios para el curso o los cursos.

Consulte el Formulario 886-H-AOC (SP), Documentos de apoyo para comprobar el Crédito de la oportunidad para los estadounidenses para que los documentos comprueben que usted es eligible para reclamar el Crédito de la oportunidad para los estadounidenses.

Si usted tiene otras partidas enumeradas

Es posible que su aviso tenga más partidas enumeradas, tales como el Anexo C, Crédito tributario de prima o el Crédito por el cuidado de hijos y dependientes. Primero, cubramos otros asuntos importantes que usted tiene que conocer.

Si usted no se comunica con nosotros

Si cree que califica para uno o más de las partidas mostradas en su Aviso CP75 o CP75A, por favor envíenos toda la información solicitada para la fecha indicada en esta sección del Aviso. Si necesita más tiempo para preparar todos los documentos, llámenos al número que aparece en la parte superior derecha de la página. Si no responde para la fecha indicada en esta sección continuáremos con nuestra auditoría y le enviaremos un informe de la revisión con nuestros cambios propuestos a su declaración de impuestos.

Sin embargo, si usted revisa su declaración de impuestos y se da cuenta de que no calificaba para ninguno de los asuntos que indica su aviso, no envíe nada. Nosotros nos comunicaremos nuevamente con usted con un informe de revisión después de la fecha límite que indica su aviso con pasos que usted debe tomar a continuación.

Formulario de respuesta

La última parte del aviso es el formulario de respuesta. Si tiene documentos que comprueben que usted puede reclamar uno o más de las partidas enumeradas, tiene que llenar el formulario de respuesta y:

  • Subir la respuesta completa junto con copias de los registros, documentos y estados de cuenta utilizando su computadora o dispositivo móvil en la herramienta para subir documentos de revisión de correspondencia del campus (en inglés) o escaneando el código QR en su aviso.
  • Enviar por fax el formulario de respuesta completado, junto con copias de los expedientes, documentos y estados de cuenta al número gratuito de fax que aparece en su aviso.
  • Devolver el formulario de respuesta completado junto con copias de los expedientes, documentos y estados de cuenta en el sobre que se incluye en su paquete o a la dirección que se indica en el aviso.

Después que recibamos su información

Nos toma al menos 30 días revisar los documentos que usted nos envíe. No tiene que hacer nada hasta que nos comuniquemos con usted.

Si nos envió copias de los documentos que comprobaron que usted tiene derecho a reclamar las partidas que reclamó en su declaración de impuestos, le enviaremos un aviso para informarle que hemos cerrado su auditoría. Si retuvimos su reembolso, usted recibirá su reembolso dentro de ocho semanas si no adeuda otros impuestos o deudas que se nos requiere cobrar.

Si los documentos que nos envíe no nos proporcionan la información que necesitamos o solo comprueban algunas de las partidas, le enviaremos un informe de la auditoría. El informe le explicará nuestros cambios propuestos e indicará la cantidad de impuestos que usted adeuda o la cantidad corregida de todo reembolso que usted pueda recibir.

Sus derechos durante una auditoría

Su informe de auditoría incluye:

Dónde obtener más ayuda

En el aviso, incluimos números y sitios web importantes que puede utilizar si necesita más ayuda. Puede encontrar esa información bajo el título de información adicional. También puede:

  • Obtener una transcripción de la información en su declaración de impuestos en línea.
  • Visitar EITC para obtener más información que necesite saber sobre el EIC y servirse de enlaces a otros temas que se discuten aquí. Si no está seguro que calificó para el EIC, o si calificará este año, o cuál es su estado civil para efectos de la declaración de este año, utilice el enlace al Asistente EITC.
  • Utilice el Conjunto de herramientas para el Formulario 886-H-EIC (SP) para ayudarle a identificar qué documentos necesita proporcionar para demostrar que puede reclamar el EITC con un hijo calificado.

Elementos adicionales que incluye su aviso

Anexo C

Si su aviso incluye el ingreso del Anexo C (Formulario 1040), revise el Formulario 11652, Cuestionario y documentos de apoyo del Anexo C (Ganancia o pérdida de negocio) del Formulario 1040 o 1040-SR (en inglés) PDF. Este enumera los documentos que usted tiene que enviarnos para comprobar sus ingresos y sus gastos reclamados en su Anexo C. Debe revisar cada renglón de este formulario y cerciorarse de responder todas las preguntas. Devuelva el Formulario 11652 con los documentos de apoyo solicitados, tales como copias de sus registros de negocios, el Formulario 1099-MISC (en inglés) y/o el Formulario 1099-NEC (en inglés) y su licencia de negocios.

Es importante que retenga todos los documentos que utilice para completar su declaración de impuestos. Tiene que mantener los registros que respalden el ingreso, gastos, deducciones o los créditos que usted reclame, tales como las facturas, recibos, registros de millas recorridas y estados de cuenta bancarios que indiquen las cantidades pagadas y todas otras pruebas de pago. Tiene que mantener los registros bien organizados para responder a las preguntas cuando se seleccione su declaración de impuestos para auditoría. Tiene que retener los registros que respalden los datos que incluya en sus declaraciones de impuestos durante al menos tres años después de presentar su declaración.

Cuando se selecciona su declaración de impuestos para auditoría, usted tiene que enviar copias de sus registros que muestren las entradas brutas y los gastos del negocio reclamados en su Anexo C.

  • Las entradas brutas son el ingreso de su negocio. Pruebas de sus entradas brutas incluyen las cintas de la caja registradora, recibos de depósitos bancarios, libros de entradas, facturas, recibos de cargos en tarjetas de crédito, Formularios 1099-MISC y/o Formularios 1099-NEC.
  • Los gastos son los costos que se pagan para que funcione su negocio y para comprobar sus entradas brutas, le sirven los cheques cancelados o estados de cuenta bancarios que claramente indiquen los gastos pagados, cintas de la caja registradora, estados de cuenta bancarios, recibos de ventas y facturas de tarjetas de crédito.

Después de que complete su respuesta, consulte el Formulario 11652 para cerciorarse de que incluyó toda la información necesaria.

Si necesita información adicional sobre el mantenimiento de registros, consulte la Publicación 583, Cómo establecer un negocio y mantener documentación (en inglés).

Crédito Tributario de Prima de Seguro Médico (PTC, por sus siglas en inglés)

Si su aviso enumera el Crédito tributario de prima de seguro médico (PTC, por sus siglas en inglés), consulte el Formulario 14950, Verificación del Crédito tributario de prima de seguro médico (en inglés) PDF. Este formulario enumera qué documentos tiene que presentar para verificar que usted califica para este crédito.

Usted tiene que haber comprado seguro de salud a través de un intercambio o mercado de planes de seguro para reclamar este crédito. Si usted no obtuvo su seguro de salud a través de un intercambio o mercado de planes de seguro, no es elegible para el PTC y no tiene que enviarnos información alguna para comprobar este crédito.

Si usted compró su seguro a través de un intercambio o el mercado, tiene que enviarnos copias de documentos utilizados para respaldar cualquier entrada que tenga en la Parte 4, Allocation of Policy Amounts (Asignación de las cantidades de la póliza), o en la parte 5, Alternative Calculation for Year of Marriage (Cálculo alternativo por el año de matrimonio), en su Formulario 8962, Crédito tributario de prima de seguro médico (PTC, por sus siglas en inglés) (en inglés). Necesitamos el documento que enumeré los individuos a quiénes cubre su plan. Esa lista aparece en su formulario de inscripción del seguro o en un estado de cuenta de su proveedor de seguro. Si usted pagó primas de seguro, envíe la prueba de pago. Esta prueba puede hacerse con recibos ya pagados, estados de cuenta de una tarjeta de crédito, estados de cuenta bancarios que indiquen a quiénes se les pagó, o copias de ambos lados de sus cheques cancelados.

También tiene que enviar una copia de su Formulario 1095-A, Estado de cuenta del mercado de seguro de salud (en inglés). Si no recibió este formulario o si no lo retuvo, póngase en contacto con el administrador de su plan.

Crédito Tributario por el Cuidado de Hijos y Dependientes (CDCC, por sus siglas en ingles)

Si su aviso enumera el Crédito tributario por el cuidado de hijos y dependientes que incluyó en el Formulario 2441, Crédito tributario por el cuidado de hijos y dependientes (en inglés) con su declaración de impuestos. Busque el Formulario 14801 (SP), Crédito por el cuidado de hijos y dependientes – Explicación de las partidas. Este formulario enumera qué documento o documentos necesita enviar para comprobar que califica para este crédito. Para cambios en el crédito solo para 2021, por favor consulte las Preguntas frecuentes acerca del Crédito tributario por cuidado de hijos y dependientes.