¿Revocación? ¿Reincorporación? Obtenga más información

La mayoría de las organizaciones exentas de impuestos, excepto las iglesias y ciertas organizaciones relacionadas con iglesias, deben presentar una declaración informativa o un aviso anual ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés).

Las organizaciones que no realicen la presentación durante tres años consecutivos pierden automáticamente la condición de organización exenta de impuestos. Una revocación automática entra en vigor en la fecha de vencimiento de la presentación original de la tercera declaración o el tercer aviso anual. (Vea la sección 6033(j) del Código de Impuestos Internos).

Revocación automática de las organizaciones en la lista de exención

El IRS publica la lista (en inglés) de las organizaciones cuya condición de organización exenta de impuestos se haya revocado de forma automática por la falta de la presentación del formulario exigido, ya sea el 990, 990-EZ, 990-PF o 990-N (postal electrónica) durante tres años consecutivos.

En la lista, figuran el nombre, el número de identificación del empleador (EIN, por sus siglas en inglés), el tipo de organización, la última dirección conocida que le proporcionó la organización al IRS, la fecha de entrada en vigor de la revocación y la fecha en la que se agregó a la organización a la lista. Para aquellas organizaciones que hayan solicitado y recibido la reincorporación, en la lista, se establece la fecha de reincorporación. El IRS actualiza la lista todos los meses.

Revocación automática de las organizaciones en la lista de exención (en inglés)

Consecuencia de perder la condición de organización exenta de impuestos

Si se revoca automáticamente la condición de organización exenta de impuestos, la organización en cuestión ya no se encontrará exenta del impuesto federal sobre los  ingresos. Como consecuencia, se le exigirá que presente una de las siguientes declaraciones de los impuestos federales sobre los  ingresos  y que pague los impuestos sobre los  ingresos aplicables:

Una organización revocada automáticamente no es elegible para recibir las aportaciones deducibles de impuestos, y se eliminará de la lista acumulativa de organizaciones exentas de impuestos, la Publicación 78 (en inglés). El IRS también enviará una carta en la que le informe a la organización sobre la revocación.

Los donantes pueden deducir las aportaciones realizadas antes de que el nombre de una organización figure en la Lista de revocación automática. Lo estipulado en las leyes locales y estatales también puede repercutir en una organización que pierda la condición de organización exenta de impuestos.

Reincorporación de la condición de organización exenta de impuestos

Conforme a la ley, se prohíbe que el IRS anule una revocación automática apropiada y no se disponen procesos de apelación. Una organización revocada automáticamente tiene que  solicitar que se restablezca la condición, incluso si esta no debía originalmente presentar una solicitud a los fines de la exención.

Existen cuatro formas de reincorporación (en inglés).

Si el IRS determina que una organización cumple con los requisitos de la condición de organización exenta de impuestos, tal entidad emitirá una carta de determinación. También se incluirá la organización restablecida en la próxima actualización del Buscador de organizaciones exentas de impuestos (en inglés) (base de datos de la Pub. 78) y se indicará, en el fragmento del archivo maestro de negocios del IRS (BMF, por sus siglas en inglés), que la organización es elegible para recibir donaciones deducibles de impuestos. Los donantes y demás personas pueden basarse en la nueva carta de determinación del IRS a partir de su fecha de entrada en vigor declarada, en el Buscador de organizaciones exentas de impuestos y en los listados del fragmento del BMF.

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