Instrucciones para el Formulario SS-8PR (12/2014)

Determinación del Estado de Empleo de un Trabajador para Propósitos de las Contribuciones Federales Sobre el Empleo

Section references are to the Internal Revenue Code unless otherwise noted.

Revised: 12/2014


Instrucciones para el Formulario SS-8PR - Introductory Material

Acontecimientos Futuros

Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos relacionados al Formulario SS-8PR y sus Instrucciones, como legislación promulgada después de que dichos documentos se hayan publicado, por favor, visite www.irs.gov/ss8pr.

Instrucciones Generales

Propósito de este Formulario

Las empresas y los trabajadores radican el Formulario SS-8PR para obtener una determinación sobre si un trabajador es un empleado conforme a las reglas de derecho común para propósitos de las contribuciones federales sobre el empleo. Normalmente, según las reglas de derecho común, un trabajador es un empleado si la empresa tiene el derecho de controlar qué funciones se van a llevar a cabo y cómo éstas se van a llevar a cabo. Vea laPublicación 179 (Circular PR), Guía Contributiva Federal para Patronos Puertorriqueños, para más información sobre cómo determinar si un trabajador que lleva a cabo servicios es un empleado o contratista independiente.

Se puede solicitar una determinación a través del Formulario SS-8PR únicamente para resolver asuntos relacionados con las contribuciones federales. Si se presenta un Formulario SS-8PR para un año contributivo por el cual se ha vencido el plazo de prescripción, no se le emitirá una carta de determinación.

El Servicio Federal de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) no emite cartas de determinación sobre asuntos propuestos, sobre situaciones hipotéticas, ni por otras razones que no sean para la administración efectiva de las rentas internas. Sin embargo, podemos emitir una carta informativa cuando lo consideramos apropiado.

Definición

Empresa. A todos los efectos de este formulario, la palabra “empresa” significa un individuo, empresa comercial, organización, estado u otra entidad por la cual un trabajador haya prestado servicios. Es posible que la empresa haya pagado o no haya pagado directamente al trabajador por tales servicios.

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Si la empresa no fue responsable de pagarle al trabajador por sus servicios, anote el nombre del pagador en la primera página del Formulario SS-8PR debajo de la información de identificación para la empresa y el trabajador.

Nota:

Los trabajadores para los gobiernos estatales y locales y/o las dependencias (instrumentalidades) interestatales quizás podrían estar cubiertos por un acuerdo conforme a la sección 218 de la Ley del Seguro Social. Un acuerdo conforme a la sección 218 es un acuerdo escrito voluntario entre el Admistrador Estatal del Seguro Social y la Administración del Seguro Social. En todos los 50 estados de los Estados Unidos, Puerto Rico, las Islas Vírgenes Estadounidenses y aproximadamente 60 dependencias interestatales tienen acuerdos conforme a la sección 218 en donde se amplía la cobertura al Seguro Social a ciertos empleados. Los trabajadores que estén cubiertos bajo un acuerdo conforme a la sección 218 están sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare independientemente de cualquier determinación que se haya llevado a cabo siguiendo las reglas de derecho común.

El hecho de que un trabajador de un gobierno estatal o local esté sujeto a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare depende de cuáles de las siguientes tres categorías le corresponde al trabajador:

  1. Está sujeto al Seguro Social según un acuerdo conforme a la sección 218, o

  2. Está sujeto al Seguro Social conforme a disposiciones de cobertura obligatoria, o

  3. Está excluido del Seguro Social porque no hay un acuerdo conforme a la sección 218 y el empleado está cubierto bajo un plan de retiro calificado.

Si el trabajador no está seguro si un acuerdo conforme a la sección 218 cubre la entidad gubernamental estatal o local, él o ella debe comunicarse con la entidad antes de radicar el Formulario SS-8PR. Si la entidad no está segura si un acuerdo conforme a la sección 218 cubre la posición en cuestión, dicha entidad debe comunicarse con el Administrador Estatal del Seguro Social para el estado en el cual ésta opera.