Instrucciones para el Formulario 8862 (12/2023)

Información para Reclamar Ciertos Créditos Después de Haber Sido Denegados

Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

Revisado: 12/2023


Instrucciones para el Formulario 8862 - Material Introductorio

Acontecimientos Futuros

Para la información más reciente sobre los acontecimientos relacionados con el Formulario 8862 y sus instrucciones, tales como legislación promulgada después de que éstos han sido publicados, acceda aIRS.gov/Form8862SP.

Formularios, instrucciones y publicaciones en español.

Para descargar, ver o imprimir formularios, instrucciones y publicaciones que están disponibles en español, acceda a IRS.gov/SpanishForms.

Recordatorios

Requisitos de edad mínima para los contribuyentes que reclaman el crédito por ingreso del trabajo sin un hijo calificado.

Los declarantes sin un hijo calificado tienen que tener por lo menos 25 años de edad pero menor de 65 años de edad al final del año. Para más detalles, incluyendo los diferentes requisitos de edad para 2021, vea la Línea 10.

Requisito de edad mínima de un hijo calificado para el crédito tributario por hijos ( CTC ), el crédito tributario por hijos reembolsable ( RCTC ) y el crédito tributario adicional por hijos ( ACTC ).

Un hijo calificado para propósitos del CTC, el RCTC y el ACTC es un hijo menor de 17 años de edad al final del año. Para 2021, sin embargo, un hijo calificado puede ser menor de 18 años de edad al final del año.

Retrasos en los reembolsos de las declaraciones que reclaman ciertos créditos.

El IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero para las declaraciones de impuestos que reclaman el EIC o el ACTC. Esto aplica a su reembolso completo, no sólo a la porción relacionada con estos créditos. Este retraso no aplica para 2021 si se reclama el RCTC en la declaración de impuestos, a menos que la misma declaración también reclame el EIC.

Necesita tener un número de identificación del contribuyente para la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos.

Usted tiene que tener un número de identificación del contribuyente expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración para reclamar el EIC/CTC/RCTC/ACTC el crédito por otros dependientes (ODC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés). Vea la información a continuación para más detalles sobre cada crédito.

Crédito por ingreso del trabajo (EIC).

Si no se le ha expedido un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) válido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el EIC en su declaración original ni en su declaración enmendada. Además, si su hijo calificado no tenía un SSN válido expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), usted no puede incluir a ese hijo para calcular la cantidad de su EIC en su declaración original o enmendada.

Crédito tributario por hijos (CTC)/Crédito tributario por hijos reembolsable (RCTC)/Crédito tributario adicional por hijos (ACTC)/Credito por otros dependientes (ODC).

Su hijo tiene que haber recibido el SSN requerido para ser un hijo calificado para el CTC/RCTC/ACTC. Los hijos identificados por un número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés) o un número de identificación del contribuyente en proceso de adopción (ATIN, por sus siglas en inglés) no son hijos calificados para el CTC, el RCTC o el ACTC. Si a su hijo no se le ha expedido un SSN que sea válido para trabajar antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no puede usar a ese hijo para reclamar el CTC/RCTC/ACTC en su declaración original o enmendada. A los dependientes por los cuales reclama el ODC se les tiene que haber expedido un SSN, ITIN o ATIN en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración (incluyendo prórrogas).

Usted tiene que tener un SSN o ITIN para reclamar el CTC, el RCTC, el ACTC o el ODC por un dependiente. Si a usted no le han expedido un SSN o ITIN en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el CTC, el RCTC, el ACTC o el ODC en su declaración original o enmendada.

Crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses (AOTC).

Usted tiene que tener un SSN o ITIN para reclamar el AOTC. Si usted no tiene un SSN o ITIN en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el AOTC en su declaración original o enmendada. Además, el AOTC no es permitido en su declaración original o enmendada para un estudiante que no tenía un SSN, ITIN o ATIN en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas).

Vea las instrucciones de su declaración de impuestos para más información.

Instrucciones Generales

Propósito de este Formulario

Usted tiene que completar el Formulario 8862 y adjuntarlo a su declaración de impuestos para reclamar el EIC, el CTC, el RCTC, el ACTC, el ODC o el AOTC si cumple los siguientes criterios para cualquiera de los créditos.

SI... Y... ENTONCES...
Su EIC fue reducido o denegado por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo para un año después de 1996 Usted ahora cumple todos los requisitos y quiere reclamar el EIC Tiene que presentar el Formulario 8862.
Su CTC, RCTC, ACTC u ODC fue reducido o denegado por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo para un año después de 2015 Usted ahora cumple todos los requisitos y quiere reclamar el CTC, el RCTC, el ACTC o el ODC Tiene que presentar el Formulario 8862.
Su AOTC fue reducido o denegado por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo para un año después de 2015 Usted ahora cumple todos los requisitos y quiere reclamar el AOTC Tiene que presentar el Formulario 8862.

This is an Image: caution.gifUsted tiene que adjuntar todos los anexos y formularios que apliquen para cada crédito que reclame en su declaración. Se le puede pedir que provea información adicional antes de que cualquier reembolso sea emitido.

Excepciones.

No presente el Formulario 8862 si:

  • Después de que su EIC, CTC/RCTC/ACTC/ODC o AOTC fue reducido o denegado en un año anterior, (a) usted presentó el Formulario 8862 (u otros documentos) y luego su crédito fue aprobado y (b) su crédito no ha sido reducido ni denegado nuevamente por cualquier razón que no sea un error matemático o administrativo.

  • Usted está reclamando el EIC sin un hijo calificado y la única razón por la que su EIC fue reducido o denegado en el año anterior fue porque se determinó que un hijo indicado en el Anexo EIC (Formulario 1040) no era su hijo calificado.

En cualesquiera de estos casos, usted puede reclamar el (los) crédito(s) sin presentar el Formulario 8862 si cumple todos los requisitos de elegibilidad.

No presente el Formulario 8862 por los:

  • 2 años después del año tributario más reciente para el cual se determinó definitivamente que su EIC, CTC/RCTC/ACTC/ODC o AOTC fue reclamado debido a indiferencia negligente o intencionada hacia las reglas; o

  • 10 años después del año tributario más reciente para el cual se determinó definitivamente que su EIC, CTC/RCTC/ACTC/ODC o AOTC fue reclamado debido a fraude.

En cualesquiera de estos casos, usted no puede reclamar el (los) crédito(s).

¿Tiene un ITIN en vez de un SSN?

Usted tiene que tener un SSN válido para reclamar el EIC. Un SSN es válido para propósitos del EIC, a menos que se le haya expedido después de la fecha de vencimiento de la declaración para la cual está presentando este formulario (incluyendo prórrogas) o se le haya expedido únicamente para permitirle a la persona a quien se le expidió solicitar o recibir un beneficio financiado con fondos federales y no le autoriza a trabajar. Usted puede tener un ITIN en vez de un SSN para reclamar el CTC, el RCTC, el ACTC, el ODC o el AOTC. Si usted tiene un ITIN, anótelo en el espacio del formulario para el número de Seguro Social.

¿Necesita más espacio para una partida?

Si necesita más espacio para una partida, adjunte una declaración por escrito al final de su declaración que incluya su nombre y SSN (o ITIN). Numere cada partida en la declaración escrita para que le corresponda al número de la línea en el Formulario 8862.

Instrucciones Específicas

Parte I —Todos los Declarantes

Línea 1.

Anote el año para el cual está presentando este formulario (por ejemplo, 2023). No anote el año en que el (los) crédito(s) fue(ron) denegado(s).

Línea 2.

Marque el (los) recuadro(s) que aplique(n) para el (los) crédito(s) que usted está reclamando ahora. Usted puede marcar un recuadro para cada crédito que le fue previamente reducido o denegado.

Parte II —Crédito por Ingreso del Trabajo

Línea 4.

Si usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente) era un hijo calificado de otro contribuyente para el año que anotó en la línea 1, usted no puede reclamar el EIC. Marque “” en la línea 4. Esto es cierto aun si el contribuyente para quien usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente) es un hijo calificado, no reclama el EIC o no cumple todos los requisitos para reclamar el EIC. Para más información, vea la Publicación 596, Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC).

Marque “No” en la línea 4 si usted puede ser reclamado como un hijo calificado de otro contribuyente para el año que anotó en la línea 1 pero ese otro contribuyente no está requerido a presentar, y no presenta, una declaración de impuestos para ese año o sólo presenta para reclamar un reembolso del impuesto sobre ingreso retenido o pagos de impuesto estimado.

Sección A: Declarantes con Hijo(s) Calificado(s)

Si está casado pero no está presentando una declaración conjunta y tiene un hijo calificado, puede que califique para reclamar el EIC. Para más información, vea las instrucciones para la línea 27 en las instrucciones del Formulario 1040 y el Anexo EIC (Formulario 1040).

Línea 6.

Un hijo calificado para el EIC es un hijo que:

  1. Es su hijo, hija, hijastro, hijo de crianza, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o cualquier descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto, sobrina o sobrino);

  2. Era (a) menor de 19 años de edad al final del año que usted anotó en la línea 1 y menor que usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente), (b) menor de 24 años de edad al final del año que anotó en la línea 1, un estudiante y menor que usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente) o (c) cualquier edad y estaba total y permanentemente incapacitado;

  3. No está presentando una declaración conjunta para el año que anotó en la línea 1 o está presentando una declaración conjunta para el año que anotó en la línea 1 sólo para reclamar un reembolso de impuestos retenidos o pagos de impuesto estimado; y

  4. Vivió con usted en los Estados Unidos por más de la mitad del año que anotó en la línea 1.

Hijo adoptivo.

A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado en su hogar legalmente para su adopción legítima.

Para más información sobre quién es un hijo calificado, vea las instrucciones de su declaración de impuestos o la Publicación 596.

Línea 7.

Usted no puede reclamar el crédito para un hijo que vivió con usted la mitad del año o menos, aun si usted pagó la mayoría de los gastos de manutención del hijo. El IRS le puede pedir documentación que demuestre que usted vivió con cada hijo calificado. Los documentos que usted puede mantener para este propósito incluyen registros de la escuela o cuidado de menores y otros registros que muestren la dirección física del hijo.

Las ausencias temporales de usted o su hijo por circunstancias especiales, tales como asistencia a una escuela, vacaciones, negocios, cuidado médico, servicio militar o detención en una institución penal para jóvenes, cuentan como tiempo que su hijo vivió con usted.

Si su hijo nació o falleció durante el año que anotó en la línea 1 y su residencia era la residencia de su hijo por más de la mitad del tiempo que él o ella estuvo vivo durante el año, anote “365” (“366” si es un año bisiesto) en la línea 7 y complete la línea 8.

Para más información, vea las instrucciones de su declaración de impuestos o la Publicación 596.

Sección B: Declarantes sin Hijo(s) Calificado(s)

Línea 9.

Anote el número de días que su residencia principal (y la de su cónyuge, si presenta conjuntamente) estaba en los Estados Unidos durante el año que anotó en la línea 1.

Las ausencias temporales por circunstancias especiales, tales como negocios, cuidado médico, asistencia a una escuela o servicio militar, cuentan como tiempo que vivió en su residencia principal.

Personal militar.

Si usted estaba en servicio activo prolongado fuera de los Estados Unidos, su residencia principal se considera que estaba en los Estados Unidos durante este período de servicio. Servicio activo prolongado quiere decir que se le ha llamado u ordenado a que preste servicio militar por un período indefinido o por un período de más de 90 días. Una vez que comience a cumplir su servicio activo prolongado, se considera que ha estado en servicio activo prolongado, aunque no preste servicio por un período de más de 90 días.

Línea 10.

Para reclamar el EIC, usted (o su cónyuge si presentan una declaración conjunta) tiene que tener por lo menos 25 años de edad pero menor de 65 años de edad al final del año. Sin embargo, sólo para 2021, no hay edad máxima aplicable y la edad mínima aplicable es de 19 años de edad, a menos que se aplique una de las dos excepciones siguientes:

  • En el caso de un estudiante específico (que no sea un joven que estuvo en una casa de crianza calificado o un joven sin hogar calificado), la edad mínima aplicable es de 24 años; y

  • En el caso de un joven que estuvo en una casa de crianza calificado o un joven sin hogar calificado, la edad mínima aplicable es de 18 años.

Si ni usted (ni su cónyuge si presentan una declaración conjunta) tenían por lo menos 25 años de edad pero menos de 65 años de edad al final del año que anotó en la línea 1, a menos que ese año sea 2021, no puede reclamar el EIC. Para más información, vea la Publicación 596, Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC).

Si su cónyuge falleció durante el año que anotó en la línea 1, o si usted está preparando la declaración para alguien que falleció durante el año que anotó en la línea 1, se cumple con el requisito de la edad si su cónyuge, o el contribuyente que falleció, cumplía el requisito de la edad mínima aplicable al momento de fallecer.

Se considera que su cónyuge, o el contribuyente que falleció, cumple la edad mínima el día antes de su cumpleaños. Sin embargo, el requisito de cumplir los 65 años es diferente; se considera que su cónyuge, o el contribuyente que falleció, cumple los 65 años el día de su cumpleaños.

Ejemplo 1.

Usted está casado y presenta una declaración conjunta para 2023 con su cónyuge que falleció en agosto de 2023. Usted tiene 67 años de edad. Su cónyuge habría cumplido 65 años de edad en noviembre 2023. Ya que su cónyuge tenía menos de 65 años de edad cuando falleció, usted cumple con el requisito de edad.

Ejemplo 2.

Su cónyuge nació el 14 de febrero de 1998 y falleció el 13 de febrero de 2023. Se considera que su cónyuge tenía 25 años de edad al momento de fallecer. Sin embargo, si su cónyuge falleció el 12 de febrero de 2023, no se considera que su esposo tenga 25 años de edad al momento de fallecer y, por lo tanto, no tenía por lo menos 25 años de edad al final de 2023.

Parte III —Crédito Tributario por Hijos (no reembolsable o reembolsable)/Crédito Tributario Adicional por Hijos/Crédito por Otros Dependientes

Línea 14.

Generalmente, un hijo tiene que vivir con usted por más de la mitad del año para usted poder reclamar el crédito. Se considera que un hijo vivió con usted por más de la mitad del año si el hijo nació o falleció durante el año que anotó en la línea 1 y su residencia era la residencia de su hijo por más de la mitad del tiempo que estuvo vivo. Las ausencias temporales de usted o su hijo por circunstancias especiales, tales como escuela, vacaciones, negocios, cuidado médico, servicio militar o detención en una institución penal para jóvenes, cuenta como tiempo que su hijo vivió con usted.

Sin embargo, hay excepciones para hijos secuestrados e hijos de padres divorciados o separados. Si usted cumple los requisitos de una de estas excepciones, conteste “” a la pregunta 14 para ese hijo. Para más detalles, vea las instrucciones de su declaración de impuestos.

Línea 15.

Un hijo calificado para propósitos del CTC, RCTC y ACTC es un hijo que:

  1. Es su hijo, hija, hijastro, hijo de crianza, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto, sobrina o sobrino);

  2. Tenía menos de 17 años de edad al final del año. Para 2021, sin embargo, un hijo calificado puede ser menor de 18 años de edad al final del año;

  3. No proveyó más de la mitad de su propia manutención para el año;

  4. Vivió con usted por más de la mitad del año;

  5. Es reclamado como dependiente en su declaración;

  6. No presenta una declaración en conjunto para el año (o la presenta sólo para reclamar un reembolso de impuestos retenidos o pagos de impuesto estimado); y

  7. Era un ciudadano de los EE. UU., nacional de los
    EE. UU. o extranjero residente de los EE. UU. Vea la Publicación 519, Guía de Impuestos Estadounidenses para Extranjeros, para la definición de nacional o residente de los Estados Unidos.

Hijo adoptivo.

A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado en su hogar legalmente para su adopción legítima.

Para más información sobre quién es un hijo calificado, vea las instrucciones de su declaración de impuestos.

Línea 16.

Usted no puede reclamar el CTC/RCTC/ACTC/ODC por una persona que no sea su dependiente. Vea las instrucciones de su declaración de impuestos para más información.

Parte IV —Crédito Tributario de Oportunidad para los Estadounidenses

Línea 19a.

Un estudiante elegible para propósitos del AOTC es un estudiante para el cual usted pagó los gastos educativos calificados y cumple todos los siguientes requisitos:

  1. El estudiante no tuvo gastos que fueran utilizados para calcular el AOTC en cualesquiera de los 4 años anteriores. Esto incluye cualquier año tributario en el cual usted haya reclamado el Hope scholarship credit (crédito Hope) para ese mismo estudiante.

  2. El estudiante no ha completado los primeros 4 años de enseñanza postsecundaria (generalmente, el estudiante de primer año, segundo año o últimos años de universidad) antes del año en la línea 1.

  3. Durante al menos un período académico al comienzo del año que anotó en la línea 1 (o los primeros 3 meses del año subsiguiente, si lo gastos calificados fueron pagados en el año anterior), el estudiante estaba matriculado al menos a medio tiempo en un programa de estudios con miras a sacar una licenciatura u otro título o certificado académico acreditado.

  4. El estudiante no ha recibido un fallo condenatorio por ningún delito grave federal o estatal por la posesión o distribución de sustancias controladas a partir del final del año que anotó en la línea 1.

Vea la Publicación 970, Tax Benefits for Education (Beneficios tributarios por estudios) y las Instrucciones para el Formulario 8863, Education Credits (American Opportunity and Lifetime Learning Credits) (Créditos para estudios (Crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses y crédito vitalicio por aprendizaje)), para más información.

Línea 19b.

Si el AOTC ha sido reclamado por un estudiante por cualesquiera 4 años tributarios antes del año que anotó en la línea 1 (incluyendo cualquier año para el cual el crédito Hope fue reclamado para este estudiante), el AOTC no puede ser reclamado para este estudiante para el año que anotó en la línea 1.

Usted no puede reclamar el AOTC basado en gastos calificados de educación pagados para un estudiante por otra persona que no sea ni usted ni su cónyuge, a menos que usted pueda reclamar al estudiante como dependiente.

Parte V —Hijo Calificado para Más de Una Persona

Un hijo puede reunir los requisitos de parentesco, edad, residencia, manutención y declaración en conjunto para ser hijo calificado de más de una persona. Aunque el hijo sea hijo calificado para cada una de estas personas, sólo una persona puede en realidad tratar al hijo como hijo calificado para reclamar el EIC, CTC/RCTC/ACTC/ODC o AOTC (siempre y cuando la persona sea elegible para el crédito).

Para determinar cuál persona puede tratar al hijo como hijo calificado para cualquiera de estos créditos, aplique las siguientes reglas del empate:

  • Si sólo una de las personas es el padre o la madre del hijo, el hijo se trata como el hijo calificado del padre o de la madre.

  • Si los padres presentan una declaración conjunta y pueden reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo se trata como el hijo calificado de los padres.

  • Si los padres no presentan una declaración conjunta, pero ambos padres reclaman al hijo como hijo calificado, el IRS tratará al hijo como hijo calificado del padre o de la madre con el cual el hijo haya vivido por más tiempo durante el año. Si el hijo vivió con su padre o su madre por igual cantidad de tiempo, el IRS tratará al hijo como el hijo calificado del padre o de la madre que tenía el ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) mayor para el año.

  • Si ninguno de los padres puede reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo será tratado como el hijo calificado de la persona cuyo AGI sea mayor para el año.

  • Si un padre o una madre puede reclamar al hijo como hijo calificado, pero ninguno de hecho lo reclama, el hijo será tratado como hijo calificado de la persona cuyo AGI sea mayor para el año, pero únicamente si el AGI de esa persona es mayor que el AGI más alto de cualquier padre o madre del hijo que pueda reclamar a dicho hijo.

Conforme a estas reglas del empate, usted y la otra persona podrían escoger cuál de los dos reclama al hijo como hijo calificado. Para más información sobre estas y otras reglas que pueden aplicar, vea las instrucciones de su declaración de impuestos y la Publicación 501, Dependents, Standard Deduction, and Filing Information (Dependientes, deducción estándar e información para la presentación de la declaración).

Instrucciones para el Formulario 8862 - Avisos

Aviso sobre la Ley de Reducción de Trámites

Solicitamos la información requerida en este formulario para cumplir con las leyes que regulan la recaudación de los impuestos internos de los Estados Unidos. A usted se le requiere que nos dé la información.

No se le requiere dar la información solicitada en un formulario que esté sujeto a la Ley de Reducción de Trámites a menos que el formulario muestre un número de control válido de la Office of Management and Budget (Oficina de Administración y Presupuesto u OMB, por sus siglas en inglés). Los libros o registros relacionados con un formulario o sus instrucciones tienen que conservarse mientras su contenido pueda ser utilizado en la aplicación de toda ley de impuestos internos. Por lo general, las declaraciones de impuestos y la información de las declaraciones de impuestos son confidenciales, como se establece en la sección 6103 del Código de Impuestos Internos.

El tiempo promedio y los gastos requeridos para completar y presentar este formulario variará dependiendo de las circunstancias individuales. Para los promedios estimados, vea las instrucciones de su declaración de impuestos sobre el ingreso.

Si tiene algún comentario sobre la exactitud de este estimado de tiempo o si tiene alguna sugerencia para que este formulario sea más sencillo, comuníquese con el IRS. Vea las instrucciones para la declaración de impuestos con la cual se presenta este formulario.