Muchas Organizaciones Exentas de Impuestos Deben Presentar el Formulario 990 para el 17 de Mayo

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IR-2010-59SP, 7 de mayo de 2010

WASHINGTON – La fecha límite decisiva del 17 de mayo está muy próxima y muchas organizaciones exentas de impuestos tienen el requisito legal de presentar su Formulario 990 al Servicio de Impuestos Internos o se arriesgan a que su condición de exentas de impuestos federales sea revocada.

La Ley de Protección de Pensiones del 2006 (en inglés) exige que todas las organizaciones exentas de impuestos, que no sean iglesias y organizaciones relacionadas con estas, deben presentar un formulario informativo al IRS. Este requisito ha estado en vigor desde principios del 2007, lo cual hizo el 2009 el tercer año consecutivo bajo la nueva ley. Cualquier organización que se abstenga de presentar una declaración por tres años consecutivos perderá automáticamente su condición de exenta de impuestos federales.

Los Formularios informativos de la serie-990 deben ser presentados el día 15 del quinto mes después de finalizar el año fiscal de una organización. Muchas organizaciones usan el año calendario como su año fiscal, lo cual hace el 15 de mayo el plazo para esas organizaciones exentas de impuestos. Como el 15 de mayo cae en sábado este año; por lo tanto la fecha límite de este año es el lunes, 17 de mayo. Las organizaciones pueden solicitar una prórroga de la fecha límite presentando el Formulario 8868 en la fecha original del final del plazo.

A falta de una solicitud de prórroga, no hay período de gracia para presentar la declaración a partir de la fecha de vencimiento original.

Las organizaciones pequeñas exentas de impuestos con ingresos anuales de $25,000 dólares o menos pueden presentar un formulario de notificación electrónica 990-N ( e-Postcard) - en inglés. Este formulario de notificación solicita unas cuantas preguntas básicas de información. Las organizaciones exentas de impuestos con ingresos anuales superiores a $ 25,000 deben presentar el Formulario 990 o 990-EZ, dependiendo de sus ingresos anuales. Las fundaciones privadas presentan el formulario 990-PF.

Cualquier organización exenta de impuestos que no ha presentado la forma requerida en los últimos tres años, perderá automáticamente su condición de exenta de impuestos a partir de la fecha de vencimiento de la declaración anual. Bajo la ley, el IRS no tiene decisión en el asunto.

Una lista de organizaciones cuya condición de exenta de impuestos haya sido revocada estará disponible al público en IRS.gov.

Si una organización pierde su condición de exenta, tendrá que volver a llenar una solicitud con el IRS para recuperar su estatus de exenta de impuestos. Los ingresos que recibió entre la fecha de revocación y renovación de exención pueden ser tributables.

Para obtener más información, consulte las Organizaciones Exentas: Estado revocados por no presentación de declaraciones anuales o avisos en la página de Web, o el ABC de Organizaciones Exentas.  (en inglés).