Crédito para constructores de viviendas con eficiencia energética

Los contratistas que construyan o reconstruyan sustancialmente viviendas calificadas como viviendas de eficiencia energética pueden ser elegibles a créditos tributarios de hasta $5,000 por vivienda. La cantidad del crédito depende de factores como el tipo de vivienda, su eficiencia energética y la fecha en que alguien lo compra o lo renta.

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Contratistas elegibles

Para ser elegible, el contratista debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la Sección 45L del Código de Impuestos Internos (IRC) (en inglés) antes de reclamar el crédito. Encuentre la directriz para interpretar la sección 45L en el Aviso 2008-35 (en inglés), el Aviso 2008-36 (en inglés) para casas prefabricadas y el Aviso 2023-65 (en inglés).

Viviendas elegibles

Para ser elegible, una casa debe cumplir con todas las especificaciones requeridas según la Sección 45L del IRC (en inglés).

Para viviendas adquiridas entre 2023 y 2032: El monto del crédito es de hasta $5,000 según el programa aplicable y los requisitos del programa bajo el cual se construyó la vivienda (programa ENERGY STAR (en inglés) o programa de Vivienda Lista para el Consumo de Energía Cero (Zero Energy Ready Home Program) (en inglés)).

Para viviendas adquiridas antes de 2023: El monto del crédito es de $1,000 o $2,000, dependiendo de los requisitos de ahorro energético (en inglés) cumplidos.

Vea los detalles en las Instrucciones para el Formulario 8908 (01/2023).

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