Tema 313, Programas de matrícula calificados (QTP)

Un programa de matrícula calificado (QTP, por sus siglas en inglés), también conocido como un plan según la sección 529, es un programa establecido y mantenido por un estado o una agencia o dependencia estatal, que permite  a un contribuyente pagar por adelantado los gastos calificados de educación de enseñanza superior de un beneficiario en una institución educativa elegible o realizar aportaciones a una cuenta para pagar esos gastos. Las instituciones educativas elegibles también pueden establecer y mantener los QTP, pero solo para permitir que se paguen por adelantado los gastos educativos de enseñanza superior calificados del beneficiario. Los gastos calificados de educación superior por lo general incluyen los costos requeridos para la inscripción o asistencia del beneficiario designado a cualquier colegio universitario, universidad, escuela vocacional u otra institución de enseñanza de educación terciaria elegible, para participar en un programa de ayuda financiera estudiantil administrado por el Departamento de Educación (en inglés). Además, para los propósitos del QTP,  los gastos educativos de enseñanza superior calificados incluyen costos de matrícula relacionados con la matrícula y asistencia de un beneficiario designado en una escuela elemental o superior pública, privada o religiosa, por ejemplo, desde los cursos de jardín infantil al grado 12, hasta la cantidad total de $10,000 por año de todos los QTP del beneficiario designado. También incluyen los gastos por cargos, libros, suministros y equipo necesario para la participación en un programa de aprendizaje inscrito y certificado con el Secretario del Departamento de Trabajo y reintegros de préstamos de estudios calificados en cantidades limitadas.

Aportaciones

Las aportaciones hechas a un QTP en nombre de un beneficiario no pueden ser mayores que la cantidad necesaria para cubrir los gastos educativos de enseñanza superior calificados del mismo. Póngase en contacto con el fideicomisario o administrador del programa, para determinar el límite de las aportaciones al programa. Las aportaciones hechas a un QTP no son deducibles en su declaración de impuestos.

Los beneficios de establecer un QTP son:

  • Las ganancias se acumulan en la cuenta sin estar sujetas al pago de impuestos.
  • El beneficiario generalmente no tiene que incluir ninguna de las ganancias de un QTP en sus ingresos.
  • Las distribuciones no son tributables cuando se utilicen para pagar los gastos educativos de enseñanza superior calificados (incluyendo matrícula en una escuela elemental o secundaria pública, privada o religiosa). Sin embargo, si la cantidad de una distribución es más que los gastos educativos de enseñanza superior calificados del beneficiario (incluyendo matrícula en una escuela elemental o secundaria pública, privada o religiosa), una porción de las ganancias será tributable.
  • Las cantidades se pueden retirar para pagar el principal o el interés de un préstamo de estudios de un beneficiario designado o del hermano o de la hermana de este. La cantidad de distribuciones para los reintegros de préstamos de una persona se limita a $10,000 de por vida. Los intereses pagados con estos fondos no califican para la deducción de intereses sobre préstamos de estudios.

Distribuciones

Recibirá un Formulario 1099-Q, Pagos de programas de educación calificada (bajo las secciones 529 y 530) (en inglés) de cada uno de los programas de los que recibió una distribución QTP. La cantidad de su distribución bruta (recuadro 1) que se muestra en cada formulario se dividirá entre sus ingresos (recuadro 2) y su base, o el beneficio percibido de la inversión (recuadro 3). El Formulario 1099-Q debe estarle disponible a más tardar el 31 de enero de 2024.

Información adicional

Para obtener información adicional, consulte la Publicación 970, Beneficios tributarios por educación (en inglés).