IRS Recuerda a Individuos de Sus Opciones de Cuidado Médico para 2014

Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

Consejo Tributario del Cuidado de Salud, HC-TT- 2014-01SP, 25 de febrero de 2014

Toda persona tiene decisiones importantes que tomar referente a la cobertura de cuidado médico en el año 2014. A partir de 2014, usted debe elegir entre tener cobertura de seguro médico básico (conocida como cobertura mínima esencial) para usted y toda su familia durante cada mes o estar sin cobertura de salud durante parte o todo el año.

Si usted no mantiene cobertura de seguro médico, tendrá que solicitar una exención o hacer un pago de la responsabilidad compartida individual para el período en el que usted no está cubierto con la declaración de impuestos 2014 que presente en 2015.

Si usted elige tener cobertura de seguro médico, la cobertura calificada incluye:

  • cobertura de seguro médico provista por su empleador (incluyendo COBRA y cobertura de jubilación),
  • cobertura de seguro médico que compra directamente de un Mercado,
  • Medicare, Medicaid u otra cobertura de seguro médico patrocinada por el gobierno, o
  • cobertura que compra directamente de una compañía de seguros.

Si adquiere cobertura de seguro médico a través del Mercado, usted pudiera ser elegible para ayuda financiera incluyendo el crédito tributario para primas, lo cual ayudará a reducir el costo mensual que paga de su bolsillo por primas de seguro.  

La cobertura calificada no incluye cobertura de beneficios limitados, como cobertura solo para el cuidado de la vista o el cuidado dental, compensación laboral, o cobertura solo para una enfermedad o condición específica.

Si decide estar sin cobertura o tiene una brecha en su cobertura, usted podría calificar para una exención si no puede conseguir cobertura accesible, tiene un lapso de menos de tres meses consecutivos sin cobertura o si califica para una de varias otras exenciones. Una exención especial por dificultad se aplica a las personas que compran su seguro a través del Mercado durante el período inicial de inscripción, pero debido al proceso de inscripción tienen un lapso de cobertura al principio del 2014.

Si usted (o cualquiera de sus dependientes) no mantiene cobertura y no califica para una exención, usted deberá efectuar un pago individual de responsabilidad compartida junto con su declaración de impuestos. Por lo general, el monto del pago es un porcentaje de los ingresos de su hogar o una cantidad fija, lo que sea mayor. Usted adeudará la duodécima (1/12) parte del pago anual por cada mes que usted (o sus dependientes) no tengan cobertura y no estén exentos. El monto del pago anual para el año 2014 es la cantidad mayor de:

  • 1 por ciento de los ingresos de su hogar que superen el requisito de presentar una declaración de impuestos para su estado civil, como casado presentación juntos o soltero, o
  • La cuota fija para su familia, que es de $95 por adulto y $47.50 por niño, limitada a un máximo de $285.

El pago individual de responsabilidad compartida tiene como tope límite el promedio nacional de primas para los planes de seguro médico de nivel bronce que están disponibles en el Mercado para el 2014. Usted hará el pago cuando presente su declaración federal de impuestos por ingresos de 2014 en el año 2015.

Para más información acerca de la disposición de responsabilidad compartida para individuos y el crédito tributario para primas, visite IRS.gov/aca (español). Visite al Departamento de salud y servicios humanos en CuidadoDeSalud.gov para más información sobre las opciones de cobertura de seguro médico y el Mercado de Seguros de Salud, asistencia financiera y exenciones.

CuidadoDeSalud.gov

Obtenga más información acerca de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio del Departamento de Salud y Servicios Humanos.

 

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