Si su caso califica para el proceso de apelación, revisaremos los asuntos de su caso con una perspectiva fresca y objetiva y programaremos una conferencia con usted. Las conferencias con la Oficina de Apelaciones se conducen de manera informal a través de correspondencia o por teléfono; o además se puede realizar la conferencia en persona o de manera virtual. Quizás podamos resolver su caso, ayudándole a usted a evitar el tiempo y los gastos de un proceso judicial. Consideraremos cualquier razón que usted tenga para estar en desacuerdo, con la excepción de razones con base en fundamentos: Morales Religiosos Políticos o argumentos constitucionales De objeción de conciencia o motivos similares Nuestro compromiso - Haremos lo siguiente: Explicarle sus derechos de apelación y el proceso de la Oficina de Apelaciones Escuchar sus inquietudes y tratarle de manera educada y profesional Comunicarnos con usted de forma opportuna y eficiente Ser justos e imparciales Sus responsabilidades - Usted debe: Escuchar nuestra explicación de sus derechos de apelación y el proceso de la Oficina de Apelaciones, incluyendo el plazo para resolver su caso. Indicar los asuntos con los que está en desacuerdo y por qué y explicarnos su entendimiento de los hechos y la ley en su caso. Proporcionar cualquier información o documentación adicional que será útil para su caso, dentro del plazo especificado. Nota: si usted presenta información nueva que no proporcionó al auditor o al funcionario de cobro de impuestos, podemos volver a enviar su caso o remitir esa información para su consideración adicional. Usted recibirá los comentarios del auditor o del funcionario de cobro de impuestos y tendrá la oportunidad de responder. Ser oportuno y responder a nuestras solicitudes de programación e información. Información general La estructura organizacional (en inglés) PDF de la Oficina de Apelaciones independiente del IRS está diseñada para tratar la amplia variedad de casos y asuntos manejados por el IRS. El tiempo que toma resolver su caso en la Oficina de Apelaciones varía, dependiendo de los hechos y circunstancias particulares de su caso. Después de que la Oficina de Apelaciones se comunica con usted, toda pregunta relacionada con los períodos de tiempo se debe realizar a la Oficina de Apelaciones o al funcionario asignado a su caso. Si usted ha enfrentado dificultades al tratar con el IRS o si tiene preocupaciones sobre sus asuntos tributarios que el IRS no ha podido resolver, quizás desee comunicarse con su oficina local del Defensor del Contribuyente para recibir ayuda. Preguntas frecuentes Deseo apelar la decisión que tomó la Oficina de Revisiones o la Oficina de Cobros del IRS. ¿Debo comunicarme con la Oficina de Apelaciones directamente? No. La Oficina de Apelaciones no puede asistir en resolver los asuntos tributarios suyos hasta que su solicitud para una apelación haya sido tramitada por la oficina del IRS que trabajó en su caso. Si usted ha considerado una apelación y ha decidido solicitar una apelación, puede hacerlo por medio de una protesta escrita. Complete su protesta y envíela por correo a la dirección del IRS que aparece en la carta en donde se explican sus derechos de apelación. No envíe su protesta directamente a la Oficina de Apelaciones independiente, ya que esto demorará la tramitación y nos prevendrá el poder considerar su caso. Envié mi solicitud de apelación a la oficina del IRS que trabajó mi caso. ¿Qué ocurre después? La Oficina de Revisión o de Cobro del IRS que realizó una determinación de impuestos o que inició una acción de cobro considerará su protesta e intentará resolver los asuntos tributarios que estén en disputa. Si esa oficina no puede resolver estos asuntos, ellos entonces enviarán su caso a nosotros para consideración. Usted no se debe comunicar con la Oficina de Apelaciones hasta después que su caso se nos envíe a nosotros. ¿Cuándo puedo esperar respuesta de parte de la Oficina de Apelaciones? Usted recibirá respuesta de parte de nosotros después que recibamos y revisemos su caso. Si usted no ha recibido respuesta de parte de nosotros y han pasado más de 120 días desde que usted presentó su protesta en donde solicita una apelación, comuníquese con la oficina del IRS a la cual envió su solicitud de apelación. Si no sabe cuál empleado u oficina del IRS trabajó en su caso, llame a la línea del IRS de asistencia a los contribuyentes. La oficina del IRS en donde presenté mi solicitud para una apelación indica que ellos enviaron mi caso a la Oficina de Apelaciones. ¿Cómo puedo averiguar quién está trabajando mi caso? Nosotros le podemos indicar si su caso ha sido asignado a un empleado de la Oficina de Apelaciones y cómo comunicarse con ese empleado directamente. El empleado de la Oficina de Apelaciones que está asignado a su caso es la mejor persona para comunicarse sobre su caso en apelación. Usted se puede comunicar con nostros al 559-233-1267. Deje un mensaje que incluya su nombre y número de identificación. Después de nosotros verificar el estado de su caso, le llamaremos dentro de 48 horas a partir de su mensaje. Si aún no hemos recibido su caso, usted no recibirá una llamada de parte de nosotros. Tengo preguntas o preocupaciones que el empleado de la Oficina de Apelaciones que está asignado a mi caso no puede tratar. ¿Con quién me puedo comunicar para recibir ayuda adicional? Usted debe comenzar solicitando hablar con el supervisor del empleado de la Oficina de Apelaciones. Si él o ella tampoco puede tratar las preguntas o preocupaciones suyas, puede entonces solicitar hablar con el Director de Región que tenga autoridad sobre la oficina que le está trabajando su caso. Si aún no puedo conseguir que traten las preocupaciones que tengo, ¿hay algún funcionario de alto nivel con quién me pueda comunicar? Cada una de las funciones de la Oficina de Apelaciones tiene un ejecutivo que administra las operaciones de dicha función. Si sus preocupaciones llegan a ese nivel, pueden entonces comunicarse con la oficina apropiada de dicho ejecutivo. Para obtener información sobre cada función y el punto de contacto para las funciones, consulte la tabla que contiene la estructura organizacional de la Oficina de Apelaciones (en inglés) PDF. ¿Con quién debo comunicarme si tengo una pregunta o preocupación significativa sobre la operación de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS? Las preguntas o preocupaciones significativas sobre las operaciones de la Oficina de Apelaciones pueden dirigirse a la Oficina Central de Apelaciones llamando al 202-317-8975. Puede dirigir correo a la Oficina Central a la siguiente dirección: Internal Revenue Service Appeals HQ NC Room 717 1111 Constitution Ave., NW Washington, DC 20224NO ENVÍE SU SOLICITUD DE APELACIÓN A ESTA DIRECCIÓN. Esta oficina no tramita solicitudes para apelaciones. Envíe por correo su solicitud para apelación directamente a la persona u oficina del IRS que realizó la determinación que usted desea apelar. Para más información sobre la estructura y directiva de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS, consulte la estructura organizacional de la Oficina de Apelaciones (en inglés) PDF.