De qué se trata este aviso Como resultado de su reciente auditoría, hicimos cambios a su declaración de impuestos para el año tributario que se especifica en el aviso. Como resultado de estos cambios, es posible que usted deba recibir un reembolso, no tenga saldo o adeude dinero en sus impuestos. Lo que usted tiene que hacer Leer su aviso y el informe de auditoría cuidadosamente ― le explicarán por qué adeuda dinero en sus impuestos. Pagar la cantidad adeudada para la fecha indicada en el cupón de pago del aviso. Realizar arreglos de pagos si no puede pagar la cantidad total que adeuda. Comunicarse con nosotros si está en desacuerdo con el(los) cambio(s) que hicimos. Corregir la copia de su declaración de impuestos que usted guardó para sus registros. Preguntas frecuentes ¿Qué debo hacer si estoy en desacuerdo con los cambios que ustedes hicieron? Si tiene información relevante para su auditoría que aún no hemos considerado y usted todavía no ha pagado su cuenta en su totalidad, puede solicitar una reconsideración de auditoría. Consulte la Publicación 3598 Lo que usted debe saber acerca del proceso de reconsideración de auditorías (en inglés) PDF, para obtener más información. Si ya ha pagado la cantidad adeudada en su totalidad, usted tiene que presentar una reclamación formal utilizando el Formulario 1040-X, Declaración enmendada del impuesto estadounidense sobre los ingresos personales (en inglés) PDF. Si no tiene información adicional que proporcionar, pero está en desacuerdo con los resultados de su auditoría, usted puede apelar su caso ante la Oficina de Apelaciones del IRS. Consulte la Publicación 5 (SP), Sus derechos de apelación y cómo preparar una protesta si usted está en desacuerdo PDF, para obtener información adicional. ¿Qué sucede si no puedo pagar la cantidad total que adeudo? Usted puede hacer arreglos para un plan de pago con nosotros, si no puede pagar la cantidad total que adeuda. ¿Me cobran intereses sobre el dinero que adeudo? Si no paga la cantidad total que adeuda para la fecha indicada en el cupón de pago, después de esa fecha los intereses se acumularán sobre el saldo sin pagar. ¿Recibiré una multa si no puedo pagar la cantidad total? Sí, recibirá una multa por pago atrasado. Puede comunicarse con nosotros al número que figure en su aviso si no puede pagar la cantidad total que se muestra en su aviso específico debido a circunstancias fuera de su control. Comuníquese con nosotros para la fecha de vencimiento de su pago y, dependiendo de su situación, podemos eliminar la multa. ¿Puedo establecer un plan de pago? Sí. Llame al número de teléfono gratuito indicado en la parte superior derecha de su aviso para hablar sobre las opciones de pago o consulte más información acerca de las opciones de pago y cómo establecer un arreglo de pago. Existen otras opciones, tal como pagar con tarjeta de crédito. Nota: Puede haber un cargo por pagar con tarjeta de crédito. ¿Qué sucede si tengo que hacer otra corrección a mi cuenta? Usted tendrá que presentar un Formulario 1040-X, Declaración Enmendada del Impuesto Estadounidense Sobre los Ingresos Personales. ¿Qué sucede si he intentado obtener respuestas y después de comunicarme varias veces con el IRS no he tenido éxito? Llame al Servicio del Defensor del Contribuyente al 877-777-4778 o al 800-829-4059, si es usuario de equipo TTY/TDD. Los cambios que ha propuesto son el resultado de acciones por parte de mi cónyuge, sobre las cuales yo no tenía conocimiento. ¿Soy responsable de pagar esta cuenta? Usted tal vez reúna los requisitos para el alivio de cónyuge inocente. Para solicitar el alivio, tiene que presentar el Formulario 8857 (SP), Solicitud para Alivio del Cónyuge Inocente PDF a más tardar dos años a partir de la fecha en que el IRS intentó por primera vez cobrarle el impuesto. Consulte la Publicación 971, Alivio del cónyuge inocente (en inglés) PDF, para obtener más información. Información útil Publicación 3498-A (SP), El Proceso de Revisión (Revisiones a través del Correo) PDF Formulario 9465 (SP), Solicitud para un Plan de Pagos a Plazos PDF Aviso 746 (SP), Información Sobre su Aviso, Multas e Intereses PDF Herramientas de referencia Publicación 1 (SP), Derechos del Contribuyente Tema 651, Avisos: qué debe hacer Tema 653, Avisos y fracturas de IRS, multas y cargos por intereses Lista completa de formularios e instrucciones tributarios (en inglés) ¿Necesita ayuda? Puede autorizar a alguien (en inglés) para que le represente ante el IRS o para inspeccionar y/o recibir su información tributaria confidencial. Puede ser elegible para recibir la ayuda gratuita del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés). Verifique si reúne los requisitos para recibir la ayuda de una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos. Puede solicitar una copia de su carta o aviso en braille o en letra grande (en inglés). Si no puede encontrar lo que necesita en línea, llame al número de teléfono en su carta o aviso.