Cómo entender su Aviso CP21E (SP)

De qué se trata este aviso

Como resultado de su auditoría reciente, hicimos cambios a su declaración de impuestos para el año tributario que se especifica en el aviso. Como resultado de estos cambios, usted adeuda dinero en sus impuestos.


Lo que usted tiene que hacer

  • Lea su aviso y el informe de auditoría cuidadosamente ― le explicarán por qué adeuda dinero en sus impuestos. Pagar la cantidad adeudada para la fecha indicada en el cupón de pago del aviso.
  • Haga arreglos de pagos si no puede pagar la cantidad total que adeuda.
  • Comuníquese con nosotros si está en desacuerdo con los cambios que hicimos.
  • Corrija la copia de su declaración de impuestos que usted guardó para sus registros.

Preguntas frecuentes

Si tiene información relevante para su auditoría que aún no hemos considerado y usted todavía no ha pagado su cuenta en su totalidad, puede solicitar una reconsideración de auditoría. Consulte la Publicación 3598, What Should You Know About the Audit Reconsideration Process (Lo que usted debe saber acerca del proceso de reconsideración de auditorías) (en inglés)PDF, para obtener más información.

Si ya ha pagado la cantidad adeudada en su totalidad, usted tiene que presentar una reclamación formal utilizando el Formulario 1040-X, Amended U.S. Individual Income Tax Return (Declaración enmendada del impuesto estadounidense sobre los ingresos personales) (en inglés)PDF.

Si no tiene información adicional que proporcionar, pero está en desacuerdo con los resultados de su auditoría, usted puede apelar su caso ante la Oficina de Apelaciones del IRS. Consulte la Publicación 5 (SP), Sus Derechos de Apelación y Cómo Preparar una Protesta Si Usted No Está de AcuerdoPDF, para obtener información adicional.

Usted puede hacer arreglos para un plan de pago con nosotros, si no puede pagar la cantidad total que adeuda.

Si no paga la cantidad total que adeuda para la fecha indicada en el cupón de pago, después de esa fecha los intereses se acumularán sobre el saldo sin pagar.

Sí. Usted recibirá una multa por pago tardío. Usted puede comunicarse con nosotros al número que se indica en su aviso si no puede pagar la cantidad total que muestra en su aviso específico, debido a circunstancias fuera de su control. Comuníquese con nosotros para la fecha de vencimiento de su pago y dependiendo de su situación, tal vez podamos eliminar la multa.

Sí. Llame al número de teléfono gratuito indica en la parte superior derecha de su aviso para hablar sobre las opciones de pago o consulte más información acerca de las opciones de pago y cómo establecer un arreglo de pago.

Existen otras opciones, tal como pagar con tarjeta de crédito. Nota: Puede haber una tarifa para pagar con tarjeta de crédito.

Llame al Servicio del Defensor del Contribuyente al 877-777-4778 o al 800-829-4059, si es usuario de equipo TTY/TDD.

Usted tal vez reúna los requisitos para el alivio de cónyuge inocente. Para solicitar el alivio, tiene que presentar el Formulario 8857 (SP), Solicitud para Alivio del Cónyuge InocentePDF a más tardar dos años a partir de la fecha en que el IRS intentó por primera vez cobrarle el impuesto. Consulte la Publicación 971, Innocent Spouse Relief (Alivio para el cónyuge inocente) (en inglés)PDF, para obtener más información.

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