De qué se trata este aviso
Su pago más reciente se aplicó a su cuenta; sin embargo, todavía hay un saldo pendiente.
Lo que usted debe hacer
Pague su saldo por completo antes de la fecha que se muestra en su aviso para evitar pagar más en multas e intereses.
Si usted piensa que no adeuda impuestos adicionales, o cree que usted ya pagó el saldo por completo:
- Usted puede encontrar información adicional sobre su saldo e historial de pagos en su Cuenta en línea para personas físicas (no es elegible para entidades comerciales); o
- Usted puede llamar al número que aparece en su aviso para obtener una explicación de su saldo pendiente; o
- Usted puede comunicarse con nosotros por correo postal a la dirección que aparece en la sección “Información adicional” de su aviso. Cuando se comunique con nosotros, puede enviarnos documentación de respaldo para demostrar que ha pagado su saldo en su totalidad.
¿Todavía tiene preguntas sobre su Aviso ST33?
Chatee con nosotros ahora – estamos disponibles en línea:
lunes a viernes: 8 a.m. – 10 p.m. hora del Este/5 a.m. – 7 p.m. hora del Pacífico
sábados y domingos: No estamos disponible
Herramientas de referencia
- Publicación 1 (SP), Derechos del Contribuyente
- Publicación 594 (SP), El Proceso de Cobro del IRS PDF
- Publicación 1660 (SP), Derechos para la Apelación de Cobros PDF
- Aviso 746 (SP), Información Sobre su Aviso, Multas e intereses PDF
- Pago de impuestos
- Lista completa de formularios e instrucciones tributarios (en inglés)
¿Necesita ayuda?
- Puede autorizar a alguien (en inglés) para que le represente ante el IRS o para que inspeccione y/o reciba su información tributaria confidencial.
- Puede ser elegible para recibir la ayuda gratuita del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés).
- Puede calificar para recibir la ayuda de una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
- Puede llamar al número de teléfono que se indica en su carta o aviso. Si no recibió una carta o aviso, consulte Permítanos ayudarle.