Siete Consejos para Ayudarle a Determinar Si Sus Beneficios del Seguro Social Son Tasables

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Consejo Tributario del IRS 2012-26SP, 8 de febrero de 2012

Puede que muchas personas no sepan que los beneficios del Seguro Social que recibieron en el 2011 pueden ser tasables. Todos los destinatarios del Seguro Social deben recibir un Formulario SSA-1099 de la Administración del Seguro Social que demuestre el monto total de sus beneficios. Usted puede usar esta información para ayudarle a determinar si sus beneficios son tasables. Aquí hay siete consejos del IRS para ayudarle:

  1. Cuánto – si algo – de sus beneficios del Seguro Social son tasables depende del total de sus ingresos y estado civil.
     
  2. Generalmente, si los beneficios del Seguro Social fueron su único ingreso para el 2011, sus beneficios no son tasables y usted probablemente no necesita presentar una declaración federal de impuestos por ingresos.
     
  3. Si usted recibió ingresos de otras fuentes, sus beneficios no estarán sujetos a impuestos a menos que su ingreso bruto ajustado modificado es más que el monto base para su estado civil (vea debajo).
     
  4. Sus beneficios tasables y su ingreso bruto ajustado modificado son calculados en una hoja de trabajo en el Formulario 1040A o el folleto de instrucciones del Formulario 1040. Su programa de software tributario también lo calculará por usted.
     
  5. Usted puede hacer el siguiente cálculo rápido para determinar si algunos de sus beneficios pudieran ser tasables:
     
    • Primero, sume una mitad del total de beneficios del Seguro Social que usted recibió a todos sus otros ingresos, incluyendo cualquier interés exento de impuestos y otras exclusiones de sus ingresos.
    • Luego, compare este total al monto base para su estado civil. Si el total es más que su monto base, algunos de sus beneficios pudieran estar sujetos a impuestos.
       
  6. Los montos base para 2011 son:
     
    • $32,000 para parejas casadas que declaran juntas.
    • $25,000 para solteros, cabezas de familia, viudo o viuda calificado con un niño dependiente, o personas casadas que declaran por separado que no vivieron con sus cónyuges en ningún momento del año.
    • $0 para personas casadas que declaran por separado que vivieron con sus cónyuges durante el año.

       
  7. Para más información acerca de los beneficios del Seguro Social sujetos a impuestos, vea la Publicación 915 del IRS, Social Security and Equivalent Railroad Retirement Benefits (en inglés).  Puede obtener una copia de la Publicación 915 en www.irs.gov o llamando al 800-829-3676.

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