De lo que trata este aviso
Nuestros registros indican que puede haber un error en la cantidad informada de la pensión para el cónyuge divorciado que usted pagó. Este aviso se le envió para informarle sobre esta discrepancia y para ayudarle a verificar si usted informó correctamente la pensión para el cónyuge divorciado tributable.
Tal vez usted desee
Revisar el Anexo 1 de su declaración de impuestos federales del Formulario 1040 de 2025 para asegurarse de que usted informó correctamente sus pagos de pensión para el cónyuge divorciado en la línea 19a. Si tiene que corregir la información que usted declaró sobre la pensión para el cónyuge divorciado:
- Presente una declaración enmendada. Si presentó su declaración de impuestos por vía electrónica, puede presentar su declaración enmendada de la misma manera. Puede obtener ayuda en un Centro de Asistencia al Contribuyente del IRS.
- Comparta esta carta con cualquier persona que le ayude a preparar su declaración.
- Si presenta una declaración de impuestos federales enmendada, es posible que también tenga que presentar una declaración de impuestos estatal o local enmendada.
No revisar ni corregir cualquier información incorrecta o incompleta podría resultar en comunicaciones adicionales por parte del IRS.
Preguntas frecuentes
Un pago se considera pensión para el cónyuge divorciado o manutención por separación si cumple con todos los siguientes requisitos:
- Los cónyuges no presentan una declaración conjunta entre sí.
- El pago se realiza en efectivo (incluidos cheques o giros).
- El pago se realiza a un cónyuge o excónyuge o en beneficio de este, conforme a un instrumento de divorcio o separación.
- Los cónyuges no forman parte de la misma unidad familiar cuando se realiza el pago (este requisito se aplica únicamente si están legalmente separados conforme a un decreto de divorcio o de manutención por separación).
- No existe la obligación de realizar el pago (en efectivo o en bienes) después del fallecimiento del cónyuge que lo recibe.
- El pago no se considera pensión para hijos menores ni liquidación de bienes.
- El acuerdo de divorcio o separación no dispone que el pago se excluya del ingreso bruto del cónyuge que lo recibe, ni que no se permita como una deducción al cónyuge que lo paga.
- La pensión para hijos menores
- Las liquidaciones de bienes que no se efectúen en efectivo, ya sea en un solo pago o en pagos a plazos
- Los pagos que correspondan a la parte de su cónyuge de los ingresos de bienes gananciales
- Los pagos para el mantenimiento de los bienes del cónyuge pagador
- El uso de los bienes del cónyuge pagador
- Los pagos voluntarios (es decir, los pagos que no son requeridos por un instrumento de divorcio o separación)
La pensión para hijos menores nunca es deducible ni se considera ingreso. Además, si un instrumento de divorcio o separación establece pagos de pensión para el cónyuge divorciado y pensión para hijos menores, y el cónyuge pagador paga menos de la cantidad total exigida, los pagos se aplican primero a la pensión para hijos menores. Únicamente la cantidad restante se considera pensión para el cónyuge divorciado.
Si usted pagó cantidades que se consideran pensión para el cónyuge divorciado tributable o manutención por separación, puede deducir de sus ingresos la cantidad que pagó, independientemente de que detalle o no sus deducciones. Reclame la deducción por los pagos de pensión para el cónyuge divorciado o de manutención por separación en el Formulario 1040, Declaración de Impuestos de los EE. UU. sobre los Ingresos Personales o en el Formulario 1040-SR, Declaración de Impuestos de los EE. UU. sobre los Ingresos para Personas de 65 Años de Edad o Más (adjunte el Anexo 1 (Formulario 1040), Ingreso Adicional y Ajustes al Ingreso PDF). Tiene que ingresar el número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) o el número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés) del cónyuge o excónyuge que recibió los pagos o su deducción puede ser rechazada y es posible que usted tenga que pagar una multa de $50.
No. El cónyuge pagador no puede deducir los pagos de pensión para el cónyuge divorciado o manutención por separación realizados conforme a un acuerdo de divorcio o separación (1) formalizado después de 2018, o (2) formalizado antes de 2019, pero modificado posteriormente, si la modificación establece expresamente que la eliminación de la deducción por pagos de pensión para el cónyuge divorciado se aplica al acuerdo modificado.
Si la sentencia de divorcio o el instrumento de separación se formalizó antes de 2019, pero se modificó posteriormente y la modificación establece expresamente que la eliminación de la deducción por pagos de pensión para el cónyuge divorciado se aplica al instrumento modificado, no puede deducir de sus ingresos los pagos de pensión para el cónyuge divorciado.
Información útil
Siga los enlaces a continuación para leer más sobre temas relacionados con la pensión para el cónyuge divorciado y manutención por separación:
- Tema 452, Pensión para el cónyuge divorciado y manutención por separación
- Publicación 504, Personas divorciadas o separadas (en inglés)
- Consideraciones tributarias para quienes se separan o divorcian
- El cambio en el estado civil afecta la presentación de impuestos
- Formulario 8332, Renuncia/revocación de la renuncia de la reclamación de exención para un hijo por el padre o la madre con custodia (en inglés)
Siga los enlaces a continuación para leer más sobre la presentación de una declaración enmendada o realizar un pago.