Cómo entender su aviso CP71C (SP)

De lo qué trata este aviso

Recibió este aviso porque aún tiene un saldo sin pagar en una de sus cuentas de impuestos y requiere su atención inmediata.

Este aviso también explica la habilidad del Departamento de Estado de los Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés) a negarse a expedir o revocar su pasaporte si tiene una deuda tributaria seriamente atrasada.


Lo que necesita hacer

  • Pague su saldo adeudado. Los cobros por intereses y multas aplicables dejan de añadirse tan pronto pague toda la cantidad adeudada. Pague la cantidad que adeuda en línea. Es rápido, seguro y recibirá confirmación al instante de su pago. Ingrese a su cuenta en línea para ver su cantidad adeudada.
  • Envíe su pago por correo en el sobre que le enviamos si no puede pagar en línea. Adjunte la parte inferior del aviso para asegurarse que acreditemos su cuenta correctamente.
  • Pague lo más que pueda ahora, aunque no pueda pagar toda la cantidad adeudada. Establezca un plan de pagos para pagar su saldo en plazos. Usted pudiera calificar para un plan de pagos solicitándolo a través de la herramienta de plan de pagos en línea. Recibirá notificación inmediata si su plan de pagos es aprobado.
  • Envíe por correo su solicitud para un plan de pagos a plazos o llámenos al número de teléfono gratuito en su aviso si no lo puede solicitar en línea.
  • El IRS puede aplazar temporalmente el proceso de cobro si está enfrentando una dificultad financiera hasta que mejore su situación económica.
  • Bajo ciertas circunstancias, un ofrecimiento de transacción (OIC, por sus siglas en inglés) le permite saldar su deuda tributaria pagando una cantidad menor a la adeudada. Esta puede ser una opción legítima si no puede pagar toda su obligación tributaria o si el hacerlo le causaría una dificultad financiera. Acceda la herramienta calificadora del OIC (en inglés) para verificar si califica.

¿Qué sucede si no respondo?

  • Si no paga la cantidad adeudada en su totalidad o establece un plan de pagos, nosotros pudiéramos presentar un Aviso de Gravamen por Impuesto Federal (NFLT, por sus siglas en inglés), notificando a sus acreedores que tenemos un reclamo sobre su propiedad, sujeto a los derechos aplicables del debido proceso de cobro. Acceda el enlace aquí para más información sobre gravámenes por impuesto federal.
  • Nosotros pudiéramos asignar su cuenta a una agencia privada de cobros. Visite la página web del IRS, Cobro de deudas por agencias privadas (PDC, por sus siglas en inglés) para más información.

Los intereses seguirán acumulándose en su cuenta y pudieran aplicarse multas adicionales.


Preguntas frecuentes

Sí, se acumulan intereses a su saldo sin pagar hasta que usted pague en su totalidad.

Sí, se le impondrá multa por pago fuera de plazo.

Puede hacer arreglos para establecer un plan de pagos con nosotros si no puede pagar toda la cantidad adeudada.

Los pagos que realice pueden tardar hasta 21 días para registrarse en su cuenta. Si pagó todo su saldo adeudado en los últimos 21 días, ignore el aviso CP71C (SP) que recibió. Ingrese a su cuenta en línea y consulte la sección “Ver los detalles del saldo” para más información sobre su saldo e historial de pagos.

Si tiene un plan de pago a plazos aprobado, continúe realizando pagos según ese acuerdo. Si solicitó un plan de pagos a plazos, pero no ha sido aprobado, pague ahora la mayor cantidad posible para evitar que se sigan añadiendo intereses adicionales y multas aplicables a su saldo.

La Ley de Reparación del Transporte Terrestre de los Estados Unidos(Fixing America's Surface Transportation Act, FAST, por sus siglas en inglés) generalmente le prohíbe al DOS a emitir o renovar un pasaporte a un contribuyente con una deuda tributaria que está seriamente atrasada. Visite IRS.gov/passports (en inglés) para más información sobre la certificación de pasaportes.

Si no está de acuerdo, llame al número de teléfono gratuito en su aviso. Para ayudarle mejor, tenga su documentación lista cuando llame, por ejemplo, información que muestre que ha pagado esta deuda o que no adeuda los impuestos.

Profesionales en impuestos independientes del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) posiblemente pueden ayudarle. Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) pueden representar a personas de bajos ingresos ante el IRS o en la corte. Las LITC también pueden ayudar a personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios que proporcionan las LITC son gratuitos o tienen un pequeño costo. Verifique si califica para recibir ayuda de una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos.


Información útil


Consejos para sus presentaciones de impuestos y cumplimiento de pagos en el futuro

  • Si no paga suficientes impuestos durante el año, es posible que tenga que pagar una multa. Para evitar multas y que se utilicen sus futuros reembolsos de impuestos para compensar la cantidad que adeuda, considere ajustar su retención de impuestos. Si no paga o no paga suficientes impuestos mediante la retención de impuestos, es posible que tenga que pagar impuestos estimados. Para más información, consulte la Publicación 505, Retención de impuestos e impuestos estimados (en inglés) PDF.
  • Considere presentar sus impuestos electrónicamente. El presentar en línea puede ayudarle a evitar errores y a encontrar créditos y deducciones para los que pudiera calificar. En muchos casos, puede presentar de manera gratuita. Obtenga más información sobre la presentación electrónica.  

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