Consejo tributario del IRS 2026-17SP, 3 de marzo de 2026
Los padres y las familias podrían ser elegibles para uno o más créditos tributarios disponibles que podrían reducir su factura tributaria. Cada crédito tiene diferentes criterios de elegibilidad.
El primer paso es asegurarse que cada niño tenga un numero de Seguro Social. Para cualificar para cualquiera de los diversos créditos, el niño y el contribuyente deben tener un numero de Seguro Social válido.
Consejo tributario para padres y familias
Crédito tributario por hijos
Un hijo elegible debe ser:
- Su hijo, hija, hijastro(a), hijo(a) adoptivo(a) eligible, hermano, hermana, hermanastro o hermanastra, o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, un nieto, sobrina o sobrino) que pueden ser reclamados como un dependiente en la declaración de impuestos del contribuyente
- Menor de 17 años al final del año
- Ciudadano estadounidense, nacional estadounidense, o residente extranjero de Estados Unidos
Además, los ingresos anuales del contribuyente no pueden superar los $200,000 ($400,000 si presentan una declaración conjunta). Los padres o tutores con ingresos más altos podrían ser elegibles para solicitar parte del crédito. Para 2025, el monto del Crédito Tributario por Hijos (CTC, por sus siglas en inglés) es de hasta $2,200 por hijo elegible. El Crédito adicional por hijos es una parte reembolsable del CTC. Para 2025, se podrían reembolsar hasta $1,700 por hijo elegible.
Crédito por adopción
El Crédito por adopción está disponible para los contribuyentes que finalizaron una adopción en 2025 o comenzaron el proceso antes de 2025.
Un hijo elegible debe ser:
- Menor de 18 años, o
- Física o mentalmente incapaz de cuidar de sí mismo.
Gastos elegibles:
- Costos de adopción razonables y necesarios
- Costos judiciales y honorarios legales
- Gastos de viaje relacionados con la adopción, como comidas y alojamiento
- Otros gastos directamente relacionados con la adopción legal de un niño elegible
El monto máximo para 2025, es de $17,280 por hijo elegible. Además, se han implementado cambios al Crédito tributario por adopción bajo La ley de un gran y hermoso proyecto (en inglés). El crédito ahora es parcialmente reembolsable, lo que significa que los contribuyentes podrían recuperar más de lo adeudado en impuestos. El monto reembolsable es de hasta $5,000 por hijo elegible para los años tributarios 2025 y posteriores. Sin embargo, cualquier monto no reembolsable que se traslade no podrá usarse para calcular una parte reembolsable para años tributarios futuros.
Los gobiernos tribales indígenas ahora tienen la misma autoridad que los gobiernos estatales para determinar si un niño(a) tiene necesidades especiales a efectos de solicitar el Crédito por adopción. Los contribuyentes que adopten a un niño(a) estadounidense eligible con necesidades especiales podrían solicitar el crédito, incluso si no pagaron ningún gasto de adopción elegible.