De qué se trata este aviso Como resultado de su auditoría reciente, hicimos cambios a su declaración de impuestos para el año tributario que se indica en el aviso. Como resultado de estos cambios, usted adeuda dinero en sus impuestos. Lo que usted debe hacer Lea su aviso y el informe de auditoría cuidadosamente ― Le explicarán por qué adeuda dinero en sus impuestos. Pague la cantidad adeudada para la fecha que se indica en el cupón de pago del aviso. Hacer arreglos de pagos si no puede pagar la cantidad total que adeuda. Comuníquese con nosotros si está en desacuerdo con los cambios que hicimos. Corrija la copia de su declaración de impuestos que usted guardó para sus registros. Preguntas frecuentes ¿Qué debo hacer si estoy en desacuerdo con los cambios que hicieron? Si tiene información relevante para su auditoría que no hemos ya considerado y usted todavía no ha pagado su factura en su totalidad, puede solicitar una reconsideración de auditoría. Consulte la Publicación 3598, Lo que debe saber acerca del proceso de reconsideración de auditorías (en inglés) PDF, para obtener más información. Si ya ha pagado la cantidad adeudada en su totalidad, deberá radicar una reclamación formal utilizando el Formulario 1040-X, Declaración enmendada del impuesto estadounidense sobre los ingresos personales PDF. Si no tiene información adicional que proporcionar, pero está en desacuerdo con los resultados de su auditoría, puede apelar su caso ante la Oficina de Apelaciones del IRS. Consulte la Publicación 5 (SP), Sus Derechos de Apelación y Cómo Preparar una Protesta Si Usted No Está de Acuerdo PDF, para información adicional. ¿Qué sucede si no puedo pagar toda la cantidad que adeudo? Puede hacer arreglos para un plan de pago con nosotros, si no puede pagar toda la cantidad que adeuda. ¿Me cobran intereses sobre el dinero que adeudo? Si no paga toda la cantidad que adeuda para la fecha en el cupón de pago, se acumularán intereses sobre el saldo sin pagar, después de esa fecha. ¿Recibiré una multa si no puedo pagar la cantidad total? Sí, usted recibirá una multa por pago tardío. Puede comunicarse con nosotros al número de teléfono indicado en su aviso, si no puede pagar la cantidad total indicada en su aviso específico, debido a circunstancias fuera de su control. Comuníquese con nosotros para la fecha en que su pago vence y, dependiendo de su situación, tal vez podamos eliminar la multa. ¿Puedo establecer un plan de pagos? Sí. Llame al número de teléfono libre de cargos anotado en la esquina superior derecha de su aviso para hablar sobre las opciones de pago, o consulte más información acerca de las opciones de pago y cómo hacer un arreglo de pago. Hay otras opciones, tales como pagar con tarjeta de crédito. Nota: Puede haber una tarifa para pagar con tarjeta de crédito. ¿Qué sucede si tengo que hacer otra corrección a mi cuenta? Tendrá que radicar el Formulario 1040-X, Declaración enmendada del impuesto estadounidense sobre los ingresos personales. ¿Qué sucede si he intentado obtener respuestas, pero después de comunicarme varias veces con el IRS no he tenido éxito? Llame al Servicio del Defensor del Contribuyente al 877-777-4778 o al 800-829-4059 para los usuarios de equipo TTY/TDD. Los cambios propuestos son el resultado de acciones por parte de mi cónyuge, sobre lo cual yo no tenía conocimiento. ¿Soy responsable de pagar esta factura? Tal vez reúna los requisitos para el alivio del cónyuge inocente. Para solicitar el alivio, tiene que radicar el Formulario 8857 (SP), Solicitud para Alivio del Cónyuge Inocente PDF a más tardar 2 años a partir de la fecha en que el IRS primero intentó cobrarle la contribución. Consulte la Publicación 971, Alivio para el cónyuge inocente (en inglés) PDF, para más información. Herramientas de referencia Publicación 1 (SP), Derechos del Contribuyente Tema 651, Avisos: qué debe hacer Tema 653, Avisos y fracturas de IRS, multas y cargos por intereses Lista completa de formularios e instrucciones tributarios (en inglés) ¿Necesita ayuda? Puede autorizar a alguien (en inglés) para que le represente ante el IRS o para inspeccionar y/o recibir su información tributaria confidencial. Puede ser elegible para recibir la ayuda gratuita del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés). Verifique si reúne los requisitos para recibir la ayuda de una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos. Puede solicitar una copia de su carta o aviso en braille o en letra grande (en inglés). Si no puede encontrar lo que necesita en línea, llame al número de teléfono en su carta o aviso.