Tema 803, Exenciones de presentación electrónica y prórrogas de presentación

Los negocios por lo general tienen que presentar electrónicamente declaraciones de impuestos e informativas en 2024 y después si presentan 10 o más declaraciones de cualquier tipo en un año calendario. Los negocios no toman en cuenta el Formulario 8300, Informe de Pagos en Efectivo en Exceso de $10,000 Recibidos en una Ocupación o Negocio (en inglés), al considerar este límite, pero tienen que presentar electrónicamente el Formulario 8300 en 2024 y después por cada año calendario que presenten 10 o más declaraciones.

Además, las sociedades colectivas tienen que presentar electrónicamente las declaraciones informativas si la sociedad colectiva tiene más de 100 socios y tienen que presentar electrónicamente su declaración si presentan al menos 10 declaraciones de cualquier tipo durante el año calendario.

Cómo solicitar una exención del requisito de presentación electrónica

Formulario 8508 – Puede solicitar una exención del requisito de presentación electrónica para los Formularios W-2, W-2AS, W-2G, W-2GU, W-2PR, W-2VI, 1042-S, 1097-BTC, serie 1098 excepto el Formulario 1098-F, serie 1099, 3921, 3922, serie 5498 excepto el Formulario 5498-QA y 8027 y los Formularios 10 de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio 94-C, 1095-B y 1095-C, si de otra manera se le requiere que presente información por medios electrónicos, pero sufriría una dificultad excesiva si lo hiciera. Solicite la exención al presentar el Formulario 8508, Solicitud para la exención de la presentación de declaraciones informativas por medios electrónicos (en inglés)PDF. Una solicitud de exención aprobada únicamente proporciona una exención del requisito de presentar electrónicamente para el año tributario en curso. Los declarantes aún están obligados a presentar los formularios en papel ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) o la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) (en inglés).

Si el IRS otorga una exención para presentar electrónicamente cualquiera de estas declaraciones informativas, la exención se aplica automáticamente a todos los Formularios 8300 durante la duración del año calendario. Sin embargo, un negocio no puede solicitar una exención para presentar solo los Formularios 8300 electrónicamente. 

Debe presentar un Formulario 8508 por separado para cada número de identificación del contribuyente (TIN, por sus siglas en inglés) de un declarante. Tiene que proporcionarle al IRS toda la información requerida en dicho Formulario 8508 para que la solicitud sea tramitada. Debe presentar el Formulario 8508 ante el Servicio de Impuestos Internos, Operación de Servicios Técnicos (TSO, por sus siglas en inglés) por lo menos 45 días antes de la fecha de vencimiento de las declaraciones para las cuales está solicitando una exención. Por lo general, la TSO no tramita las solicitudes de exención hasta el mes de enero del año en que vencen las declaraciones. Solicite la exención por fax (método preferido) al 877-477-0572 (dentro de los Estados Unidos) o al 304-579-4105 (internacional). Solicite la exención por correo a: Internal Revenue Service, Attn: Extension of Time Coordinator, 240 Murall Drive, Mail Stop 4360, Kearneysville, WV 25430. Por favor, envíe la solicitud por fax o por correo; no la envíe de ambas maneras. Se le notificará si su solicitud es aprobada o rechazada.

Formulario 8508-I - Para solicitar una exención del requisito de presentación electrónica del Formulario 8966, Informe FATCA (en inglés), utilice el Formulario 8508-I, Solicitud para la exención de la presentación de declaraciones informativas por medios electrónicos (para el Formulario 8966) (en inglés)PDF. El IRS evaluará su solicitud y le notificará si su solicitud fue aprobada o denegada. Preséntela al Servicio de Impuestos Internos, Operación de Servicios Técnicos (TSO) por lo menos 45 días antes de la fecha de vencimiento de los Formularios 8966 para los cuales está solicitando una exención. Las solicitudes de exención se tramitan a partir del 1º de enero del año calendario en que vence la declaración. Solicite la exención por correo a: Internal Revenue Service, FATCA, Stop 6052 AUSC, 3651 South IH 35, Austin, TX 78741.

Otras declaraciones – Puede solicitar una exención del requisito de presentación electrónica para los Formularios 1042, 1065, 1120, 1120-F, 1120-POL, 1120-S, 4720, 5227, 5330, 5500-EZ, 8038-CP, 8596, 8918 y 8955-SSA si de lo contrario se le exige presentar declaraciones informativas electrónicamente pero sufriría una dificultad excesiva si lo hiciera. Las instrucciones de cada formulario proporcionan los procedimientos. Envíe la solicitud al menos 45 días antes de la fecha de vencimiento de la declaración para la que solicita una exención. Se le notificará si su solicitud es aprobada o denegada.

No puede solicitar una exención del requisito de presentación electrónica para los Formularios 990, 990-EZ, 990-PF, 990-T, 5500 y 5500-SF.

Exención religiosa del requisito de presentación electrónica

El IRS ha concedido una exención administrativa del requisito de presentar electrónicamente declaraciones (especificado a continuación) a los declarantes para quienes el uso de la tecnología requerida para presentar electrónicamente conflige con sus creencias religiosas (exención religiosa). No se requiere aprobación previa del IRS para presentar formularios en papel.

Si el uso de la tecnología necesaria para presentar electrónicamente conflige con sus creencias religiosas, usted está automáticamente exento de presentar las siguientes declaraciones electrónicamente. Sin embargo, usted todavía está obligado a presentar los fomularios en papel ante el IRS.

Formulario 8508 – Debe presentar el Formulario 8508 para notificar al IRS que califica para una exención religiosa antes de presentar los Formularios W-2, W-2AS, W-2G, W-2GU, W-2PR, W-2VI, 1042-S, 1097-BTC, serie 1098 excepto el Formulario 1098-F, serie 1099, 3921, 3922, serie 5498 excepto el Formulario 5498-QA y 8027 y los Formularios 1094-C, 1095-B y 1095-C de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA, por sus siglas en inglés). Envíe un Formulario 8508 por separado para el número de identificación del contribuyente (TIN) de cada declarante. Envíe la notificación por fax al: 877-477-0572 (dentro de los Estados Unidos) o al 304-579-4105 (internacional) o por correo a: Internal Revenue Service, Attn: Extension of Time Coordinator, 240 Murall Drive, Mail Stop 4360, Kearneysville, WV 25430. Por favor, envíe la solicitud por fax o por correo; no la envíe de ambas maneras.

Otras declaraciones – La exención religiosa automática del requisito de presentación electrónica también se aplica a los Formularios 1042, 1065, 1120, 1120-F, 1120-POL, 1120-S, 4720, 5227, 5330, 8038-CP, 8300, 8596, 8918 y 8955-SSA. Usted debe notificar al IRS que califica para un exención religiosa antes de presentar uno de estos formularios al escribir en letras negritas “Religious Exemption” (Exención religiosa) en la parte superior de la página 1 de la declaración presentada en papel y siguiendo los procedimientos proporcionados en las instrucciones para cada formulario. La exención religiosa no se aplica al requisito de presentación electrónica para los Formularios 990, 990-EZ, 990-PF, 990-T, 5500, 5500-EZ y 5500-SF.

Cómo solicitar una prórroga

Formulario 8809 - Puede solicitar una prórroga de tiempo para presentar las siguientes declaraciones informativas: Formularios W-2, W-2G, 1042-S, 1094-C, serie 1095, 1097-BTC, serie 1098 y 1099, 3921, 3922, serie 5498 y las declaraciones informativas 8027 tan pronto como sepa que es necesaria una prórroga de tiempo para presentar la declaración, pero no antes del 1 de enero del año en que vence la declaración. Utilice el Formulario 8809, Solicitud de prórroga de tiempo para presentar declaraciones informativas (en inglés).

Para la mayoría de los formularios, el Formulario 8809 puede completarse en línea por medio del sistema de Presentación Electrónica de Declaraciones Informativas (FIRE, por sus siglas en inglés (en inglés); consulte FIRE para conocer las fechas de disponibilidad. Deberá iniciar sesión en FIRE o crear una cuenta FIRE para utilizar esta opción, pero no necesitará un código de control de transmisores (TCC, por sus siglas en inglés). En el menú principal, seleccione Extension of Time Request (solicitud de prórroga de tiempo), luego seleccione Fill in Extension Form (completar el formulario de prórroga) y siga las instrucciones. No existe límite en cuanto a cuántas declaraciones informativas puede solicitar una prórroga automática de 30 días para presentarlas. Tiene que completar un Formulario 8809 para la fecha de vencimiento de la declaración para cada declarante que solicite una prórroga. Los Formularios 8809 completados en línea reciben un reconocimiento instantáneo en la pantalla si los formularios se completan de manera adecuada y oportuna. Esta opción está disponible a partir de la primera semana de enero del año en que vence la presentación de las declaraciones. Los usuarios aprobados de cuentas de producción de FIRE con un código de control de transmisores (TCC) también puede solicitar las prórrogas electrónicamente a través del sistema FIRE en un archivo con formato según las especificaciones en la Publicación 1220, Especificaciones para la presentación electrónica de los Formularios 1097, 1098, 1099, 3921, 3922, 5498 y W-2G (en inglés)PDF. Se tiene que enviar un Formulario 8809 en papel si ya solicitó una prórroga automática y ahora necesita solicitar una prórroga de tiempo adicional de 30 días para presentar la solicitud.

Tenga en cuenta que no existen prórrogas automáticas de tiempo para presentar los Formularios W-2, Formularios 1099-NEC, 1099-QA o 5498-QA. Debido a que estos formularios no son elegibles para una prórroga automática de tiempo para presentar, se tiene que presentar un Formulario 8809 en papel para solicitar una prórroga de tiempo para presentar. Para los Formularios W-2 o 1099-NEC, los declarantes también tienen que cumplir con una de las condiciones enumeradas en el formulario. Las solicitudes tienen que ser por escrito y firmadas por el declarante/transmisor o una persona debidamente autorizada para firmar una declaración; una presentación de prórroga de tiempo adicional electrónica ya no es una opción. Además, los Formularios W-2 y 1099-NEC tienen una fecha de vencimiento acelerada del 31 de enero.

Aunque la TSO le recomienda encarecidamente que utilice el sistema FIRE para solicitar una prórroga para presentar la declaración donde esté disponible, usted también puede utilizar un Formulario 8809 en papel. Usted presenta el Formulario 8809 tan pronto se dé cuenta de que necesita la prórroga de tiempo para presentar, y no a más tardar para la fecha de vencimiento de las declaraciones para las cuales está solicitando la prórroga. La TSO tramita las solicitudes de prórroga a partir de enero del año en que vence la presentación de las declaraciones. Espere al menos 30 días para que la TSO responda a una solicitud de prórroga presentada en papel. Envíela por correo a: Department of Treasury, Internal Revenue Service Center, Ogden, UT 84201-0209. Las prórrogas presentadas por fax y/o en un Formulario 8809 obsoleto no se aceptan.

Las solicitudes de prórroga de los formularios de la serie 1099 (excepto los Formularios 1099-NEC y 1099-QA) también se pueden presentar electrónicamente mediante el Sistema de Admisión de Declaraciones Informativas (IRIS, por sus siglas en inglés) (en inglés). Los usuarios registrados con un código de control de transmisores (TCC) del IRIS pueden acceder al portal del contribuyente y seleccionar Request Automatic Extension (solicitar extensión automática) en el panel de control. Presente una solicitud de prórroga tan pronto como sepa que es necesaria una prórroga de presentación, pero no antes del 1 de enero del año en que vence la declaración. Presente una solicitud de prórroga independiente para cada número de identificación contribuyente (TIN) del emisor. Tras el envío, recibirá un acuse de recibo de aprobación instantáneo que aparecerá en pantalla si la solicitud es completa, precisa y puntual. Para obtener más información, consulte la Publicación 5717, Sistema de admisión de declaraciones informativas (IRIS), Guía del usuario del portal del contribuyente (en inglés).PDF

Formulario 8809-I - Utilice el Formulario 8809-I, Solicitud de prórroga del plazo para presentar el Formulario 8966 de FATCA (en inglés) para solicitar una prórroga automática de 90 días para presentar el Formulario 8966 para el año tributario en curso. Debe presentar el Formulario 8809-I tan pronto como se dé cuenta de que necesita la prórroga de tiempo para presentar, pero no antes del 1 de enero del año de presentación y tiene que presentarlo antes de la fecha de vencimiento del Formulario 8966. Si está presentando un segundo Formulario 8809-I para solicitar una prórroga adicional debido a circunstancias atenuantes (excepción por dificultades económicas), presente el Formulario 8809-I para la primera fecha de vencimiento extendida del Formulario 8966. Envíe una solicitud por separado para cada declarante que esté solicitando una prórroga de tiempo para presentar. Solicite la prórroga por correo a: Internal Revenue, FATCA, Stop 6052 AUSC, 3651 South IH 35, Austin, TX 78741.

Formulario 7004 – Utilice el Formulario 7004, Solicitud de prórroga automática de tiempo para presentar ciertos tipos de impuestos sobre los ingresos de negocios, información y otras declaraciones (en inglés). La prórroga se otorgará si completa correctamente el Formulario 7004, realiza una estimación adecuada del impuesto (si corresponde), presenta el Formulario 7004 para la fecha de vencimiento de la declaración para la que se solicita la prórroga y paga cualquier impuesto que adeuda. Envíe una solicitud por separado por cada declarante que solicite una prórroga de tiempo para presentar. Solicite la prórroga al enviar el Formulario 7004 a la dirección indicada en las Instrucciones para el Formulario 7004 (en inglés)PDF.

Formulario 15397 – Utilice el Formulario 15397, Solicitud de prórroga de tiempo para proporcionar las declaraciones a los destinatarios (en inglés)PDF para solicitar una prórroga de tiempo para proporcionar las declaraciones a los destinatarios al enviar este formulario por fax al: Internal Revenue Service, Technical Services Operation, Attn: Extension of Time Coordinator, por fax al: 877-477-0572 (dentro de los Estados Unidos) o al 304-579-4105 (internacional). No envíe una solicitud de prórroga por correo.

Su solicitud tiene que recibirse a más tardar en la fecha en que las declaraciones deben entregarse a los destinatarios. Si su solicitud de prórroga es aprobada, por lo general se le concederá un máximo de 30 días adicionales para proporcionar las declaraciones de los destinatarios. Para obtener más información, consulte las Instrucciones generales para ciertas declaraciones informativas (Formularios 1096, 1097, 1098, 1099, 3921, 3922, 5498 y W-2G) (en inglés)PDF.

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