Pague según gane, para que no adeude: una guía a la retención, los impuestos estimados, y maneras de evitar la multa por impuesto estimado

El IRS ha visto un aumento en la cantidad de contribuyentes que se ven sujetos a las multas del impuesto estimado, las cuales aplican cuando alguien no paga el impuesto suficiente. La cantidad de gente que pagó esta multa brincó de 7.2 millones en 2010 a 10 millones en 2015, lo cual representa un aumento de casi el 40 por ciento. La cantidad de la multa varía, pero puede ser de cientos de dólares.

El IRS urge a los contribuyentes a informarse de sus opciones para evitar estas multas. Puede cambiar la cantidad de impuesto retenida de su paga, o la cantidad de sus pagos del impuesto estimado, para ayudar a evitar las multas. Esto es importante aún más para la gente que participa en la economía de bienes compartidos, personas que tienen más de un trabajo, y personas que han pasado por cambios grandes en sus vidas como, por ejemplo, un casamiento reciente o el nacimiento de un hijo.

Los siguientes son algunos consejos sencillos para ayudarle.

El optar por retener lo suficiente en impuestos de su paga, o hacer pagos trimestrales del impuesto estimado a lo largo del año puede ayudarle a evitar problemas al momento de presentar su declaración.

Se paga el impuesto según se gana ingreso. Esto significa que hay que pagar la mayoría del impuesto a lo largo del año, a medida que recibe sus ingresos, en vez de pagar al final del año.

Hay dos maneras de pagar el impuesto:

  • Retención de la paga, su pensión, o algunos pagos del gobierno, tales como el Seguro Social.
  • Hacer pagos trimestrales del impuesto estimado durante el año.

Esto le ayudará a evitar la sorpresa de una deuda tributaria al momento de presentar su declaración. También puede evitar los intereses o la Multa por impuesto estimado por pagar demasiado poco impuesto durante el año. Uno normalmente puede evitar esta multa al pagar al menos el 90 por ciento del impuesto a lo largo del año.

¿Por qué usted debería cambiar su retención o hacer los pagos del impuesto estimado?

Si desea evitar una deuda grande del impuesto, tal vez tenga que cambiar su retención. Cambios en su vida, tales como el casamiento, divorcio, un segundo trabajo, el montar un negocio paralelo o el recibir otra clase de ingresos sin retención, puede afectar la cantidad de impuesto que adeuda. Si usted trabaja como empleado, no tiene que hacer los pagos del impuesto estimado si pide que le retengan más impuesto de su paga. Esto podría ser una opción conveniente si también tiene un trabajo paralelo o un negocio a tiempo parcial.

Algunos ingresos no son sujetos a la retención. Esto comprende algunos ingresos del trabajo por cuenta propia, de la economía de bienes compartidos y algunas actividades de alquiler. Asegúrese de hacer los pagos del impuesto estimado sobre esas fuentes de ingresos a lo largo del año. También puede hacer pagos del impuesto estimado si la retención de su salario, pensión u otro ingreso no salda completamente el impuesto que adeuda sobre sus ingresos en el año.

Se hacen los pagos del impuesto estimado a base de los ingresos que uno espera ganar, y cualquier crédito que espera recibir en el año. Puede usar su declaración de impuesto del año pasado para guiarse, y el Formulario 1040-ES, el impuesto estimado para personas físicas ofrece una hoja de trabajo para ayudarle a calcular sus pagos del impuesto estimado.

Puede usar los pagos del impuesto estimado para saldar ambos el impuesto sobre los ingresos y el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (Seguro Social y Medicare).

Cuándo y cómo cambiar la retención o pagar el impuesto estimado

Revise frecuentemente su retención, y haga ajustes cuando su situación cambia. Para hacerlo, rellene un nuevo Formulario W-4 (SP) y entrégueselo a su empleador. El Estimador de Retención de Impuestos también es una herramienta útil.

Los pagos estimados vencen en las fechas siguientes:

  • 1 de enero al 31 de marzo – 15 de abril
  • 1 de abril a 31 de mayo – 15 de junio
  • 1 de junio al 31 de agosto – 15 de septiembre
  • 1 de septiembre al 31 de diciembre – 15 de enero del próximo año

Nota: Si estas fechas caen un sábado, domingo o día de fiesta legal, los pagos vencen el próximo día laboral.

Puede enviar los pagos del impuesto estimado junto con el Formulario 1040-ES, o mejor aún, puede pagar en línea, por teléfono, o desde su dispositivo móvil utilizando la aplicación IRS2Go . Visite IRS.gov/pagos para ver todas las opciones.

Otros artículos que podrían serle de utilidad incluyen:

Publicaciones y formularios de impuestos relacionados con la retención y los impuestos estimados

Asuntos de los impuestos estimados para tipos de contribuyentes o situaciones específicos