Los trabajadores con hijos calificados que tengan ingresos bajos a moderados quizás podrían ser elegibles para reclamar el Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) si ciertas reglas calificantes les corresponden.
Usted quizás podría calificar para el EITC aunque no pueda reclamar hijos en su declaración de impuestos. Averigüe cómo reclamar el EITC sin un hijo calificado.
A partir del año tributario 2026, usted tiene que completar el Anexo 3-A, Verificación de Elegibilidad para el Beneficio Público Federal, si reclama el Crédito tributario por ingreso del trabajo. Consulte el asistente del EITC para determinar si califica.
Requisitos calificantes básicos
Para poder calificar para el EITC, usted tiene que:
- Haber devengado/generado ingresos
- Tener ingresos de inversión inferiores al limite
- Tener un número de Seguro Social válido para la fecha de vencimiento de su declaración (incluidas las prórrogas)
- Ser un ciudadano estadounidense o extranjero residente por todo el año
- No presentar el Formulario 2555 (ingresos devengados en el extranjero (en inglés))
- Cumplir con ciertas reglas si está separado de su cónyuge y no presenta una declaración de impuestos conjunta
Requisitos calificantes especiales
El EITC tiene reglas calificantes especiales para:
- Miembros de la milicia (en inglés)
- Miembros del clero (en inglés)
- Contribuyentes y sus parientes que tengan incapacidades (en inglés)
Si usted no está seguro si califica para el EITC, utilice nuestro Asistente EITC.
Número de Seguro Social válido
Para calificar para el EITC, usted, su cónyuge si presentan una declaración conjunta y el hijo reclamado tienen que tener un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) emitido en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos (incluyendo prórrogas).
Un SSN no es válido para el EITC sí:
- Se emitió después de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos (incluyendo prórrogas) o,
- Se emitió únicamente para solicitar o recibir un beneficio financiado por el gobierno federal (como Medicaid) y no lo autoriza a trabajar.
Nota: Si usted, su cónyuge o su hijo tiene una tarjeta de Seguro Social con la inscripción “Not valid for employment” (No válida para el empleo) y el estado migratorio ha cambiado a ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente, solicite a la Administración del Seguro Social una tarjeta de seguro social sin esa inscripción.
Para más información sobre los números de Seguro Social válidos para el EITC, vea la Regla 2 en la Publicación 596 (SP), Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC).
Ciudadano de los Estados Unidos o extranjero residente
Para reclamar el EITC, usted tiene que ser ciudadano de los Estado Unidos o extranjero residente por todo el año. Consulte el Requisito 4, en la Publicación 596 (sp) PDF, Crédito por Ingreso de Trabajo.
Si usted fue extranjero no residente por cualquier parte del año tributario, puede reclamar el EITC únicamente si su estado civil para efectos de la declaración de impuestos es casado que presenta una declaración conjunta y usted o su conyugue es ciudadano de los Estados Unidos o extranjero residente y usted elige ser tratado como un residente de los Estados Unidos.
Regla especial para cónyuges separados
Usted puede reclamar el EITC si está casado(a), no presenta una declaración conjunta, tuvo un hijo calificado que vivió con usted durante más de la mitad del año tributario y se aplica cualquiera de los siguientes:
- Usted vivió separado de su cónyuge durante los últimos seis meses o
- Usted estaba legalmente separado(a) de acuerdo con la ley de su estado en virtud de un acuerdo de separación por escrito o un decreto de manutención separada y no vivía en el mismo hogar que su cónyuge a fines del año tributario.
Para más información, consulte la Publicación 501, Dependientes, deducción estándar e información de presentación (en inglés) o utilice el asistente tributario interactivo (en inglés) para encontrar su estado civil para efectos de la declaración.
Reclamación del EITC sin un hijo calificado
Usted puede reclamar el EITC sin un hijo calificado si cumple con los requisitos calificantes básicos del EITC y usted:
- Vivió en los Estados Unidos por más de la mitad del año tributario. Los Estados Unidos incluye los 50 estados, el Distrito de Columbia y las bases militares estadounidenses. No incluye los territorios de los Estados Unidos, tal como Guam, las Islas Vírgenes Estadounidenses ni Puerto Rico. Para más información, consulte el Requisito 14, en la Publicación 596 (sp) PDF, Crédito por Ingreso de Trabajo.
- No puede ser reclamado como hijo calificado (en inglés) de otro contribuyente o dependiente (en inglés) de otra persona
- Cumple con la regla de la edad (en inglés). Usted tiene que tener al menos 25 años de edad, pero menos de 65 años de edad al final del año. Si usted está casado y presentando una declaración conjunta, al menos uno de los cónyuges tiene que cumplir con la regla de la edad.
Otros créditos a los cuales quizás podría calificar
Si usted califica para el EITC, quizás también podría calificar para otros créditos tributarios.
- Crédito tributario por hijos y Crédito por otros dependientes
- Crédito por el cuidado de hijos y dependientes (en inglés)
- Créditos por estudios (en inglés)
- Crédito por adopción
Recursos
- Recibí una carta del IRS sobre mi crédito: ¿Qué debo hacer? (en inglés)
- Qué debe hacer si le denegamos el EITC en el pasado (en inglés)
- Ayuda gratuita para la presentación de impuestos – Preparadas por voluntarios certificados por el IRS
- Presentación electrónica gratuita de declaraciones de impuestos – Preparadas por el propio contribuyente
- Elija un profesional de impuestos
- Averigüe qué necesita traerle a su preparador (en inglés)
- Publicación 501, Deducción Estándar e información de presentación de impuestos (en inglés)
- Publicación 519 (sp), Guía de Impuestos Estadounidenses para Extranjeros