Publication 976(SP) (2018), Alivio en Caso de Desastres

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Publication 976(SP) - Introductory Material

Acontecimientos Futuros

Si desea obtener la información más reciente sobre todo acontecimiento relacionado con la Publicación 976(SP), tal como legislación promulgada después de que ésta fue publicada, acceda a IRS.gov/Pub976SP.

Alivio Relacionado con Desastres

Reglas especiales para reclamar pérdidas calificadas por desastres. Las pérdidas personales por hechos fortuitos resultantes por desastres declarados a nivel federal que ocurrieron en 2016, así como ciertos desastres de 2017, incluyendo el huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María y los incendios forestales en California, pueden ser reclamadas como una pérdida calificada por desastre. Este alivio especial provisto es el resultado de las disposiciones contenidas en la Disaster Relief and Airport and Airway Extension Act of 2017 (Ley de Alivio Tributario en Caso de Desastres y de Extensión de Aeropuertos y Vías Aéreas de 2017), la Tax Reform Act of 2017 (Ley de Reforma Tributaria de 2017) y la Bipartisan Budget Act of 2018 (Ley de Presupuesto Bipartidista de 2018). Estas disposiciones incluyen lo siguiente:

  • La limitación de $100 por hecho fortuito ha sido incrementada a $500 para pérdidas netas calificadas por desastre.

  • La limitación del 10% de su ingreso bruto ajustado no aplica a las pérdidas netas calificadas por desastre.

  • Puede reclamar la deducción estándar incrementada por su pérdida neta calificada por desastre en vez de tener que detallar sus deducciones en el Anexo A (Formulario 1040).

Para más información sobre cómo reclamar el alivio, vea Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos, más adelante.

Método de refugio tributario de índices de costos para calcular las pérdidas relacionadas con huracanes. Por lo general, usted tiene que determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) de su propiedad perdida o dañada utilizando una tasación competente, o determinarla por el costo de las reparaciones que realizó. Sin embargo, si sufrió pérdidas fortuitas en su propiedad residencial de uso personal por bienes dañados o destruidos por el huracán Harvey, Irma o María (o la tormenta tropical Harvey), puede usar un método de refugio tributario de índices de costos descrito en el Revenue Procedure 2018-09, 2018-2 I.R.B. 290 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09, 2018-2 I.R.B. 290), disponible en inglés, en IRS.gov/irb/2018-02_IRB#RP-2018-09. Para más información, vea Método de Refugio Tributario de Índices de Costos para Calcular las Pérdidas Relacionadas con Huracanes para Bienes Inmuebles Residenciales de Uso Personal, más adelante.

Métodos de refugio tributario para la determinación de la cantidad de pérdidas por hechos fortuitos y robos para personas físicas. El Revenue Procedure 2018-08, 2018-2 I.R.B. 286 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08, 2018-2 I.R.B. 286), disponible en IRS.gov/irb/2018-02_IRB#RP-2018-08, en inglés, proporciona métodos de refugio tributario que puede usar para calcular sus pérdidas por hechos fortuitos y robos, propiedad residencial de uso personal y pertenencias personales, incluso algunos métodos aplicables sólo a las pérdidas ocasionadas por un desastre declarado por el gobierno federal. Para calcular la cantidad de sus pérdidas por hechos fortuitos y robos, por lo general, tiene que determinar la reducción en el valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) de la propiedad perdida o dañada utilizando una tasación competente, o determinarla por el costo de las reparaciones que realizó. Pero los métodos de refugio tributario mencionados en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08 le permiten determinar la reducción del valor justo de mercado de otras maneras. Para más información, vea Métodos de Refugio Tributario para la Determinación de la Cantidad de Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos, más adelante.

Plazo de presentación extendido para ciertos contribuyentes. Si anteriormente obtuvo una prórroga de 6 meses para presentar su declaración original de 2016 y usted es un contribuyente afectado por el huracán Harvey o tormenta tropical Harvey, huracán Irma y los incendios forestales incontrolables en California, tiene hasta el 31 de enero de 2018, o hasta el 29 de junio de 2018 para los contribuyentes afectados por el huracán María en Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidenses para presentarla, oportunamente. Vea IRS.gov/DisasterTaxRelief, en inglés, para obtener más información sobre a qué contribuyentes se les ha otorgado tiempo adicional para presentar su declaración.

Programas de donación basados en cargo de licencia por vacaciones para ayudar a las víctimas del huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma y la tormenta tropical Irma, el huracán María y la tormenta tropical María o los incendios forestales incontrolables en California que comenzaron el 8 de octubre de 2017. Conforme a estos programas, los empleados pueden donar su licencia por vacaciones, licencia por enfermedad o por permiso personal a cambio de pagos en efectivo del empleador realizados antes del 1 de enero de 2019 a organizaciones calificadas exentas de impuestos que brinden alivio a las víctimas del huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma y la tormenta tropical Irma, el huracán María y la tormenta tropical María o los incendios forestales incontrolables en California que comenzaron el 8 de octubre de 2017. La licencia donada no se incluirá en los ingresos o salarios del empleado. El empleador puede deducir los pagos en efectivo como gastos de negocio o donaciones caritativas.Para víctimas afectadas por:

  • El huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, vea el Notice 2017-48 (Aviso 2017-48) que se encuentra en la página 254 del Internal Revenue Bulletin 2017-39 (Boletín de Impuestos Internos 2017-39), disponible en inglés, en IRS.gov/irb/2017-39_IRB#NOT-2017-48.

  • El huracán Irma y la tormenta tropical Irma, vea el Notice 2017-52 (Aviso 2017-52) que se encuentra en la página 262 del Internal Revenue Bulletin 2017-40 (Boletín de Impuestos Internos 2017-39), disponible en inglés, en IRS.gov/irb/2017-40_IRB#NOT-2017-52.

  • El huracán María y la tormenta tropical María, vea el Notice 2017-62 (Aviso 2017-62) que se encuentra en la página 460 del Internal Revenue Bulletin 2017-44 (Boletín de Impuestos Internos 2017-44), disponible en inglés, en IRS.gov/irb/2017-44_IRB#NOT-2017-62.

  • Los incendios forestales incontrolables en California que comenzaron el 8 de octubre de 2017, vea el Notice 2017-70 (Aviso 2017-70) que se encuentra en la página 543 del Internal Revenue Bulletin 2017-48 (Boletín de Impuestos Internos 2017-48), disponible en inglés, en IRS.gov/irb/2017-48_IRB#NOT-2017-70.

 

Reglas especiales para retiros y reintegros favorecidos por impuestos de ciertos planes de jubilación. Las nuevas reglas permiten retiros de dinero y reintegros con beneficios tributarios por los impuestos de ciertos planes de jubilación para aquellos contribuyentes que sufrieron pérdidas económicas como resultado de los desastres declarados por el Presidente conforme a la sección 401 de la Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act (Ley Robert T. Stafford de Alivio en Caso de Desastres y Ayuda en Emergencias) durante el año calendario 2016. Las nuevas reglas permiten retiros de dinero, reintegros y préstamos con beneficios tributarios por los impuestos de ciertos planes de jubilación para aquellos contribuyentes que sufrieron pérdidas económicas como resultado del huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, los huracanes Irma y María o los incendios forestales incontrolables en California. Para más información, vea Arreglos IRA y Otros Planes de Jubilación, más adelante.

Días de presencia. Debido al huracán Irma y al huracán María, el período de ausencia de 14 días que resulta de un desastre mayor, el cual no cuenta en contra de sus días de presencia fuera de un territorio estadounidense relevante, ha sido extendido a 268 días. Para más información, vea Días de Presencia en un Territorio de los Estados Unidos, más adelante.

Cálculos para el crédito tributario adicional por hijos para ciertos residentes bona fide de Puerto Rico. La ley que provee alivio contributivo para aquéllos que han sido afectados por el huracán Irma o María incluye una disposición que le permite a los residentes bona fide de Puerto Rico calcular el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés) de una manera distinta. Para más información, vea Crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico , más adelante.

Recordatorio

Fotografías de niños desaparecidos. El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) se complace en colaborar con el National Center for Missing & Exploited Children® (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados® o NCMEC, por sus siglas en inglés). Esta publicación puede contener fotografías de niños desaparecidos seleccionadas por el Centro en páginas que de otra manera estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños regresen a sus hogares si al mirar sus fotografías los identifica y llama gratis al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).

Introduction

En esta publicación se explican las disposiciones especiales de la ley tributaria para ayudar a los contribuyentes y a las empresas a recuperarse del impacto de los desastres calificados para 2016 y los desastres calificados para 2017 atribuibles al huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María y los incendios forestales incontrolables en California. También se proporciona información para los contribuyentes en ciertas áreas en las que el Presidente declaró área de desastre mayor en 2017, incluyendo las víctimas de incendios forestales incontrolables en California, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros. Para obtener información sobre cómo solicitar alivio, y sobre la ayuda y el alivio de emergencia para individuos y empresas, visite IRS.gov/DisasterTaxRelief, en inglés. Para más información sobre la ayuda y el alivio de emergencia para individuos y empresas, visite Ayuda y alivio por emergencia en casos de desastre para las personas y los negocios. Para obtener información adicional sobre los desastres declarados federalmente en 2016 y 2017, vea FEMA.gov/Disasters, en inglés.

Comentarios y sugerencias.

Agradecemos sus comentarios sobre esta publicación además de sugerencias para ediciones futuras.

Puede enviarnos comentarios en la página IRS.gov/FormComments, en inglés.

O nos puede escribir a:

Internal Revenue Service
Tax Forms and Publications
1111 Constitution Ave. NW, IR-6526
Washington, DC 20224

 

Aunque no podemos contestar individualmente a cada comentario que recibimos, sí agradecemos su opinión y la tendremos en cuenta al revisar nuestros productos de impuestos.

Cómo pedir formularios y publicaciones.

Acceda al sitio web IRS.gov/FormsPubs, disponible en inglés, para descargar formularios y publicaciones. De otro modo, puede visitar la página IRS.gov/OrderForms, en inglés, para pedir formularios e instrucciones del año actual y de años anteriores. Recibirá su pedido dentro de 10 días laborables.

Preguntas sobre los impuestos.

Si tiene una pregunta sobre impuestos que no ha sido contestada con la información presentada en esta publicación, consulte la información disponible en IRS.gov/Espanol y la sección titulada Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos hacia el final de esta publicación.

Useful Items - You may want to see:

Publicaciones

  • 526 Charitable Contributions (Donaciones caritativas), en inglés

  • 547 (SP) Hechos Fortuitos, Desastres y Robos

  • 570 Tax Guide for Individuals With Income From U.S. Possessions (Guía tributaria para personas físicas con ingresos de territorios de los Estados Unidos), en inglés

  • 584 (SP) Registro de Pérdidas por Hechos Fortuitos (Imprevistos), Desastres y Robos (Propiedad de Uso Personal)

  • 584-B Business Casualty, Disaster, and Theft Loss Workbook (Registro de pérdidas por hechos fortuitos, desastres y robos comerciales), en inglés

  • 590-A Contributions to Individual Retirement Arrangements (IRAs) (Aportaciones a los arreglos para la jubilación (Arreglos IRA)), en inglés

  • 590-B Distributions from Individual Retirement Arrangements (IRAs) (Distribuciones de los arreglos para la jubilación (Arreglos IRA)), en inglés

  • 596 (SP) Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC)

  • 2194 (SP) Guía de Recursos en Caso de Desastres —Para personas físicas y negocios

  • 3833 Disaster Relief—Providing Assistance Through Charitable Organizations (Alivio en casos de desastres —Proporcionando asistencia a través de las organizaciones caritativas), en inglés

Formulario (e Instrucciones)

  • Anexo 8812 (Formulario 1040A o 1040) Child Tax Credit (Crédito tributario por hijos), en inglés

  • 1040-SS U.S. Self-Employment Tax Return (Including the Additional Child Tax Credit for Bona Fide Residents of Puerto Rico) (Declaración de la contribución federal sobre los ingresos del trabajo por cuenta propia (incluyendo el crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico), en inglés

  • 1099-R Distributions From Pensions, Annuities, Retirement or Profit-Sharing Plans, IRAs, Insurance Contracts, etc. (Distribuciones de pensiones, anualidades, planes de jubilación o de participación en las ganancias, arreglos IRA, contratos de seguros, etc.), en inglés

  • 4506 Request for Copy of Tax Return (Solicitud de copia de declaración de impuestos), en inglés

  • 4506-T Request for Transcript of Tax Return (Solicitud de un trasunto de la declaración de impuestos), en inglés

  • 4506T-EZ(SP) Formulario Abreviado para la Solicitud de un Trasunto de la Declaración de Impuestos Personales

  • 4684 Casualties and Thefts (Hechos fortuitos y robos), en inglés

  • 5884-A Credits for Affected Disaster Area Employers (Créditos para los empleadores afectados del área de desastre), en inglés

  • 8915A Qualified 2016 Disaster Retirement Plan Distributions and Repayments (Reintegros y distribuciones calificados por motivos de desastre de planes de jubilación para 2016), en inglés

  • 8915B Qualified 2017 Disaster Retirement Plan Distributions and Repayments (Reintegros y distribuciones calificados por motivos de desastre de planes de jubilación para 2017), en inglés

Para más información sobre cómo obtener publicaciones y formularios, vea la sección Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos al final de esta publicación.

Publication 976(SP) - Main Content

Definiciones

En esta publicación se utilizarán las siguientes definiciones.

Desastre Calificado para 2016

Un desastre calificado para 2016 abarca aquella área que el Presidente de los Estados unidos declaró como desastre mayor conforme a la sección 401 de la Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act (Ley Robert T. Stafford de Alivio en Caso de Desastres y Ayuda en Emergencias) durante el año calendario 2016 para garantizar la asistencia federal por desastre. Un área de desastre calificada para 2016 es un área para la cual se declaró un desastre mayor. Vea la tabla Desastres Calificados para 2016 , más adelante, para obtener una lista de los desastres declarados por el Presidente en 2016.

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No todas las reglas especiales de alivio tributario por desastre se aplican a los desastres calificados para 2016. Cierta pérdida personal por hecho fortuito y alivio de plan de jubilación están disponibles por desastres calificados para 2016. Otros alivios que se explican en esta publicación sólo están disponibles para ciertos desastres declarados a nivel federal en 2017.

Desastre Calificado para 2017

Un desastre calificado para 2017 incluye el huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María y los incendios forestales incontrolables en California. Estos desastres ocurrieron en áreas determinadas por el Presidente de los Estados Unidos conforme a la sección 401 de la Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act (Ley Robert T. Stafford de Alivio en Caso de Desastres y Ayuda en Emergencias) durante el año calendario 2017 para garantizar la asistencia federal por desastre.

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No todos los desastres declarados a nivel federal en 2017 se consideran desastres calificados para 2017. Sólo el huracán Harvey y la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María y los incendios forestales incontrolables en California mencionados anteriormente se consideran desastres calificados para 2017 con fines especiales de alivio de impuestos por desastres.

Área de Desastre del Huracán Harvey

El área de desastre del huracán Harvey abarca el área que el Presidente declaró como área de desastre mayor debido al huracán Harvey antes del 17 de octubre de 2017. El área de desastre del huracán Harvey abarca el estado de Texas en su totalidad.

La tormenta tropical Harvey en Louisiana también está cubierta por la definición del área de desastre del huracán Harvey y cubre todo el estado de Louisiana.

Área de Desastre del Huracán Harvey (o Tormenta Tropical Harvey) con Cobertura

El IRS ha designado una parte del área del huracán Harvey como área de desastre con cobertura. El área de desastre del huracán Harvey (o Tormenta Tropical Harvey) con cobertura abarca las siguientes parroquias y condados en Louisiana y Texas.

Louisiana.

Las parroquias de Acadia, Allen, Assumption, Beauregard, Calcasieu, Cameron, DeSoto, Iberia, Jefferson Davis, Lafayette, Lafourche, Natchitoches, Plaquemines, Rapides, Red River, Sabine, St. Charles, St. Mary, Vermilion y Vernon.

Texas.

Los condados de Aransas, Austin, Bastrop, Bee, Bexar, Brazoria, Burleson, Caldwell, Calhoun, Chambers, Colorado, Comal, Dallas, DeWitt, Fayette, Fort Bend, Galveston, Goliad, Gonzales, Grimes, Guadalupe, Hardin, Harris, Jackson, Jasper, Jefferson, Jim Wells, Karnes, Kleberg, Lavaca, Lee, Liberty, Madison, Matagorda, Milam, Montgomery, Newton, Nueces, Orange, Polk, Refugio, Sabine, San Augustine, San Jacinto, San Patricio, Tarrant, Travis, Tyler, Victoria, Walker, Waller, Washington y Wharton.

A fin de asegurar un procesamiento correcto de la documentación, los contribuyentes afectados deben escribir (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) la designación del desastre pertinente en la parte superior de cualesquier formularios o documentos que presenten ante el IRS (ya sea: " Louisiana, Tropical Storm Harvey " (Louisiana, tormenta tropical Harvey) o " Texas, Hurricane Harvey " (Texas, huracán Harvey)). Los contribuyentes afectados también pueden identificarse ante el personal del IRS o hacer preguntas relacionadas con los huracanes llamando a la línea especial de emergencia en caso de desastres del IRS al 1-866-562-5227.

Zona de Desastre del Huracán Harvey

El término zona de desastre del huracán Harvey abarca el área de desastre del huracán Harvey determinada por el Presidente para garantizar la asistencia individual, o individual y pública, del gobierno federal debido al huracán Harvey.

Los siguientes condados están en la zona de desastre del huracán Harvey.

Texas.

Aransas, Austin, Bastrop, Bee, Brazoria, Caldwell, Calhoun, Chambers, Colorado, DeWitt, Fayette, Fort Bend, Galveston, Goliad, Gonzales, Grimes, Hardin, Harris, Jackson, Jasper, Jefferson, Karnes, Kleberg, Lavaca, Lee, Liberty, Matagorda, Montgomery, Newton, Nueces, Orange, Polk, Refugio, Sabine, San Jacinto, San Patricio, Tyler, Victoria, Walker, Waller y Wharton.

Área de Desastre del Huracán Irma

El área de desastre del huracán Irma abarca aquélla que el Presidente declaró desastre mayor antes del 17 de octubre de 2017 debido al huracán Irma. El área de desastre del huracán Irma abarca los estados de Florida, Georgia y Carolina del Sur en su totalidad, el territorio de las Islas Vírgenes Estadounidenses y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Área de Desastre del Huracán Irma con Cobertura

El IRS ha designado una parte del área del huracán Irma como área de desastre con cobertura. El área de desastre con cobertura del huracán Irma abarca los siguientes territorios y estados.

Florida.

Todos los 67 condados de Florida.

Georgia.

Todos los 159 condados de Georgia.

Puerto Rico.

Los municipios afectados por el huracán Irma fueron Adjuntas, Aguas Buenas, Barranquitas, Bayamón, Camuy, Carolina, Cataño, Ciales, Comerío, Culebra, Canóvanas, Dorado, Fajardo, Guaynabo, Gurabo, Hatillo, Jayuya, Juncos, Las Piedras, Loíza, Luquillo, Naguabo, Orocovis, Patillas, Quebradillas, Salinas, San Juan, Toa Baja, Utuado, Vega Baja, Vieques y Yauco.

Carolina del Sur.

Los condados de Abbeville, Allandale, Anderson, Bamberg, Barnwell, Beaufort, Berkeley, Charleston, Colleton, Dorchester, Edgefield, Georgetown, Hampton, Jasper, McCormick, Newberry, Oconee, Pickens y Saluda.

Islas Vírgenes Estadounidenses.

Las islas de St. Croix, St. John y St. Thomas.

A fin de asegurar un procesamiento correcto de la documentación, los contribuyentes afectados deben escribir (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) la designación del desastre pertinente en la parte superior de cualesquier formularios o documentos que presenten ante el IRS (ya sea: " Florida, Hurricane Irma " (Florida, huracán Irma), " Georgia, Hurricane Irma " (Georgia, huracán Irma), " U.S. Virgin Islands, Hurricane Irma " (Islas Vírgenes Estadounidenses, huracán Irma), " Puerto Rico, Hurricane Irma " (Puerto Rico, huracán Irma) o " South Carolina, Hurricane Irma " (Carolina del Sur, huracán Irma)). Los contribuyentes afectados también pueden identificarse ante el personal del IRS o hacer preguntas relacionadas con los huracanes llamando a la línea especial de emergencia en caso de desastres del IRS al 1-866-562-5227.

Zona de Desastre del Huracán Irma

El término zona de desastre del huracán Irma abarca la parte del área de desastre del huracán Irma determinada por el Presidente para garantizar la asistencia individual, o individual y pública, del gobierno federal debido al huracán Irma.

Los siguientes condados, municipios e islas de los EE.UU. se encuentran en la zona de desastre del huracán Irma.

Florida.

Alachua, Baker, Bradford, Brevard, Broward, Charlotte, Citrus, Clay, Collier, Columbia, DeSoto, Dixie, Duval, Flagler, Gilchrist, Glades, Hamilton, Hardee, Hendry, Hernando, Highlands, Hillsborough, Indian River, Lafayette, Lake, Lee, Levy, Manatee, Marion, Martin, Miami-Dade, Monroe, Nassau, Okeechobee, Orange, Osceola, Palm Beach, Pasco, Pinellas, Polk, Putnam, Sarasota, Seminole, St. Johns, St. Lucie, Sumter, Suwannee, Union y Volusia.

Georgia.

Camden, Charlton, Chatham, Coffee, Glynn, Liberty y McIntosh.

Puerto Rico.

Canóvanas, Cataño, Culebra, Dorado, Fajardo, Loíza, Luquillo, Toa Baja, Vega Baja y Vieques.

Islas Vírgenes Estadounidenses.

Las islas de St. John y St. Thomas.

Área de Desastre del Huracán María

El área de desastre del huracán María abarca aquella área que el Presidente declaró como desastre mayor antes del 21 de septiembre de 2017 debido al huracán María. El área de desastre del huracán María abarca el territorio de las Islas Vírgenes Estadounidenses y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico en su totalidad.

Área de Desastre del Huracán María con Cobertura

El IRS ha designado una parte del área del huracán María como área de desastre con cobertura. El área de desastre del huracán María con cobertura abarca los siguientes municipios e islas.

Puerto Rico.

Todos los 78 municipios de Puerto Rico.

Islas Vírgenes Estadounidenses.

Las islas de St. Croix, St. John y St. Thomas.

A fin de asegurar un procesamiento correcto de la documentación, los contribuyentes afectados deben escribir (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) la designación del desastre pertinente en la parte superior de cualesquier formularios o documentos que presenten ante el IRS (ya sea: " Puerto Rico, Hurricane Maria " (Puerto Rico, huracán María) o " U.S. Virgin Islands, Hurricane Maria " (Islas Vírgenes Estadounidenses, huracán María)). Los contribuyentes afectados también pueden identificarse ante el personal del IRS o hacer preguntas relacionadas con los huracanes llamando a la línea especial de emergencia en caso de desastres del IRS al 1-866-562-5227.

Zona de Desastre del Huracán María

El término zona de desastre del huracán María abarca una parte del área de desastre del huracán María determinada por el Presidente para garantizar la asistencia individual, o individual y pública, del gobierno federal debido al huracán María.

Los siguientes municipios e islas de los EE.UU. se encuentran en la zona de desastre del huracán María.

Puerto Rico.

Todos los 78 municipios de Puerto Rico.

Islas Vírgenes Estadounidenses.

Las islas de St. Croix, St. John y St. Thomas.

Área de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California

El área de desastre de incendios forestales incontrolables en California abarca aquella área que el Presidente declaró como desastre mayor entre el 1 de enero de 2017 y el 18 de enero de 2018 debido a los incendios forestales incontrolables en California. El área de desastre de incendios forestales incontrolables en California cubre todo el estado de California.

Área de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California con Cobertura

El IRS ha designado una parte del área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California como área de desastre con cobertura. El área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California abarca los condados de Butte, Lake, Mendocino, Napa, Nevada, Orange, Solano, Sonoma y Yuba.

A fin de asegurar un procesamiento correcto de la documentación, los contribuyentes afectados deben escribir (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) la designación del desastre pertinente en la parte superior de cualesquier formularios o documentos que presenten ante el IRS (ya sea: " California, Wildfires " (California, incendios forestales incontrolables)). Los contribuyentes afectados también pueden identificarse ante el personal del IRS o hacer preguntas relacionadas con los incendios forestales incontrolables llamando a la línea especial de emergencia en caso de desastres del IRS al 1-866-562-5227.

Zona de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California

El término zona de desastre de los incendios forestales incontrolables en California abarca una parte del área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California determinada por el Presidente para garantizar la asistencia individual, o individual y pública, por parte del gobierno federal debido a los incendios forestales incontrolables en California.

Los siguientes condados se encuentran en la zona de desastre de los incendios forestales incontrolables en California.

California.

Butte, Lake, Mendocino, Napa, Nevada, Orange, Sonoma y Yuba.

Víctimas de Incendios Forestales Incontrolables en California, Inundaciones, Avalanchas de Lodo y Avalanchas de Escombros

El área de desastre de los incendios forestales incontrolables, las inundaciones, las avalanchas de lodo y las avalanchas de escombros en California ha sido designada por el IRS como área de desastre con cobertura y abarca los condados de Los Ángeles, Riverside, San Diego, Santa Bárbara y Ventura.

A fin de asegurar un procesamiento correcto de la documentación, los contribuyentes afectados deben escribir (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) la designación del desastre pertinente en la parte superior de cualesquier formularios o documentos que presenten ante el IRS (ya sea: " California, Wildfires, Flooding, Mudflows, and Debris Flows " (California, incendios forestales incontrolables, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros)). Los contribuyentes afectados también pueden identificarse ante el personal del IRS o hacer preguntas llamando a la línea especial de emergencia en caso de desastres del IRS al 1-866-562-5227.

Prórrogas de las Fechas de Vencimiento Tributarias

El IRS ha extendido las fechas de vencimiento aplicables para presentar la declaración de impuestos, el pago de impuestos y para efectuar otros actos que requieren acción inmediata de parte de ciertos contribuyentes afectados por el huracán Harvey, la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma y los incendios forestales incontrolables en California hasta el 31 de enero de 2018; hasta el 30 de abril de 2018 para los contribuyentes afectados por los incendios forestales incontrolables, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros en California; o hasta el 29 de junio de 2018 para los contribuyentes afectados por el huracán María en Puerto Rico y la Islas Vírgenes Estadounidenses. La prórroga es aplicable a fechas de vencimiento (ya sean originales o prorrogadas) que ocurran durante los períodos siguientes:

  • Después del 22 de agosto de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de Texas afectados por el huracán Harvey.

  • Después del 26 de agosto de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de Louisiana afectados por la tormenta tropical Harvey.

  • Después del 3 de septiembre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de Florida afectados por el huracán Irma.

  • Después del 4 de septiembre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de las Islas Vírgenes Estadounidenses y Puerto Rico afectados por el huracán Irma.

  • Después del 5 de septiembre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de Carolina del Sur afectados por el huracán Irma.

  • Después del 6 de septiembre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes de Georgia afectados por el huracán Irma.

  • Después del 15 de septiembre de 2017 y antes del 29 de junio de 2018 para los contribuyentes de las Islas Vírgenes Estadounidenses afectados por el huracán María.

  • Después del 16 de septiembre de 2017 y antes del 29 de junio de 2018 para contribuyentes de Puerto Rico afectados por el huracán María.

  • Después del 7 de octubre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018 para los contribuyentes afectados por los incendios forestales incontrolables en California.

  • Después del 3 de diciembre de 2017 y antes del 30 de abril de 2018 para los contribuyentes afectados por los incendios forestales incontrolables, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros en California.

 

Contribuyentes afectados.

Los contribuyentes afectados elegibles para obtener una prórroga son los siguientes:

  • Cualquier persona persona física cuya residencia principal esté ubicada en una área de desastre con cobertura.

  • Cualquier entidad comercial o empresario por cuenta propia cuyo lugar principal de trabajo se encuentre en un área de desastre con cobertura.

  • Cualquier persona física que sea un trabajador de socorro afiliado a un gobierno reconocido o una organización filantrópica y que esté asistiendo en un área de desastre con cobertura.

  • Cualquier persona física, entidad comercial o empresario por cuenta propia cuya documentación o registros necesarios para cumplir con una fecha de vencimiento de impuestos prorrogada se encuentran en un área de desastre con cobertura. La residencia principal o lugar principal de trabajo no necesariamente tiene que estar ubicada en el área de desastre con cobertura.

  • Cualquier caudal hereditario o fideicomiso cuya documentación o registros necesarios para cumplir con una fecha de impuestos prorrogada, se encuentran en un área de desastre con cobertura.

  • El cónyuge en una declaración conjunta con un contribuyente que es elegible para aplazamientos.

  • Cualquier persona física, entidad comercial o empresario por cuenta propia no ubicado en un área de desastre con cobertura, pero cuya documentación o registros necesarios para cumplir con una fecha de vencimiento de impuestos prorrogada se encuentran en un área de desastre con cobertura.

  • Cualquier persona física que haya visitado el área de desastre con cobertura que haya sufrido lesiones o haya fallecido como consecuencia del desastre.

  • Cualquier otra persona que el IRS determine que ha sido afectada por un desastre declarado como tal por el gobierno federal.

 

Actos prorrogados.

Se han prorrogado las fechas de vencimiento para llevar a cabo lo siguiente:

  • Presentación de declaraciones de impuestos sobre el ingreso, caudal hereditario, donaciones, traspasos entre generaciones, impuesto sobre artículos de uso y consumo o impuesto sobre la nómina.

  • Pago de cualquier impuesto sobre el ingreso, caudal hereditario, donaciones, traspasos entre generaciones, impuesto sobre artículos de uso y consumo o impuesto sobre la nómina. Esto también incluye el pago de impuestos estimados.

  • Hacer ciertas aportaciones, distribuciones, recaracterización de aportaciones, o hacer una transferencia hacia o desde un plan de jubilación calificado.

  • Presentar ciertas peticiones ante el Tribunal Tributario.

  • Presentar una reclamación de crédito o reembolso por cualquier impuesto.

  • Entablar una demanda sobre alguna reclamación de crédito o reembolso.

  • Ciertos otros actos que se describen en el Revenue Procedure 2007-56 (Procedimiento Administrativo Tributario 2007-56). Puede encontrar este procedimiento en la página 388 del Internal Revenue Bulletin 2007-34 (Boletín de Impuestos Internos 2007-34) en IRS.gov/irb/2007-34_IRB#RP-2007-56.

 

Condonación de interés y multas.

El IRS pudiera condonar el interés y las multas sobre cualquier impuesto sobre el ingreso, caudal hereditario, donaciones, nómina o artículos de uso y consumo que no se ha pagado en su totalidad durante el plazo de una prórroga.

Incentivos por Donaciones Caritativas

Suspensión Temporal de los Límites sobre las Donaciones Caritativas

Individuos.

En la mayoría de los casos, la cantidad de contribuciones caritativas que puede deducir en el Anexo A (Formulario 1040) como una deducción detallada está limitada a un porcentaje (usualmente 50%) de su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) y por una limitación general de las deducciones detalladas. Las contribuciones calificadas no están sujetas a estas dos limitaciones. Pero vea Limitación , más adelante, para un límite que se aplica. Una "donación calificada" tiene que cumplir con los siguientes criterios:

  • Es una donación caritativa pagada en efectivo o cheque después del 22 de agosto de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 para el huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma o el huracán María; o después del 7 de octubre de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 para los incendios forestales incontrolables en California.

  • Se paga a una organización con un límite del 50% (que no sean ciertas fundaciones privadas descritas en la sección 509(a)(3)).

  • Es pagadero por los esfuerzos de alivio en el área de desastre del huracán Harvey, el área de desastre del huracán Irma, el área de desastre del huracán María o el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California.

  • Usted obtiene un reconocimiento escrito por contemporaneidad (según el significado de la sección 170(f)(8)) de la organización que dicha donación fue utilizada para los esfuerzos de alivio.

  • Usted elije tratar la donación caritativa como una donación calificada.

 

Excepción.

Las donaciones calificadas no incluyen una donación hecha a un fondo o cuenta separadas para el cual usted (o cualquier persona a quien usted nombre o designe) tenga o espere tener privilegios de asesoría relacionados con las distribuciones o inversiones basadas en su donación.

Limitación.

Su deducción por donaciones calificadas se limita a su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) menos su deducción por todas las demás donaciones caritativas. Puede trasladar cualquier donación que no sea posible deducir para 2017 debido a este límite. En 2018, trate el sobrante de sus donaciones calificadas no utilizadas como un sobrante de donaciones sujetas al límite del 50%.

Elección.

Usted realiza la elección anotando la cantidad de sus donaciones calificadas en la línea de puntos junto a la línea 16 del Anexo A (Formulario 1040). Asegúrese de incluir también esta cantidad en el total que declare en la línea 16.

Sociedades anónimas.

Una sociedad anónima (que no sea una sociedad anónima de tipo S) puede elegir deducir donaciones calificadas en efectivo independientemente del límite del 10% sobre el ingreso tributable si las donaciones se efectuaron por esfuerzos de alivio después del 22 de agosto de 2017 pero antes del 1 de enero de 2018 para el huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma o el huracán María; o después del 7 de octubre de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 para los incendios forestales incontrolables en California a una organización caritativa calificada (sin incluir ciertas fundaciones privadas que se describen en la sección 509(a)(3)) o el donante recomendó los fondos descritos en la sección 4966(d)(2). La deducción de la sociedad anónima por estas donaciones calificadas se limita al 100% del ingreso tributable (tal como se modificó para el límite del 10%) menos la deducción de dicha sociedad anónima por el resto de sus donaciones caritativas. Cualquier donación calificada que sobrepase ese límite podrá traspasarse a los próximos 5 años, sujeta al límite del 10%.

Socios colectivos y accionistas.

Cada socio de una sociedad colectiva y cada accionista de una sociedad anónima de tipo S elige por separado no aplicar el límite correspondiente.

Más información.

Para obtener mayor información, vea la Publicación 526, Charitable Contributions (Donaciones caritativas), en inglés. La Publicación 526 incluye una hoja de trabajo que puede utilizar para determinar su deducción si es que hay algún límite que sea aplicable a sus donaciones caritativas.

Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos

La siguiente sección proporciona información sobre el alivio especial relacionado con las pérdidas personales por hechos fortuitos. Para obtener más información, consulte el Formulario 4684, Casualties and Thefts (Hechos fortuitos y robos), en inglés, y sus instrucciones por separado, y la Publicación 547(SP), Hechos Fortuitos, Desastres y Robos.

Pérdidas Calificadas por Desastre

Las pérdidas personales por hechos fortuitos como resultado de desastres declarados federalmente ocurridos en 2016, así como pérdidas por el huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María y los incendios forestales incontrolables en California ocurridos en 2017, pueden ser reclamados como una pérdida calificada por desastre en su Formulario 4684, en inglés. Puede deducir las pérdidas calificadas por desastres de 2016 y 2017 para fines regulares y de impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en inglés) sin detallar otras deducciones en el Anexo A (Formulario 1040). Además, su pérdida neta calificada por hechos fortuitos de estos desastres no necesita exceder el 10% de su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) para calificar para la deducción, pero el límite de $100 por hecho fortuito se ha aumentado a $500. Vea la tabla Desastres Calificados para 2016, más adelante, para obtener una lista de los desastres declarados federalmente en 2016 y las Pérdidas calificadas por desastre para 2017 a continuación.

Pérdidas calificadas por desastre para 2017.

Una pérdida calificada por desastre para 2017 es una pérdida por hecho fortuito causada por:

  • El huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey en el área de desastre del huracán Harvey después del 22 de agosto de 2017,

  • El huracán Irma en el área de desastre del huracán Irma después del 3 de septiembre de 2017,

  • El huracán María en el área de desastre del huracán María después del 15 de septiembre de 2017 o

  • Los incendios forestales incontrolables en California en el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California después del 7 de octubre de 2017.

 

Además, la declaración federal del desastre tiene que haberse realizado antes del 21 de septiembre de 2017 para el huracán María; antes del 17 de octubre de 2017 para el huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey y el huracán Irma; y entre el 1 de enero de 2017 y el 18 de enero de 2018 para los incendios forestales incontrolables en California.

Vea el Formulario 4684, en inglés, y sus instrucciones por separado para obtener información y para obtener las reglas computacionales para reclamar el reembolso especial por estas pérdidas calificadas por desastre al completar la línea 11 y la línea 15 del Formulario 4684, en inglés.

Elección para Deducir la Pérdida en el Año Anterior

Las pérdidas por hechos fortuitos y robos, por lo general, son deducibles sólo en el año en que ocurrió la pérdida. Una pérdida, por lo general, se sostiene en el año en que ocurrió el hecho fortuito o el robo. Una pérdida puede tratarse como que ocurrió en un año anterior si, por ejemplo, un reclamo de reembolso del seguro está pendiente en el año en que ocurrió el hecho fortuito o el robo. Sin embargo, si tiene una pérdida por hecho fortuito atribuible a un desastre declarado por el gobierno federal, el cual garantiza la asistencia individual, o individual y pública (o ambas), puede optar por deducir la pérdida en el año tributario inmediatamente anterior a la pérdida. Por lo tanto, si sufrió pérdidas calificadas por desastre para 2017, puede optar por tener en cuenta la pérdida en su declaración de impuestos de 2016 en lugar de su declaración de impuestos de 2017. Una lista de áreas que requieren asistencia individual, o individual y pública (o ambas) está disponible en el sitio web de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) en FEMA.gov/Disasters, en inglés.

Esta elección tiene que hacerse presentando su declaración o declaración enmendada para el año anterior, y reclamar su pérdida por desastre en o antes de la fecha que sea 6 meses después de la fecha de vencimiento regular para presentar su declaración original (sin prórrogas) para el año del desastre. Para la mayoría de las personas, eso significa que puede elegir deducir una pérdida por desastre para 2017 en su declaración enmendada de 2016 a más tardar el 15 de octubre de 2018.

Si anteriormente obtuvo una prórroga de 6 meses para presentar su declaración original de 2016 y es un contribuyente afectado como resultado de una pérdida calificada por desastre para 2017, tiene hasta el 31 de enero de 2018 para presentarla oportunamente y hacer esta elección, excepto los contribuyentes afectados por el huracán María en Puerto Rico o las Islas Vírgenes Estadounidenses que tienen hasta el 29 de junio de 2018 para hacerlo.

Reclamo de pérdidas calificadas por desastre para 2017 en una declaración original o enmendada de 2016.

Si tiene una pérdida calificada por desastre para 2017 y está presentando o enmendando su declaración de impuestos de 2016, escriba " Federally Declared Disaster " (Desastre declarado federalmente) en la parte superior del Formulario 1040, Formulario 1040NR o Formulario 1040X (lo que corresponda). También tiene que completar y adjuntar el Anexo A (Formulario 1040) y el Formulario 4684 de 2016, ambos en inglés. Si ya presentó su declaración de impuestos de 2016, puede enmendarla para reclamar su pérdida por desastre calificada presentando un Formulario 1040X. Consulte las Instrucciones para el Formulario 4684 de 2016, en inglés, para obtener más información.

Si no ha presentado su declaración de impuestos de 2016 y desea reducir o aumentar su deducción estándar por la pérdida neta por desastre calificado en su declaración de impuestos de 2016, utilice el Formulario 1040 o el Formulario 1040NR, ambos en inglés. Sin embargo, si desea aumentar su deducción estándar, tiene que presentar la declaración en papel. No puede presentar electrónicamente. Escriba " Federally Declared Disaster " (Desastre declarado federalmente) en la parte superior de su declaración de impuestos. Para calcular la pérdida neta calificada por desastre, consulte las Instrucciones para el Formulario 4684, en inglés.

Método de Refugio Tributario de Índices de Costo para Calcular las Pérdidas Relacionadas con Huracanes para Bienes Inmuebles Residenciales de Uso Personal

El Revenue Procedure 2018-09, 2018-2 I.R.B. 290 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09, 2018-2 I.R.B. 290), disponible en IRS.gov/irb/2018-02_IRB#RP-2018-09, en inglés, proporciona un método de refugio tributario que puede utilizar para calcular la cantidad de sus pérdidas por hechos fortuitos para sus bienes inmuebles de uso personal dañados o destruidos en Texas, Louisiana, Florida, Georgia, Carolina del Sur, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o el territorio de las Islas Vírgenes Estadounidenses como resultado del huracán Harvey, la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma o el huracán María.

Para calcular sus pérdidas por hechos fortuitos, por lo general, tiene que determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) de los bienes dañados utilizando una tasación competente o el costo de las reparaciones realizadas. Pero el Revenue Procedure 2018-09 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09), en inglés, proporciona un método de refugio tributario que le permite determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV) de sus bienes inmuebles residenciales de uso personal de otras maneras. Si califica y utiliza el método de refugio tributario de índices de costo descrito en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09, el IRS no cuestionará su determinación. El uso del método de refugio tributario de índices de costo descrito en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09 no es obligatorio.

Bajo el método de refugio tributario de índices de costo, puede usar uno o más índices de costo para calcular la pérdida por hecho fortuito de sus bienes inmuebles residenciales de uso personal. El método de refugio tributario de índices de costo se puede usar si sufrió alguna pérdida bajo Categorías de daños, descrita más adelante.

El Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09 proporciona tablas y métodos para calcular la reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) para cada categoría en función del costo por pie cuadrado o porcentaje de daño, el tamaño de los bienes y la ubicación geográfica.

Bienes inmuebles residenciales de uso personal.

Los bienes inmuebles residenciales de uso personal, por lo general, son unas propiedades, incluyendo mejoras, que la persona posee, sufrió una pérdida fortuita y contiene al menos una residencia personal. No incluye una residencia personal si alguna parte de la residencia se utiliza como propiedad de alquiler o contiene una oficina utilizada para una actividad de ocupación o negocio que genere ingreso o transacción efectuada con fines de lucro. Para este propósito, una residencia personal es una residencia unifamiliar o una unidad individual dentro de una casa adosada, dúplex o un grupo similar de unidades adjuntas. Ésta incluye cualquier estructura cerrada adjunta a la residencia o unidad, como un garaje. No incluye una plataforma o un pórtico protegido. Tampoco incluye una casa móvil, un remolque, un condominio ni ningún otro edificio del cual no sea dueño total en todos los componentes estructurales, como el techo, la cimentación o las paredes exteriores.

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Un bien inmueble de uso personal no incluye una propiedad de alquiler residencial, una residencia que contiene una oficina en el hogar o una estructura que contiene cinco o más unidades residenciales.

Mejoras.

El método de refugio tributario de índices de costo se aplica sólo a tres tipos de mejoras en bienes inmuebles residenciales de uso personal:

  • Una residencia personal.

  • Una estructura separada de construcción de marco de madera cerrado, con algunas capacidades eléctricas, sin calefacción o aire acondicionado y poco o ningún acabado interior.

  • Una plataforma.

 

Categorías de daños.

El Revenue Procedure 2018-09 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09), en inglés, proporciona siete tablas de índice que corresponden a cada una de las categorías enumeradas a continuación e información sobre cómo calcular la reducción en el valor justo de mercado de bienes inmuebles residenciales de uso personal en cada una de las tablas. Las tablas incluyen el costo por pie cuadrado, teniendo en cuenta el tamaño de la residencia personal o el porcentaje de daños a la residencia y la ubicación. Las categorías de daños son:

  • Una pérdida total de una residencia personal;

  • Una pérdida casi total de una residencia personal;

  • Una inundación en el interior de una residencia personal por más de un pie;

  • Un daño estructural causado por el viento, la lluvia o los escombros a una residencia personal;

  • Un daño en el techo causado por el viento, la lluvia o los escombros a una residencia personal;

  • Un daño a una estructura separada; y

  • Un daño a una plataforma.

 

Las reglas especiales se aplican si necesita usar múltiples categorías. Vea el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09.

Pérdida total de una residencia personal.

Tuvo una pérdida total de una residencia personal si, durante uno de los huracanes de 2017, la residencia sufrió daños que causaron cualquiera de los siguientes:

  • La residencia personal se derrumbó o se volvió estructuralmente defectuosa.

  • El gobierno estatal o local (o una subdivisión política de ambos) ha ordenado que la residencia personal sea demolida o reubicada.

  • Usted vendió la residencia personal a una parte no relacionada por un precio que refleja el valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) únicamente del terreno en el que se encuentra la residencia.

  • Usted perdió casi el total de la residencia y demolió esta residencia.

 

Pérdida casi total de una residencia personal.

Una pérdida casi total de una residencia personal ocurrió si, durante uno o más de los huracanes de 2017, la residencia sufrió daños severos que requieren que retire y elimine sustancialmente todos los revestimientos de marcos de paredes interiores (incluidos paneles de yeso), pisos, líneas eléctricas, conductos, plomería y otros accesorios. Para calificar, sólo el marco de madera, las vigas y la fachada exterior de la residencia personal pueden permanecer estructuralmente firmes y reutilizables.

Daños estructurales del viento, lluvia o escombros a una residencia personal.

Los daños estructurales por viento, lluvia o escombros ocurrieron si, durante uno o más de los huracanes de 2017, una residencia personal sufrió daños estructurales mayores en el techo y/o en la(s) pared(es) causados por el viento o los escombros arrastrados por el viento que expusieron parte o la totalidad del interior de la residencia expuesta a la lluvia o a los escombros, lo que requiere una restauración sustancial de las áreas dañadas. La restauración sustancial requiere la extracción y el reemplazo de paneles de yeso u otros revestimientos de marcos de paredes, el reemplazo de molduras y la reparación y pintura de las áreas interiores dañadas en la residencia personal.

Daño a una estructura separada.

El daño a una estructura separada ocurrió si la estructura sufrió daños durante uno o más de los huracanes de 2017 que requirieron una reconstrucción completa o mayor.

Aumento a la cantidad de pérdida de refugio tributario.

La reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) basado en el refugio tributario es la cantidad total de la reducción y no se puede aumentar a las cantidades relacionadas con elementos tales como jardinería, eliminación de escombros o demolición.

Reducción a la cantidad de pérdida de refugio tributario.

La pérdida determinada mediante este método de refugio tributario tiene que reducirse por el valor de cualquier reparación proporcionada sin costo por un tercero (por ejemplo, trabajo realizado por voluntarios o mediante donaciones) para usted. Calcule el valor de una reparación sin costo multiplicando el total de pies cuadrados completamente reparados por el mismo índice de costo utilizado para determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) de los bienes inmuebles.

Además, reduzca su pérdida por la cantidad de seguro, reembolsos u otra compensación recibida.

Requisitos de declaración en el Formulario 4684.

Adjunte un documento al Formulario 4684 que indique que utilizó el Revenue Procedure 2018-09 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09), en inglés, para determinar la cantidad de su pérdida por hecho fortuito. Incluya el número de tabla específico que utilizó. Cuando complete el Formulario 4684, no ingrese una cantidad en la línea 5 o en la línea 6 para cada propiedad. En su lugar, ingrese la reducción del valor justo de mercado (FMV, por sus siglas en inglés) determinado utilizando el método de refugio tributario en la línea 7.

Para más información, consulte el Revenue Procedure 2018-09 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-09), en inglés. También puede reunir los requisitos para usar otros métodos de refugio tributario. Consulte el Revenue Procedure 2018-08 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08) para obtener más información.

Métodos de Refugio Tributario para la Determinación de la Cantidad de Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos

El Revenue Procedure 2018-08, 2018-2 I.R.B. 286 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08, 2018-2 I.R.B. 286), disponible en IRS.gov/irb/2018-02_IRB#RP-2018-08, en inglés, proporciona métodos de refugio tributario que puede usar para calcular sus pérdidas por hechos fortuitos y robos de propiedad residencial personal y pertenencias personales, incluidos algunos métodos aplicables sólo a las pérdidas ocasionadas por un desastre declarado por el gobierno federal. Para calcular la cantidad de sus pérdidas por hechos fortuitos y robos, por lo general, tiene que determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de la propiedad perdida o dañada utilizando una tasación competente o el costo de las reparaciones que realizó. Pero los métodos de refugio tributario mencionados en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08 le permiten determinar la reducción del valor justo de mercado de otras maneras. El uso de un método de refugio tributario descrito en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08 no es obligatorio.

Métodos de refugio tributario de bienes inmuebles residenciales de uso personal.

Los bienes inmuebles residenciales de uso personal, por lo general, son bienes, incluidas las mejoras, que le pertenecen a la persona que sufrió una pérdida fortuita y que contiene al menos una residencia personal. No incluye una residencia personal si alguna parte de la residencia se utiliza como propiedad de alquiler o contiene una oficina utilizada para una actividad de ocupación o negocio que genere ingreso o transacción efectuada con fines de lucro. Para obtener más detalles, consulte el Revenue Procedure 2018-08 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08), en inglés.

Los métodos de refugio tributario para bienes inmuebles residenciales de uso personal disponibles en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08 son los siguientes:

  • Método de costo estimado por reparación.

  • Método de minimis.

  • Método de seguro.

  • Método de desastre declarado por el gobierno federal —refugio tributario del contratista.

  • Método de desastre declarado por el gobierno federal —préstamos por desastre con tasación.

 

Método de costo estimado por reparación.

El método de refugio tributario de costo estimado por reparación le permite calcular la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de sus bienes inmuebles residenciales de uso personal usando la menor de dos estimados de reparación preparadas por contratistas independientes y con licencia. Los estimados tienen que detallar los costos detallados para restaurar su propiedad a su condición inmediatamente antes del hecho fortuito. El método de refugio tributario de costo estimado por reparación se limita a pérdidas por hechos fortuitos de $20,000 o menos.

Método de minimis.

El método de refugio tributario de minimis le permite calcular la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de su propiedad residencial de uso personal basada en un estimado escrito de buena fe del costo de las reparaciones necesarias para restaurar su propiedad a su condición inmediatamente antes del hecho fortuito. Tiene que conservar documentación que muestre cómo calculó la cantidad de su pérdida. El método de refugio tributario de minimis está disponible para pérdidas por hechos fortuitos de $5,000 o menos.

Método de seguro.

El método de refugio tributario de seguro le permite calcular la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de su propiedad residencial de uso personal basada en la pérdida estimada en los informes preparados por sus propietarios o por la compañía de seguros con cubierta de inundaciones. Estos informes tienen que establecer la pérdida estimada que sufrió por el daño o la destrucción de su propiedad.

Método de desastre declarado por el gobierno federal —refugio tributario de contratista.

Si la pérdida ocurrió en un área de desastre y se debió a un desastre declarado por el gobierno federal, entonces puede usar el método de refugio tributario del contratista o el método de préstamos por desastre con tasación. Bajo el método de refugio tributario del contratista puede usar el costo para las reparaciones especificadas en un contrato preparado por un contratista independiente y con licencia para determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de su propiedad residencial de uso personal. Este método de refugio tributario no se aplica a menos que esté sujeto a un contrato vinculante, firmado por usted y el contratista, estableciendo los costos detallados para restaurar su propiedad residencial de uso personal a su condición inmediatamente antes del hecho fortuito.

Método de desastre declarado por el gobierno federal —método de préstamos por desastre con tasación.

Según el método de refugio tributario de préstamos por desastre con tasación, puede usar una tasación preparada para obtener un préstamo de fondos federales o una garantía de préstamo del gobierno federal que identifique su pérdida estimada de un desastre declarado por el gobierno federal para determinar la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de su propiedad residencial de uso personal.

Métodos de refugio tributario aplicables a pertenencias personales.

Las pertenencias personales generalmente incluyen artículos de propiedad personal tangible propiedad de un individuo que sufrió una pérdida por hecho fortuito o robo si no se utilizan en un comercio o negocio. Las pertenencias personales no incluyen un artículo que mantiene o aumenta su valor a lo largo del tiempo u otros tipos de propiedad. Para obtener más detalles, consulte el Revenue Procedure 2018-08 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08), en inglés.

Los métodos de refugio tributario para objetos personales son el método de minimis y el método de reemplazo para desastres declarados por el gobierno federal. Con el método de minimis, puede hacer un estimado de buena fe por la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de sus pertenencias personales. Debe mantener registros que describan sus pertenencias personales afectadas, así como su metodología para estimar su pérdida. Este método está limitado a pérdidas de $5,000 o menos.

El método de refugio tributario de reemplazo para desastres declarados por el gobierno federal le permite determinar el valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) de sus pertenencias personales ubicadas en un área de desastre inmediatamente antes de un desastre declarado por el gobierno federal para calcular la cantidad de su pérdida por hecho fortuito o robo. Para usar el método de refugio tributario de reemplazo, primero tiene que determinar el costo actual para reemplazar su pertenencia personal por una nueva y luego reducir esa cantidad en un 10% por cada año que haya poseído cada pertenencia personal. Consulte la Personal Belongings Valuation Table (Tabla de valoración de pertenencias personales), en el Revenue Procedure 2018-08 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08), en inglés, en el Replacement Cost Safe Harbor Method (Método de refugio tributario de reemplazo). Si opta por utilizar el método de refugio tributario de reemplazo, tiene que usar ese método para todas sus pertenencias personales, con ciertas excepciones identificadas en el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08.

Cada uno de estos métodos de refugio tributario está sujeto a reglas y excepciones. Para información adicional, vea el Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08.

Reducción a la cantidad de pérdida de refugio tributario.

La pérdida determinada mediante este método de refugio tributario tiene que reducirse por el valor de cualquier reparación proporcionada por un tercero sin costo (por ejemplo, trabajo realizado por voluntarios o mediante donaciones) para usted. Además, reduzca su pérdida por la cantidad de seguro, reembolsos u otra compensación recibida.

Requisitos de declaración en el Formulario 4684.

Adjunte un documento al Formulario 4684 que indique que utilizó el Revenue Procedure 2018-08 (Procedimiento Administrativo Tributario 2018-08), en inglés, para determinar la cantidad de su pérdida por hecho fortuito. Incluya el método de refugio tributario específico que utilizó. Cuando complete el Formulario 4684, no ingrese una cantidad en la línea 5 o línea 6 para cada propiedad. En su lugar, ingrese la reducción del valor justo de mercado (FMV, por su siglas en inglés) determinado utilizando el método de refugio tributario en la línea 7.

Arreglos IRA y Otros Planes de Jubilación

Nuevas reglas permiten retiros de dinero y reintegros con beneficios tributarios por los impuestos de ciertos planes de jubilación para aquellos contribuyentes que sufrieron pérdidas económicas como resultado de los desastres declarados por el Presidente conforme a la sección 401 de la Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act (Ley Robert T. Stafford de Alivio en Caso de Desastres y Ayuda en Emergencias) durante el año calendario 2016. Vea la tabla Desastres Calificados para 2016, más adelante, para obtener una lista de los desastres declarados por el Presidente en 2016.

Nuevas reglas también permiten retiros de dinero, reintegros y préstamos con beneficios tributarios por los impuestos de ciertos planes de jubilación para aquellos contribuyentes que sufrieron pérdidas económicas como consecuencia del huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María o los incendios forestales incontrolables en California.

Por lo general, también se aplican estas nuevas reglas a los principios establecidos en el Notice 2005-92, 2005-51 I.R.B. 165 (Aviso 2005-92, 2005-51 I.R.B. 165), disponible en IRS.gov/irb/2005-51_IRB#NOT-2005-92, en inglés, los cuales proporcionan orientación sobre el tratamiento a los impuestos de las distribuciones y los préstamos del plan con beneficios tributarios para las víctimas del huracán Katrina.

Al final de esta sección se provee más información acerca de los planes de jubilación elegibles.

Definiciones

Distribución calificada por motivos de desastre para 2016.

Una distribución calificada por motivos de desastre para 2016 es cualquier distribución que recibió de un plan de jubilación elegible a partir del 1 de enero de 2016 y antes del 1 de enero de 2018, si en cualquier momento durante el año calendario 2016 su residencia principal estaba ubicada en una zona de desastre mayor declarada por el Presidente conforme a la sección 401 de la Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act (Ley Robert T. Stafford de Alivio en Caso de Desastres y Ayuda en Emergencias) y usted sufrió una pérdida económica debido a los eventos que dieron lugar a dicha declaración presidencial. Si la oración anterior se aplica a usted, por lo general, puede designar cualquier distribución (incluyendo un pago periódico o una distribución mínima requerida) de un plan de jubilación elegible como una distribución calificada por desastre para 2016, independientemente de si la distribución se realizó por motivos de una declaración federal de desastre en el año calendario 2016. Las distribuciones calificadas por motivos de desastre para 2016 están permitidas sin importar su necesidad o la cantidad real de su pérdida económica, descrita más adelante.

El total de sus distribuciones calificadas por desastre para 2016 de todos los planes está limitada a $100,000. Si tiene distribuciones que superan los $100,000 a través de más de una clase de plan, como por ejemplo, un plan 401(k) y un arreglo IRA, usted puede asignar el límite de $100,000 entre esos planes por cualquier procedimiento razonable.

Distribución calificada por motivos de desastre para 2017.

La distribución calificada por motivos de desastre para 2017 es cualquier distribución que haya recibido de un plan si lo siguiente es aplicable:

  1. La distribución se efectuó en las siguientes fechas:

    1. Después del 22 de agosto de 2017 y antes del 1 de enero de 2019 en el caso del huracán Harvey o tormenta tropical Harvey,

    2. Después del 3 de septiembre de 2017 y antes del 1 de enero de 2019 en el caso del huracán Irma,

    3. Después del 15 de septiembre de 2017 y antes del 1 de enero de 2019 en el caso del huracán María o

    4. Después del 7 de octubre de 2017 y antes del 1 de enero de 2019 en el caso de los incendios forestales incontrolables en California.

  2. Su residencia principal se encontraba ubicada en un área de desastre que aparece a continuación en la fecha determinada o cualquier fecha en el período como se indica:

    1. El 23 de agosto de 2017 para el área de desastre del huracán Harvey.

    2. El 4 de septiembre de 2017 para el área de desastre del huracán Irma.

    3. El 16 de septiembre de 2017 para el área de desastre del huracán María.

    4. Del 8 de octubre de 2017 al 31 de diciembre de 2017 para los incendios forestales incontrolables en California.

  3. Usted sostuvo una pérdida económica debido al huracán Harvey o tormenta tropical Harvey, al huracán Irma, al huracán María o a los incendios forestales incontrolables en California.

 

Si son aplicables las secciones de la (1) a la (3), por lo general, usted puede designar cualquier distribución (incluyendo un pago periódico o una distribución mínima requerida) de un plan de jubilación elegible como una distribución calificada por desastre para 2017, independientemente de si la distribución se realizó por motivos del huracán Harvey o tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María o los incendios forestales incontrolables en California. Las distribuciones calificadas para 2017 están permitidas sin importar su necesidad o la cantidad real de su pérdida económica, descrita más adelante.

El total de sus distribuciones calificadas por desastre para 2017 de todos los planes está limitado a $100,000 por el huracán Harvey o tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María o los incendios forestales incontrolables en California. Si tiene distribuciones a través de más de una clase de plan, como por ejemplo, un plan 401(k) y un arreglo IRA y el total supera los $100,000 para cualquier categoría, usted puede asignar el límite de $100,000 entre esos planes por cualquier procedimiento razonable.

Una reducción o compensación del balance de su cuenta (después del 22 de agosto de 2017 en el caso del huracán Harvey o tormenta tropical Harvey, después del 3 de septiembre de 2017 en el caso del huracán Irma, después del 15 de septiembre de 2017 por el huracán María o después del 7 de octubre de 2017 por los incendios forestales incontrolables en California) en un plan de jubilación elegible para poder pagar un préstamo también puede designarse como distribución calificada por motivos de desastre.

Pérdida económica.

Las distribuciones calificadas por desastre están permitidas sin importar su necesidad o la cantidad real de su pérdida económica. Los ejemplos de una pérdida económica incluyen, pero no están limitados a:

  1. La pérdida, daño o destrucción de bienes inmuebles o personales debido a un incendio, inundación, saqueo, vandalismo, robo, viento u otra causa;

  2. La pérdida por haber sido desplazado de su residencia; o

  3. La pérdida de los medios de sustento debido a despidos temporales o permanentes.

 

Plan de jubilación elegible.

Un plan de jubilación elegible puede ser cualquiera de los siguientes:

  • Un plan calificado de pensión, de participación en las ganancias o de participación (bonificación) en acciones (incluyendo un plan 401(k)).

  • Un plan de anualidad calificado.

  • Un contrato de anualidad con protección tributaria.

  • Un plan de compensación diferida gubernamental conforme a la sección 457.

  • Un arreglo IRA de tipo tradicional, SEP, SIMPLE o Roth.

 

Residencia principal.

Por lo general, su residencia principal es el lugar donde usted vive la mayor parte del tiempo. Una ausencia temporal debido a circunstancias especiales, tales como una enfermedad, educación, negocios, servicio militar, evacuación o vacaciones no cambiará su lugar principal de residencia u hogar principal.

Tributación de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2016 y Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2017

Las distribuciones calificadas por motivo de un de desastre para 2016 y distribuciones calificadas por motivos de desastre para 2017 se incluyen en el ingreso en cantidades iguales durante un período de 3 años. Sin embargo, si así lo elige, puede incluir el total de la distribución calificada de 2016 o el total de la distribución calificada de 2017 en su ingreso para el año en que la recibió.

Las distribuciones calificadas por motivos de desastre para 2016 y las distribuciones calificadas por motivos de desastre para 2017 no están sujetas al impuesto del 10% adicional (o el impuesto del 25% adicional en el caso de ciertas distribuciones de un arreglo SIMPLE IRA) sobre distribuciones prematuras provenientes de planes de jubilación calificados (incluyendo arreglos IRA). Además, si recibe pagos periódicos sustancialmente iguales de un plan de jubilación calificado, el recibir de una distribución calificada por desastre para 2016 o una para 2017 de ese plan no será tratada como un cambio en esos pagos sustancialmente iguales simplemente por la distribución calificada por desastre para 2016 ó 2017. Sin embargo, cualquier distribución que usted reciba en exceso del límite de distribución calificado de $100,000 por motivos de una distribución calificada por desastre para 2016 o cualquiera de los dos límites de distribución por desastre calificados de $100,000 en 2017 puede estar sujeta al impuesto adicional sobre las distribuciones prematuras. Para obtener más información sobre cómo informar las distribuciones calificadas por desastre para 2016 y para 2017, vea el Formulario 8915A o el Formulario 8915B, ambos en inglés, según corresponda.

Reintegro de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre

Si así lo elige, por lo general, puede reintegrar cualquier porción de una distribución calificada para 2016 o para 2017 que es elegible para ser reinvertida libre de impuestos en un plan de jubilación elegible. Asimismo, también puede reintegrar una distribución calificada por motivo de desastre para 2016 o para 2017 proveniente de un plan de jubilación que se haya efectuado a causa de una situación grave (infortunio). Sin embargo, para averiguar más sobre las distribuciones calificadas hechas como consecuencia de un huracán que no puede reintegrar, vea Excepciones a continuación.

Usted tiene 3 años a partir del día siguiente a la fecha en que recibió la distribución calificada por desastre para 2016 o para 2017 para reintegrarla. Las cantidades que usted reintegra se tratan como una transferencia de fiduciario a fiduciario y no se incluyen en su ingreso. Además, para propósitos de la limitación de realizar una sola reinversión por año que tienen los arreglos IRA, un reintegro a un arreglo IRA no se considera una reinversión calificada. Para obtener mayor información sobre cómo declarar los reintegros, vea el Formulario 8915A o el Formulario 8915B, ambos en inglés, según corresponda.

Excepciones.

Usted no puede reintegrar los siguientes tipos de distribuciones:

  1. Distribuciones calificadas por motivo de desastre para 2016 o para 2017 que haya recibido como beneficiario (que no sea un cónyuge sobreviviente).

  2. Distribuciones mínimas requeridas.

  3. Pagos periódicos (que no sean de aquellos de un arreglo IRA) que son para:

    1. Un período de 10 años o más,

    2. Su vida o su expectativa de vida o

    3. El período de vida conjunta o expectativas de vida conjunta para usted y su beneficiario.

 

Reintegro de Distribuciones Calificadas por la Compra o Construcción de una Residencia Principal

Si recibe una distribución calificada para comprar o construir una residencia principal en el área de desastre del huracán Harvey, Irma o María, usted puede hacer los reintegros totales o parciales de esa distribución a un plan de jubilación durante el período que comienza el 23 de agosto de 2017 y termina el 28 de febrero de 2018.

Si recibió una distribución calificada para comprar o construir una residencia principal en el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California, usted puede hacer los reintegros totales o parciales de esa distribución a un plan de jubilación elegible durante el período que comienza el 8 de octubre de 2017 y termina el 30 de junio de 2018.

Para que una distribución sea calificada, ésta tiene que cumplir con los requisitos siguientes:

  1. La distribución es una distribución hecha como consecuencia de una situación grave (infortunio) de un plan 401(k), de un contrato de anualidad con protección tributaria o la distribución de un arreglo IRA para una persona que por primera vez compra una vivienda.

  2. La distribución se recibió después del 28 de febrero de 2017 y antes del 21 de septiembre de 2017 para el huracán Harvey, la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma y el huracán María. Para los incendios forestales incontrolables en California, la distribución se recibió después del 31 de marzo de 2017 y antes del 15 de enero de 2018.

  3. La distribución se iba a utilizar para comprar o construir una residencia principal en el área de desastre del huracán Harvey, la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma, el huracán María o los incendios forestales incontrolables en California que no fue adquirida o construida debido a estos huracanes.

 

La cantidad que se reintegre antes del 1 de marzo de 2018 (1 de julio de 2018 para los reintegros como resultado de los incendios forestales incontrolables en California) se trata como una transferencia de fiduciario a fiduciario y no se incluirá en el ingreso. Del mismo modo, y para propósitos de la limitación de una sola reinversión por año que corresponde a los arreglos IRA, un reintegro a un arreglo IRA no se considerará reinversión calificada.

La distribución calificada que no se reintegre antes del 1 de marzo de 2018 (1 de julio de 2018 para los reintegros como resultado de los incendios forestales incontrolables en California) puede estar sujeta a impuestos para 2017 y al impuesto del 10% adicional sobre las distribuciones prematuras (o al impuesto del 25% adicional en el caso de ciertos planes de arreglos SIMPLE IRA).

Usted tiene que presentar el Formulario 8915B, en inglés, si recibió alguna distribución calificada que haya reintegrado, en su totalidad o en parte, antes del 1 de marzo de 2018 (1 de julio de 2018 para los reintegros como resultado de los incendios forestales incontrolables en California).

Préstamos Provenientes de Planes Calificados

Los siguientes beneficios se encuentran disponibles para personas calificadas:

  • Aumentos a los límites de distribución que se tratan como préstamos de planes de jubilación provistos por el patrono o empleador.

  • Una suspensión de 1 año para pagos que vencen sobre préstamos a través de algún plan.

 

Persona calificada.

Usted es una persona calificada si son aplicables cualesquiera de las siguientes condiciones:

  • El 23 de agosto de 2017 su residencia principal se encontraba en el área de desastre del huracán Harvey y tuvo una pérdida económica debido al huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey.

  • El 4 de septiembre de 2017 su residencia principal se encontraba en el área de desastre del huracán Irma y tuvo una pérdida económica debido a este huracán.

  • El 16 de septiembre de 2017 su residencia principal se encontraba en el área de desastre del huracán María y tuvo una pérdida económica debido a este huracán.

  • Durante cualquier parte del período comprendido entre el 8 de octubre de 2017 y el 31 de diciembre de 2017 su residencia principal se encontraba en el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California y tuvo una pérdida económica debido a esos incendios.

 

Límites sobre los préstamos de planes.

El administrador del plan puede aumentar el límite de $ 50,000 en los préstamos del plan a $100,000. Además, el límite basado en el 50% de sus beneficios acumulados protegidos se ha aumentado al 100% de dichos beneficios. Los límites más altos se aplican sólo a los préstamos realizados durante el período que comienza el 29 de septiembre de 2017 y termina el 31 de diciembre de 2018 para el huracán Harvey o la tormenta tropical Harvey, el huracán Irma o el huracán María; o el período que comienza el 9 de febrero de 2018 y termina el 31 de diciembre de 2018 para los incendios forestales incontrolables en California.

Suspensión de 1 año de los pagos de préstamos.

Los pagos de los préstamos del plan adeudados durante el período que comienza en la fecha de inicio calificada y finaliza el 31 de diciembre de 2017, pueden ser suspendidos por 1 año (período de suspensión) por el administrador del plan. La fecha de inicio calificada es:

  • El 23 de agosto de 2017 si su residencia principal se encontraba ubicada en el área de desastre del huracán Harvey.

  • El 4 de septiembre de 2017 si su residencia principal se encontraba ubicada en el área de desastre del huracán Irma.

  • El 16 de septiembre de 2017 si su residencia principal se encontraba ubicada en el área de desastre del huracán María.

  • El 8 de octubre de 2017 si su residencia principal se encontraba ubicada en el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California.

Si es una persona calificada por motivo de más de un desastre, utilice el período de suspensión con la fecha de inicio más temprana.

Información para Planes de Jubilación Elegibles

Un administrador del plan puede elegir si trata una distribución como una distribución calificada por desastre para 2016 o una distribución calificada por desastre para 2017 o si acepta una reinversión de una distribución calificada por desastre y puede desarrollar procedimientos razonables para determinar si las distribuciones son distribuciones calificadas por desastre. Sin embargo, el tratamiento de las distribuciones calificadas por desastre tiene que ser consistente bajo cada plan. El pago de una distribución calificada por desastre a un individuo se tiene que informar en el Formulario 1099-R, Distributions From Pensions, Annuities, Retirement or Profit-Sharing Plans, IRAs, Insurance Contracts, etc. (Distribuciones de pensiones, anualidades, planes de jubilación o de participación en las ganancias, arreglos IRA, contratos de seguros, etc.), en inglés. Este informe es obligatorio, incluso si el individuo contribuye más de la distribución calificada por desastre al mismo plan en el mismo año. Si un pagador está tratando el pago como una distribución calificada por desastre y no se aplica ningún otro código apropiado, se le permite al pagador usar el código de distribución 2 (distribución prematura, si aplica la excepción) en el recuadro 7 del Formulario 1099-R. Sin embargo, un pagador en este caso también puede usar el código de distribución 1 (distribución prematura, sin excepción conocida) en el recuadro 7 del Formulario 1099-R.

Días de Presencia en un Territorio de los Estados Unidos

En general, se considera que está presente en una posesión relevante cualquier día que se encuentre fuera de la posesión relevante porque se va o no puede regresar durante un período de 14 días dentro del cual ocurre un desastre mayor en la posesión relevante para lo cual se emite un aviso de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) o una declaración federal de un desastre mayor en el Registro Federal.

Debido al huracán Irma y al huracán María, el período de ausencia de 14 días resultante de un desastre mayor, que no cuenta contra sus días de presencia fuera de un territorio estadounidense relevante, se ha extendido a 268 días a partir del 6 de septiembre de 2017 y finalizando el 31 de mayo de 2018.

Por lo tanto, una persona que se encuentre fuera de Puerto Rico o las Islas Vírgenes Estadounidenses en cualquier día durante este período de 268 días se considerará como que se fue o no pudo regresar al territorio pertinente de EE.UU. como resultado de los huracanes Irma o María, y no perderá su condición de residente bona fide de Puerto Rico o las Islas Vírgenes Estadounidenses durante este período. Para obtener más información, consulte el Aviso 2017-56PDF y el Aviso 2018-19PDF, ambos en inglés.

Alivio Tributario Adicional para Personas Físicas

Crédito por Ingreso del Trabajo y Crédito Tributario Adicional por Hijos

Elección para usar el ingreso del trabajo del año anterior.

Usted puede elegir usar su ingreso del trabajo de 2016 para calcular su crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) y el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés) si cumple con lo siguiente:

  1. Su ingreso del trabajo de 2016 fue mayor que su ingreso del trabajo de 2017 y

  2. Por lo menos una de las siguientes afirmaciones es cierta:

    1. El 23 de agosto de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en la zona de desastre del huracán Harvey.

    2. El 23 de agosto de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en el área de desastre del huracán Harvey (pero no en la zona de desastre) y tuvo que abandonar esa residencia a causa del huracán Harvey.

    3. El 4 de septiembre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en la zona de desastre del huracán Irma.

    4. El 4 de septiembre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en el área de desastre del huracán Irma (pero no en la zona de desastre) y tuvo que abandonar esa residencia a causa del huracán Irma.

    5. El 16 de septiembre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en la zona de desastre del huracán María.

    6. El 16 de septiembre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en el área de desastre del huracán María (pero no en la zona de desastre) y tuvo que abandonar esa residencia a causa del huracán María.

    7. El 8 de octubre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en la zona de desastre de los incendios forestales incontrolables en California.

    8. El 8 de octubre de 2017 su residencia principal, o la residencia principal de su cónyuge si presenta una declaración conjunta, se encontraba en el área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California (pero no en la zona de desastre) y tuvo que abandonar esa vivienda a causa de los incendios forestales incontrolables en California.

 

Declaraciones conjuntas.

Si presenta una declaración de impuestos conjuntamente con su cónyuge, usted califica para hacer esta elección aun si sólo un cónyuge satisface los requisitos. Si hace esta elección, su ingreso del trabajo de 2016 es la suma de su ingreso del trabajo y el de su cónyuge durante 2016.

Si elige utilizar su ingreso del trabajo de 2016, escriba " PYEI " y la cantidad de su ingreso del trabajo de 2016, sobre la línea de puntos junto a la línea 67 del Formulario 1040; en la línea directamente al lado de la línea 43 del Formulario1040A; sobre la línea de puntos junto a la línea 64 del Formulario 1040NR, a menos que también reclame el crédito tributario por ingreso del trabajo. Si reclama ambos, el EIC y el ACTC, sólo necesita ingresar " PYEI " y la cantidad de sus ingresos ganados de 2016 en el espacio contiguo a la línea 66a del Formulario 1040 o la línea 42a del Formulario 1040A.

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Si reclamó el ACTC en 2016, también puede encontrar su ingreso del trabajo de 2016 en la línea 4a de su Anexo 8812 (Formulario 1040A o 1040), en inglés, de 2016.

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Si elige usar su ingreso de 2016 para el EIC en la línea 66a del Formulario 1040 o la línea 42a del Formulario 1040A, debe usar su ingreso del año 2016 para calcular el ACTC.

Residentes de Puerto Rico.

Si usted es residente de Puerto Rico, y está obligado a presentar el Formulario 1040, y reúne los requisitos para utilizar su ingreso ganado de 2016 para calcular el ACTC, consulte Elección para usar el ingreso del trabajo del año anterior, anteriormente, y las Instrucciones para el Anexo 8812 de 2017. Residentes de Puerto Rico con tres o más hijos que califiquen y que hagan esta elección también tienen que seguir las instrucciones de las Líneas 7 a 12 —Residentes de Puerto Rico solamente en las Instrucciones para el Anexo 8812 (Formulario 1040A o 1040) de 2017.

Crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico.

Como parte del alivio tributario por desastres promulgado para los afectados por el huracán Irma o el huracán María, algunos residentes bona fide de Puerto Rico pueden optar por calcular el ACTC al utilizar su total retenido del Seguro Social de 2016, del Medicare, del impuesto adicional del Medicare, de la mitad de su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia de 2016 y de cualquier cantidad del impuesto del Seguro Social de 2016 que se enumera en la línea 6 de la Parte I de las Instrucciones para el Formulario 1040-SS de 2017. Para obtener más información, consulte las Instrucciones para el Formulario 1040-SS, U.S. Self-Employment Tax Return (Including the Additional Child Tax Credit for Bona Fide Residents of Puerto Rico) (Declaración de la contribución federal sobre los ingresos del trabajo por cuenta propia (incluyendo el crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico), en inglés, o las Instrucciones para el Formulario 1040-PR de 2017.

Nota:

Los residentes de las Islas Vírgenes Estadounidenses cuya residencia principal se encontraba en el área de desastre de los huracanes Irma y/o María pueden ser elegibles para aplicar las reglas del ACTC, descritas anteriormente, si su domicilio tributario fue en Puerto Rico. Vea la Publicación 570, Tax Guide for Individuals With Income From U.S. Possessions (Guía tributaria para personas físicas con ingresos de territorios de los Estados Unidos), en inglés, para una definición de domicilio tributario.

Paga no tributable por combate.

Ingrese en la línea 4b de su Anexo 8812 (Formulario 1040A o 1040), en inglés, la cantidad total de su paga no tributable por combate que usted, y su cónyuge si presentaron una declaración conjunta, recibieron en 2017. Esta cantidad debe mostrarse en el recuadro 12 del Formulario W-2 con el código Q. Si están usando el ingreso ganado de 2016 en la línea 4a, ingrese su paga no tributable por combate de 2016 en la línea 4b.

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Si reclamó el ACTC en 2016, también puede encontrar sus impuestos del Seguro Social de 2016 en su Anexo 8812 (Formulario 1040A o 1040) de 2016. Si reclamó el ACTC en 2016 usando el Formulario 1040-SS (o el Formulario 1040-PR), tendrá un registro de sus impuestos del Seguro Social de 2016 en la hoja de trabajo para el crédito tributario adicional por hijos que completó en las instrucciones separadas para ese formulario.

Cómo obtener la información de su declaración de impuestos para 2016.

Si usted no tiene los registros de sus impuestos de 2016, puede obtener la cantidad de ingreso del trabajo que se usó para calcular su EIC de 2016 llamando al 1-800-908-9946. También puede obtener esta información en el sitio web Ordenar Transcripción.

Si prefiere calcular usted mismo su ingreso del trabajo para 2016, copias o trasuntos (transcripciones) de sus declaraciones de impuestos presentadas y procesadas le pueden servir para reconstruir sus registros tributarios. Vea Solicitud de Copia o Trasunto (Transcripción) de la Declaración de Impuestos, más adelante.

Alivio Tributario Adicional para Empresas

Crédito por la Retención de Empleados

Un patrono o empleador elegible con un requisito de presentación de impuestos sobre ingresos de los EE.UU. que realizaba activamente actividades comerciales o empresariales en las zonas de desastre del huracán Harvey, huracán Irma, huracán María o las zonas de desastre de los incendios forestales incontrolables en California quizás puede reclamar el crédito de retención de empleados. Para obtener una lista de los condados, municipios e islas en una zona de desastre, vea Zona de Desastre del Huracán Harvey, Zona de Desastre del Huracán Irma, Zona de Desastre del Huracán María o Zona de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California, anteriormente. El crédito es el 40% de los salarios calificados por cada empleado elegible (hasta un máximo de $6,000 en salarios calificados por empleado).

Por lo general, los empleadores utilizan el Formulario 5884-A, Credits for Affected Disaster Area Employers (Créditos para los empleadores afectados del área de desastre), en inglés, para reclamar el crédito. Usted tiene que reducir su deducción por salarios y sueldos por la cantidad de este crédito. Vea las siguientes reglas y definiciones para cada desastre.

Patronos o empleadores afectados por el huracán Harvey.

Las siguientes definiciones aplican a los patronos o empleadores que resultaron afectados por el huracán Harvey.

Patrono o empleador elegible.

Para este propósito, un patrono o un empleador elegible es cualquier patrono o empleador que realizaba actividades comerciales o empresariales el 23 de agosto de 2017 en la zona de desastre del huracán Harvey y cuyas actividades comerciales o empresariales se encontraban inoperables en cualquier fecha posterior al 23 de agosto de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 debido a daños ocasionados por el huracán Harvey.

Empleado elegible.

Para este propósito, un empleado elegible es un empleado de un patrono o empleador elegible cuyo lugar principal de trabajo el 23 de agosto de 2017 con dicho patrono o empleador elegible estaba en la zona de desastre del huracán Harvey. Un empleado no es un empleado elegible por ningún período durante el cual se le permite al empleador elegible un crédito de oportunidad laboral por los salarios pagados o incurridos por el empleado.

Patronos o empleadores afectados por el huracán Irma.

Las siguientes definiciones aplican a los patronos o empleadores que resultaron afectados por el huracán Irma.

Patrono o empleador elegible.

Para este propósito, un patrono o un empleador elegible es cualquier patrono o empleador que realizaba actividades comerciales o empresariales el 4 de septiembre de 2017 en la zona de desastre del huracán Irma y cuyas actividades comerciales o empresariales se encontraban inoperables en cualquier fecha posterior al 4 de septiembre de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 debido a daños ocasionados por el huracán Irma.

Empleado elegible.

Para este propósito, un empleado elegible es un empleado cuyo lugar principal de trabajo el 4 de septiembre de 2017 con dicho patrono o empleador elegible estaba en la zona de desastre del huracán Irma. Un empleado no es un empleado elegible por ningún período durante el cual se le permite al empleador elegible un crédito de oportunidad laboral o por los salarios pagados o incurridos por el empleado por la retención de empleados afectados por el huracán Harvey.

Patronos o empleadores afectados por el huracán María.

Las siguientes definiciones aplican a los patronos o empleadores que resultaron afectados por el huracán María.

Patrono o empleador elegible.

Para este propósito, un patrono o un empleador elegible es cualquier patrono o empleador que realizaba actividades comerciales o empresariales el 16 de septiembre de 2017 en la zona de desastre del huracán María y cuyas actividades comerciales o empresariales se encontraban inoperables en cualquier fecha posterior al 16 de septiembre de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 debido a daños ocasionados por el huracán María.

Empleado elegible.

Para este propósito, un empleado elegible es un empleado cuyo lugar principal de trabajo el 16 de septiembre de 2017 con dicho patrono o empleador elegible estaba en la zona de desastre del huracán María. Un empleado no es un empleado elegible por ningún período durante el cual se le permite al empleador elegible un crédito de oportunidad laboral o por los salarios pagados o incurridos por el empleado por la retención de empleados afectados por el huracán Harvey o Irma.

Los empleadores afectados por ciertos incendios forestales incontrolables en California.

Las siguientes definiciones se aplican a los empleadores afectados por ciertos incendios forestales incontrolables en California.

Empleador elegible.

Para este propósito, un patrono o un empleador elegible es cualquier patrono o empleador que realizaba actividades comerciales o empresariales en la zona de desastre de los incendios forestales incontrolables en California y cuyas actividades comerciales o empresariales se encontraban inoperables en cualquier fecha posterior al 8 de octubre de 2017 y antes del 1 de enero de 2018 debido al daño causado por los incendios forestales incontrolables en California.

Empleado elegible.

Para este propósito, un empleado elegible es un empleado cuyo lugar principal de trabajo el 8 de octubre de 2017 con dicho patrono o empleador elegible estaba en la zona de desastre de los incendios forestales incontrolables en California. Un empleado no es un empleado elegible por ningún período durante el cual se le permite al empleador elegible un crédito de oportunidad laboral por los salarios pagados o incurridos por el empleado.

Salarios calificados.

Los salarios calificados son aquéllos que usted pagó o en los que incurrió antes del 1 de enero de 2018 (hasta $6,000 por empleado) por un empleado elegible a partir de la fecha en que su actividad comercial o empresarial se hizo inoperable en el lugar principal de trabajo de su empleado inmediatamente antes del desastre respectivo y terminando en la fecha en que su comercio o empresa reinició sus actividades significativas en dicho lugar. Asimismo, los salarios tienen que haberse pagado después de la siguiente fecha:

  • El 23 de agosto de 2017 para el huracán Harvey.

  • El 4 de septiembre de 2017 para el huracán Irma.

  • El 16 de septiembre de 2017 para el huracán María.

  • El 8 de octubre de 2017 para ciertos incendios forestales incontrolables en California.

 

Esto incluye salarios pagados o incurridos aun cuando el empleado no haya prestado servicio alguno, haya prestado servicios en un lugar de empleo que no sea su lugar principal de empleo o bien haya prestado servicios en el lugar principal de trabajo antes de que se reiniciaran las operaciones significativas.

Los salarios que califican para el crédito, por lo general, tienen el mismo significado que los salarios que están sujetos a la Federal Unemployment Tax Act (Ley Federal de Impuesto sobre el Desempleo o FUTA, por sus siglas en inglés). Los salarios calificados también incluyen cantidades que haya pagado o incurrido por concepto de gastos médicos o de hospitalización y que estén relacionados con la incapacidad por enfermedad o accidentes. Los salarios calificados de cualquier empleado tienen que reducirse de acuerdo a la cantidad de cualquier paga suplementaria laboral que haya recibido conforme a la Social Security Act (Ley del Seguro Social).

Para fines de este crédito, los salarios calificados pagados por un tercero pagador (incluyendo una empresa de arrendamiento de empleados, una organización profesional de empleadores o una organización de empleadores profesionales certificada) a los empleados elegibles de un empleador elegible se consideran salarios calificados incurridos por el empleador elegible. Sólo el empleador elegible, y no el tercero pagador, puede tener en cuenta dichos salarios calificados al reclamar el crédito.

En el caso de los empleados agrícolas, si el trabajo que desempeñó cualquier empleado durante más de la mitad de cualquier período de pago calificado como mano de obra agrícola conforme a FUTA, los primeros $6,000 del salario de dicho empleado sujeto al Seguro Social y al Medicare son salarios calificados.

Los salarios calificados no incluyen salarios que usted pagó o incurrió por pagos a su dependiente o a otro familiar (pariente). Para más información, vea el Formulario 5884-A y sus instrucciones por separado.

Solicitud de Copia o Trasunto (Transcripción) de la Declaración de Impuestos

Solicitud de copia de la declaración de impuestos.

Usted puede usar el Formulario 4506, Request for Transcript of Tax Return (Solicitud para un trasunto de la declaración de impuestos), en inglés, para pedir una copia de su declaración de impuestos. Por lo general, se debe pagar un cargo de $50 por solicitar cada copia de su declaración de impuestos. Si su residencia principal, lugar principal de negocios o registros tributarios se encuentran dentro de una zona de desastre declarada por el Presidente, no se le cobrará este cargo si la designación del desastre (por ejemplo: " Hurricane Harvey " (Huracán Harvey), " Hurricane Irma " (Huracán Irma) o " Hurricane Maria " (Huracán María)) se ha escrito (a mano con tinta roja o a máquina si presenta una declaración electrónica) en la parte superior del formulario al momento de presentarse.

Solicitud de trasunto (transcripción) de la declaración de impuestos.

Usted puede usar el Formulario 4506-T, Request for Transcript of Tax Return (Solicitud para un trasunto de la declaración de impuestos), en inglés, o el Formulario 4506T-EZ(SP), Formulario Abreviado para la Solicitud de un Trasunto de la Declaración de Impuestos Personales (o el Formulario 4506T-EZ, en inglés) para solicitar un trasunto (transcripción) gratuito de su declaración de impuestos, el cual contiene la mayoría de los datos de su declaración y normalmente incluye la información que un tercero pueda requerir.

Desastres Calificados para 2016

 

Tabla 1. Áreas de desastre de 2016 —Desastres declarados por el Presidente en 2016

Por estado Tipo Fecha de la declaración Periodo del incidente
Alabama Tormentas Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4251) 21 de enero de 2016 23 de diciembre de 2015 al 31 de diciembre de 2015
Alaska Tormenta Severa (DR‐4257) 17 de febrero de 2016 12 de diciembre de 2015 al 15 de diciembre de 2015
Arkansas Tormentas Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4254) 5 de febrero de 2016 26 de diciembre de 2015 al 22 de enero de 2016
Arkansas Tormentas Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4270) 6 de mayo de 2016 8 de marzo de 2016 al 13 de marzo de 2016
Delaware Tormenta de Invierno Severa e Inundaciones (DR‐4265) 16 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 23 de enero de 2016
District of Columbia (DC) Tormenta de Nieve (DR‐4260) 4 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 23 de enero de 2016
Florida Huracán Matthew (DR‐4283) 8 de octubre de 2016 3 de octubre de 2016 al 19 de octubre de 2016
Florida Huracán Hermine (DR‐4280) 28 de septiembre de 2016 31 de agosto de 2016 al 11 de septiembre de 2016
Georgia Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4259) 26 de febrero de 2016 22 de diciembre de 2015 al 13 de enero de 2016
Georgia Huracán Matthew (DR‐4284) 8 de octubre de 2016 4 de octubre de 2016 al 15 de octubre de 2016
Hawaii Tormentas Severas, Inundaciones, Derrumbes, y Deslizamientos de Tierra (DR‐4282) 6 de octubre de 2016 11 de septiembre de 2016 al 14 de septiembre de 2016
Idaho Tormentas de Invierno Severas (DR‐4252) 1 de febrero de 2016 16 de diciembre de 2015 al 27 de diciembre de 2015
Iowa Tormentas Severas, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4281) 29 de septiembre de 2016 23 de agosto de 2016 al 27 de agosto de 2016
Iowa Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4289) 31 de octubre de 2016 21 de septiembre de 2016 al 3 de octubre de 2016
Kansas Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4287) 20 de octubre de 2016 2 de septiembre de 2016 al 12 de septiembre de 2016
Kentucky Tormentas Severas, Tornados, Inundaciones, Derrumbes y Deslizamientos de Tierra (DR‐4278) 26 de agosto de 2016 2 de julio de 2016 al 9 de julio de 2016
Louisiana Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4263) 13 de marzo de 2016 8 de marzo de 2016 al 8 de abril de 2016
Louisiana Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4277) 14 de agosto de 2016 11 de agosto de 2016 al 2 de octubre de 2016
Maryland Tormenta de Invierno Severa y Tormenta de Nieve (DR‐4261) 4 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 23 de enero de 2016
Maryland Tormenta Severa e Inundaciones (DR‐4279) 16 de septiembre de 2016 30 de julio de 2016 al 31 de julio de 2016
Mississippi Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4268) 25 de marzo de 2016 9 de marzo de 2016 al 29 de marzo de 2016
Mississippi Tormentas Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4248) 4 de enero de 2016 23 de diciembre de 2015 al 28 de diciembre de 2015
Missouri Tormentas Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4250) 21 de enero de 2016 23 de diciembre de 2015 al 9 de enero de 2016
Montana Tormenta de Invierno Severa y Vientos en línea recta (DR‐ 4271) 24 de mayo de 2016 15 de abril de 2016 al 16 de abril de 2016
Montana Tornado (DR‐4275) 3 de agosto de 2016 11 de junio de 2016
New Jersey Tormenta de Invierno Severa y Tormenta de Nieve (DR‐4264) 14 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 24 de enero de 2016
North Carolina Huracán Matthew (DR‐4285) 9 de octubre de 2016 4 de octubre de 2016 al 25 de octubre de 2016
Oklahoma Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4274) 15 de julio de 2016 11 de junio de 2016 al 13 de junio de 2016
Oklahoma Tormentas de Invierno Severas e Inundaciones (DR‐4256) 10 de febrero de 2016 26 de diciembre de 2015 al 5 de enero de 2016
Oregon Tormentas de Invierno Severas, Vientos en línea recta, Inundaciones, Derrumbes y Deslizamientos de Tierra (DR‐4258) 17 de febrero de 2016 6 de diciembre de 2015 al 23 de diciembre de 2015
Pennsylvania Tormenta de Invierno Severa y Tormenta de Nieve (DR‐4267) 23 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 23 de enero de 2016
Pennsylvania Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4292) 2 de diciembre de 2016 20 de octubre de 2016 al 21 de octubre de 2016
South Carolina Huracán Matthew (DR‐4286) 11 de octubre de 2016 4 de octubre de 2016 al 30 de octubre de 2016
Tennessee Incendios Forestales Incontrolables (DR‐4293) 15 de diciembre de 2016 28 de noviembre de 2016 al 9 de diciembre de 2016
Texas Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4269) 25 de abril de 2016 7 de abril de 2016 al 30 de abril de 2016
Texas Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4272) 11 de junio de 2016 22 de mayo de 2016 al 24 de junio de 2016
Texas Tormentas Severas, Tornados e Inundaciones (DR‐4266) 19 de marzo de 2016 7 de marzo de 2016 al 29 de marzo de 2016
Texas Tormentas de Invierno Severas, Tornados, Vientos en línea recta e Inundaciones (DR‐4255) 9 de febrero de 2016 26 de diciembre de 2015 al 22 de enero de 2016
Virginia Tormenta de Invierno Severa y Tormenta de Nieve (DR‐4262) 7 de marzo de 2016 22 de enero de 2016 al 23 de enero de 2016
Virginia Huracán Matthew (DR‐4291) 2 de noviembre de 2016 7 de octubre de 2016 al 15 de octubre de 2016
Washington Tormentas Severas, Vientos en línea recta, Inundaciones, Derrumbes y Deslizamientos de Tierra (DR‐4249) 15 de enero de 2016 12 de noviembre de 2015 al 21 de noviembre de 2015
Washington Tormenta de Invierno Severa, Vientos en línea recta, Inundaciones, Derrumbes, Deslizamientos de Tierra y Tornado (DR‐4253) 2 de febrero de 2016 1 de diciembre de 2015 al 14 de diciembre de 2015
West Virginia Tormentas Severas, Inundaciones, Derrumbes y Deslizamientos de Tierra (DR‐4273) 25 de junio de 2016 22 de junio de 2016 al 29 de junio de 2016
Wisconsin Tormentas Severas e Inundaciones (DR‐4276) 9 de agosto de 2016 11 de julio de 2016 al 12 de julio de 2016
Wisconsin Tormentas Severas, Inundaciones y Deslizamientos de Tierra (DR‐4288) 20 de octubre de 2016 21 de septiembre de 2016 al 22 de septiembre de 2016

 

Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos

Si usted tiene preguntas sobre un asunto tributario, necesita ayuda para preparar su declaración de impuestos o si desea descargar publicaciones, formularios o instrucciones gratuitamente, acceda a IRS.gov/Espanol para encontrar recursos que le pueden ayudar inmediatamente.

Cómo preparar y presentar su declaración de impuestos.

Encuentre opciones gratuitas para preparar y presentar su declaración en IRS.gov/Espanol o en su comunidad, si reúne los requisitos.

El programa Volunteer Income Tax Assistance (Programa de Ayuda Voluntaria al Contribuyente con los Impuestos sobre los Ingresos o VITA, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a las personas quienes normalmente tienen un ingreso que no sea mayor de $54,000, personas discapacitadas y personas que tienen un dominio limitado del inglés y que necesitan ayuda para preparar sus propias declaraciones de impuestos. El programa Tax Counseling for the Elderly (Programa de Asesoramiento para las Personas de Edad Avanzada o TCE, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a todos los contribuyentes, especialmente aquéllos quienes tienen 60 años de edad o más con sus declaraciones de impuestos. Los voluntarios del programa TCE se especializan en contestar preguntas sobre pensiones y asuntos específicos relacionados con la jubilación, particularmente para personas de edad avanzada.

Acceda a IRS.gov/Espanol para ver las opciones disponibles para preparar y presentar su declaración:

  • Presentación Free File. Acceda a IRS.gov/FreeFile y pulse sobre Español para saber si reúne los requisitos para utilizar gratis programas (software) comerciales para preparar y presentar electrónicamente su declaración de impuestos federales.

  • VITA. Acceda a IRS.gov/VITA y pulse sobre Español o llame al 1-800-906-9887 para saber cuál es el local de asistencia VITA más cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.

  • TCE. Acceda a IRS.gov/TCE y pulse sobre Español o llame al 1-888-227-7669 para saber cuál es el local de asistencia TCE más cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.

 

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Cómo recibir respuestas a sus preguntas sobre la ley tributaria. En IRS.gov/Espanol puede obtener respuestas a sus preguntas tributarias en cualquier momento y en cualquier lugar.

  • Acceda a IRS.gov/es/Help/Telephone-Assistance para ver una variedad de recursos que le ayudarán a recibir respuestas a las preguntas más comunes sobre los impuestos.

  • Acceda a IRS.gov/ITA y pulse sobre Español para utilizar el Asistente Tributario Interactivo, un recurso que le realizará una serie de preguntas sobre diferentes temas relacionados con los impuestos y le ofrecerá respuestas. Puede imprimir la entrevista en su totalidad y la respuesta final para sus archivos.

  • Acceda a IRS.gov/Pub17SP para ver la Publicación 17(SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos para Personas Físicas, la cual presenta detalles sobre diferentes oportunidades en donde puede reducir sus impuestos, cambios a los impuestos para el año 2017 y una variedad de enlaces interactivos que le ayudarán a encontrar respuestas a sus preguntas. Puede ver esta publicación en Internet en formato HTML o PDF.

  • También, puede acceder a información relacionada con la ley tributaria desde su programa (software) de presentación electrónica.

 

Cómo obtener formularios y publicaciones de impuestos.

Acceda a IRS.gov/Forms para descargar o imprimir todos los formularios y publicaciones que podría necesitar. De otro modo, puede descargar y ver publicaciones e instrucciones tributarias de mucho interés (incluidas las Instrucciones para el Formulario 1040, en inglés) en formato de libro electrónico (eBook) por medio de sus dispositivos móviles sin costo alguno. O puede acceder a IRS.gov/OrderForms, en inglés, para hacer un pedido y recibir por correo los formularios que necesite. Deberá recibir su pedido dentro de 10 días laborables.

Acceda a su cuenta en línea (sólo para contribuyentes que sean personas físicas).

Acceda a IRS.gov/Account y pulse sobre Español para ver información acerca de su cuenta de impuestos federales de manera segura.

  • Vea la cantidad que adeuda, pague por Internet o solicite un acuerdo de pagos por Internet.

  • Acceda a sus archivos tributarios por Internet.

  • Repase su historial de pagos de los últimos 18 meses.

  • Acceda a IRS.gov/SecureAccess para averiguar los requisitos del proceso de verificación de identidad. La información está provista en inglés solamente.

 

Uso del depósito directo.

La manera más rápida para recibir un reembolso de los impuestos es combinar la presentación electrónica (e-file) con un depósito directo de su reembolso. Al utilizar el depósito directo, su reembolso se transfiere de manera electrónica y segura directamente a su cuenta bancaria. Ocho de cada 10 contribuyentes usan el depósito directo para recibir sus reembolsos. El IRS emite más del 90% de los reembolsos en menos de 21 días.

Habrá una demora para recibir reembolso para declaraciones de impuesto que reclaman ciertos créditos.

Debido a ciertos cambios en la ley tributaria, el IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero de 2018 para declaraciones de impuestos en las cuales se reclaman el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés). Esta restricción aplica al reembolso completo, no sólo a la porción relacionada con estos créditos.

Cómo obtener un trasunto (transcripción) o copia de la declaración.

La manera más rápida para obtener un trasunto (transcripción) de su declaración de impuestos es accediendo a IRS.gov/Transcripts y pulse sobre Español. Luego, pulse sobre Obtenga una Transcripción En Línea u Obtenga una Transcripción Por Correo para pedir una copia de su trasunto (transcripción). Si prefiere:

  • Ordene su trasunto (transcripción) llamando a la línea directa libre de cargos para trasuntos, al 1-800-908-9946.

  • Envíe por correo el Formulario 4506-T, Request for Transcript of Tax Return (Solicitud para un trasunto de la declaración de impuestos), en inglés, o el Formulario 4506T-EZ(SP), Formulario Abreviado para la Solicitud de un Trasunto de la Declaración de Impuestos Personales, en español (o el Formulario 4506T-EZ, en inglés). Los formularios están disponibles en IRS.gov.

 

Cómo utilizar los recursos disponibles en línea para ayudarle a preparar su declaración.

Acceda a IRS.gov/Tools o a IRS.gov/Espanol para utilizar las siguientes opciones:

 

Cómo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.

 

  • El IRS no inicia comunicaciones con los contribuyentes por medio de correo electrónico ni por teléfono para pedirle información personal ni financiera. Esto incluye todo tipo de comunicación electrónica, tal como mensajes de texto en su teléfono móvil ni por redes sociales.

  • Acceda a IRS.gov/IDProtection y pulse sobre Español para obtener información y ver videos.

  • Si ha perdido o si le han robado su SSN o si sospecha que es víctima de robo de identidad relacionado con los impuestos, acceda a IRS.gov/ID y pulse sobre Español para saber qué pasos debe tomar.

 

Cómo verificar el estado de su reembolso.

 

  • Acceda a IRS.gov/Reembolsos.

  • Debido a ciertos cambios en la ley tributaria, el IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero de 2018 para declaraciones de impuestos en las cuales correctamente se reclaman el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés). Esta restricción aplica al reembolso completo, no sólo a la porción relacionada con estos créditos.

  • Descargue la aplicación oficial IRS2Go a su dispositivo móvil gratuitamente y úsela para verificar el estado de su reembolso.

  • Llame a la línea directa automatizada de reembolsos, al 1-800-829-1954.

 

Cómo efectuar un pago de impuestos.

El IRS utiliza la tecnología más avanzada de codificación para asegurar que sus pagos electrónicos sean seguros y confiables. Usted puede efectuar pagos electrónicos a través de Internet, por teléfono o a través de un dispositivo móvil utilizando la aplicación móvil IRS2Go. Efectuar pagos electrónicamente no toma mucho tiempo, es fácil y éstos se tramitan mucho más rápido que enviar un cheque o giro por correo. Acceda a IRS.gov/Pagos para efectuar un pago usando cualquiera de las siguientes opciones:

  • IRS Direct Pay (IRS Pago directo), disponible en inglés: Las personas físicas pueden pagar sus cuentas tributarias o hacer pagos de impuestos estimados directamente de sus cuentas corrientes o de ahorros. El uso del IRS Direct Pay es gratuito; no tendrá que pagar cargos por su uso.

  • Tarjeta de crédito o débito: Escoja un tramitador aprobado para pagar en línea, por teléfono o por dispositivo móvil.

  • Retiro electrónico de fondos: Se ofrece sólo cuando presente su declaración de impuestos federal utilizando un programa (software) para la preparación de declaraciones de impuestos o por medio de un preparador profesional de declaraciones de impuestos.

  • Sistema de pago electrónico del impuesto federal (EFTPS): La mejor opción para negocios. Requiere inscripción en dicho sistema.

  • Cheque o giro: Envíe su pago a la dirección indicada en la notificación o carta que le enviaron o en las instrucciones del formulario de impuestos que presentó.

  • Efectivo: Puede pagar en efectivo sus impuestos en un negocio participante.

 

¿Qué ocurre si no puedo pagar ahora?

Acceda a IRS.gov/Pagos para ver información sobre las siguientes opciones:

  • Solicite un acuerdo de pagos por Internet (IRS.gov/OPA y pulse sobre Español) para cumplir con su obligación tributaria en plazos mensuales si no puede pagar la totalidad de sus impuestos adeudados en el momento. Una vez complete el proceso a través de Internet, recibirá un aviso inmediatamente si su acuerdo se ha aprobado.

  • Use el Offer in Compromise Pre-Qualifier (Precalificador para un ofrecimiento de transacción) (acceda a IRS.gov/OIC), disponible en inglés, para ver si puede liquidar su deuda tributaria por una cantidad menor a la cantidad que usted adeuda.

 

Cómo se verifica el estado de una declaración enmendada.

Acceda a IRS.gov/WMAR y pulse sobre Español para averiguar el estado de su declaración enmendada (Formulario 1040X). Puede tardarse hasta tres semanas a partir de la fecha en que envió su declaración enmendada para ser registrada en nuestro sistema y hasta 16 semanas para tramitarla.

Información para entender un aviso o carta del IRS.

Acceda a IRS.gov/Notices y pulse sobre Español para obtener información adicional sobre su aviso o carta que recibió de parte del IRS.

Cómo comunicarse con la oficina local del IRS.

Tenga en cuenta que puede obtener respuestas a muchas preguntas en IRS.gov/Espanol sin tener que ir a un Centro de Ayuda al Contribuyente (TAC, por sus siglas en inglés). Acceda a IRS.gov/es/Help/Telephone-Assistance para ver información relacionada con temas sobre los cuales la mayoría de las personas tienen preguntas. Si todavía necesita ayuda, los TAC del IRS proveen ayuda cuando un asunto relacionado con los impuestos no puede ser tramitado en Internet o por teléfono. Todos los TAC ahora proveen servicios con cita previa, así usted sabrá de antemano que podrá recibir los servicios que necesita sin largos tiempos de espera. Para encontrar el TAC más cercano a usted, sus horas de operación, los servicios que ofrece y las opciones para hacer citas, acceda a IRS.gov/es/Help/Contact-Your-Local-IRS-Office. O, en la aplicación IRS2Go, escoja la opción Comuníquese Con Nosotros, que se encuentra bajo la pestaña Conectarse y luego pulse sobre Oficinas Locales.

Cómo ver videos del IRS.

El portal de videos del IRS en IRSvideos.gov/Espanol contiene presentaciones en video y en audio sobre temas de interés para personas físicas, pequeños negocios y preparadores de impuestos.

Cómo obtener información tributaria en otros idiomas.

Para aquellos contribuyentes cuya lengua materna no es el inglés, tenemos los siguientes recursos disponibles. Los contribuyentes pueden conseguir información en IRS.gov en los siguientes idiomas:

 

Los Centros de Ayuda al Contribuyente proveen servicio de intérprete a través del teléfono en más de 170 idiomas. Este servicio es gratis para los contribuyentes.

El Servicio del Defensor del Contribuyente Está Aquí para Ayudarlo

¿Qué es el Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege sus derechos como contribuyente. El deber de TAS es asegurar que a cada contribuyente se le trate de forma justa, y que usted conozca y entienda sus derechos conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente.

¿Qué puede hacer TAS por usted?

TAS le puede ayudar a resolver problemas que no ha podido resolver usted mismo con el IRS. Además, su servicio es gratis. Si usted reúne los requisitos para recibir la ayuda de TAS, se le asignará un defensor quien trabajará con usted durante todo el proceso y hará lo posible para resolver su asunto. TAS le puede ayudar si:

  • Su problema le causa problemas financieros a usted, a su familia o a su negocio;

  • Usted (o su negocio) está enfrentando la amenaza de acción adversa inmediata; o

  • Usted ha intentado comunicarse con el IRS en múltiples ocasiones, pero nadie le ha respondido, o el IRS no le ha respondido para la fecha prometida.

 

¿Cómo se puede comunicar con TAS?

TAS tiene oficinas en cada estado, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. El número telefónico de su defensor local se encuentra en su guía telefónica local y también en la página IRS.gov/es/Advocate/Local-Taxpayer-Advocate, en español, o TaxpayerAdvocate.IRS.gov/Contact-Us, disponible en inglés. Esta última tiene información adicional en inglés que le puede ser de interés. También, puede llamar al 1-877-777-4778.

¿Cómo puede aprender sobre sus derechos como contribuyente?

La Carta de Derechos del Contribuyente describe diez derechos básicos que todos los contribuyentes tienen al tratar con el IRS. Los recursos de TAS, disponibles en inglés en TaxpayerAdvocate.IRS.gov, le pueden ayudar a entender lo que estos derechos significan para usted y cómo aplican a su situación. Éstos son sus derechos. Conózcalos; utilícelos.

¿De qué otra manera ayuda el Servicio del Defensor del Contribuyente a los contribuyentes?

TAS se ocupa de resolver problemas de gran escala que afectan a muchos contribuyentes. Si usted conoce alguno de estos asuntos, favor de informarnos en la página IRS.gov/SAMS, disponible en inglés.

Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos

Los Talleres para Contribuyentes de Bajos lngresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS. Los LITC representan a las personas cuyos ingresos estén por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS, tales como auditorías, apelaciones y problemas asociados con el cobro de impuestos. Además, estos talleres pueden proveer información sobre los derechos y responsabilidades del contribuyente en diferentes idiomas para aquellas personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de manera gratuita o a bajo costo. Para localizar un taller cerca de usted, acceda a TaxpayerAdvocate.IRS.gov/LITCmap, en inglés, o vea la Publicación 4134(SP), Lista de Talleres para Contribuyentes de Bajos lngresosPDF, en español.

Publication 976(SP) - Additional Material

Index

A

Área de desastre
Huracán Irma, Área de Desastre del Huracán Irma
Huracán María, Área de Desastre del Huracán María
Incendios forestales incontrolables en California, Área de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California
Área de desastre con cobertura, Área de Desastre del Huracán Irma
Huracán Harvey, Área de Desastre del Huracán Harvey (o Tormenta Tropical Harvey) con Cobertura
Huracán Irma, Área de Desastre del Huracán Irma con Cobertura
Huracán María, Área de Desastre del Huracán María con Cobertura
Incendios forestales incontrolables en California, Área de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California con Cobertura
Incendios forestales incontrolables, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros, Víctimas de Incendios Forestales Incontrolables en California, Inundaciones, Avalanchas de Lodo y Avalanchas de Escombros
Tormenta Tropical Harvey, Área de Desastre del Huracán Harvey (o Tormenta Tropical Harvey) con Cobertura
Área de desastre de los incendios forestales incontrolables en California, Área de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California
Área de desastre del Huracán Harvey
Huracán Harvey, Área de Desastre del Huracán Harvey
Área de desastre del huracán Irma, Área de Desastre del Huracán Irma
Área de desastre del huracán Irma con cobertura, Área de Desastre del Huracán Irma con Cobertura
Área de desastre del huracán María, Área de Desastre del Huracán María
Área de desastre del huracán María con cobertura, Área de Desastre del Huracán María con Cobertura
Arreglos IRA y otros planes de jubilación, Arreglos IRA y Otros Planes de Jubilación
Asistencia (see Ayuda con los impuestos)
Ayuda (see Ayuda con los impuestos)
Ayuda con los impuestos, Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos

C

Carolina del Sur, Carolina del Sur.
Contribuyentes afectados, Contribuyentes afectados.
Copia de su declaración de impuestos, solicitud de, Solicitud de copia de la declaración de impuestos.
Crédito por ingreso del trabajo, Crédito por Ingreso del Trabajo y Crédito Tributario Adicional por Hijos
Crédito por la retención de empleados, Crédito por la Retención de Empleados
Crédito tributario adicional por hijos, Crédito por Ingreso del Trabajo y Crédito Tributario Adicional por Hijos
Crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico
Hijo calificado, Crédito tributario adicional por hijos para residentes bona fide de Puerto Rico.
Créditos
Crédito tributario adicional por hijos, Crédito por Ingreso del Trabajo y Crédito Tributario Adicional por Hijos
Ingreso del trabajo, Crédito por Ingreso del Trabajo y Crédito Tributario Adicional por Hijos
Retención de empleados, Crédito por la Retención de Empleados

F

Fechas de vencimiento, prorrogadas, Prórrogas de las Fechas de Vencimiento Tributarias
Florida, Florida.

G

Georgia, Georgia.

I

Información adicional (see Ayuda con los impuestos)
Información para planes de jubilación elegibles, Información para Planes de Jubilación Elegibles
Islas Vírgenes Estadounidenses, Islas Vírgenes Estadounidenses., Islas Vírgenes Estadounidenses.

J

Jubilación, plan elegible, Plan de jubilación elegible.

L

Louisiana, Louisiana.

N

Niños desaparecidos, fotografías de, Recordatorio

P

Pérdida económica, Pérdida económica.
Pérdidas por hechos fortuitos y robos, Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos
Pérdidas por robo, Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos
Persona calificada, Persona calificada.
Plan de jubilación elegible, Plan de jubilación elegible., Información para Planes de Jubilación Elegibles
Planes de jubilación, Arreglos IRA y Otros Planes de Jubilación
Plazo de presentación extendido, Alivio Relacionado con Desastres
Préstamos
Préstamos de planes calificados, Préstamos Provenientes de Planes Calificados
Programas de donación basados en cargo por licencia
Huracán Harvey, Alivio Relacionado con Desastres
Huracán Irma, Alivio Relacionado con Desastres
Huracán María, Alivio Relacionado con Desastres
Incendios Forestales Incontrolables en California, Alivio Relacionado con Desastres
Tormenta Tropical Harvey, Alivio Relacionado con Desastres
Tormenta Tropical Irma, Alivio Relacionado con Desastres
Tormenta Tropical María, Alivio Relacionado con Desastres
Publicaciones (see Ayuda con los impuestos)
Puerto Rico, Puerto Rico., Puerto Rico.

R

Refugio tributario
Determinación de las pérdidas por hechos fortuitos y robos , Métodos de Refugio Tributario para la Determinación de la Cantidad de Pérdidas por Hechos Fortuitos y Robos
Refugio tributario basado en índices de costo
Pérdidas relacionadas a huracanes , Alivio Relacionado con Desastres
Refugio tributario de índices de costo
Cálculo de las pérdidas relacionadas con huracanes, Método de Refugio Tributario de Índices de Costo para Calcular las Pérdidas Relacionadas con Huracanes para Bienes Inmuebles Residenciales de Uso Personal
Reglas de impuestos por desastres
Huracán Harvey y Tormenta Tropical Harvey, Huracán Irma, Huracán María y los Incendios Forestales Incontrolables en California, Alivio Relacionado con Desastres
Reintegro de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre, Reintegro de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre
Residencia principal, Residencia principal.
Robo de identidad, Cómo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.

S

Servicio del Defensor del Contribuyente, El Servicio del Defensor del Contribuyente Está Aquí para Ayudarlo
Suspensión de 1 año de los pagos de préstamos, Suspensión de 1 año de los pagos de préstamos.

T

Texas, Texas.
Trasunto (Transcripción) de la declaración de impuestos, solicitud de, Solicitud de trasunto (transcripción) de la declaración de impuestos.
Tributación de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2016 y Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2017, Tributación de Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2016 y Distribuciones Calificadas por Motivos de Desastre para 2017
Tributaria, asistencia (see Ayuda con los impuestos)

V

Víctimas de incendios forestales incontrolables en California, inundaciones, avalanchas de lodo y avalanchas de escombros, Víctimas de Incendios Forestales Incontrolables en California, Inundaciones, Avalanchas de Lodo y Avalanchas de Escombros

Z

Zona de desastre
Huracán Harvey, Zona de Desastre del Huracán Harvey
Huracán Irma, Zona de Desastre del Huracán Irma
Huracán María, Zona de Desastre del Huracán María
Incendios forestales incontrolables en California, Zona de Desastre de los Incendios Forestales Incontrolables en California
Zona de desastre del huracán Harvey, Zona de Desastre del Huracán Harvey